Acuerdo ACDO.SA2.HCT.240216/55.P.DJ, por medio del cual se acuerda dejar sin efectos la fracción VII, del punto primero del Acuerdo ACDO.SA2.HCT.270116/30.P.DJ, a fin de que la facultad contenida en la fracción XX, del artículo 144, del RIIMSS y en la fracción VI, del artículo 150, del mismo ordenamiento, sea ejercida por el Titular de la Delegación o de la Subdelegación que le corresponda

Fecha de disposición01 Marzo 2016
Fecha de publicación01 Marzo 2016
EmisorINSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
SecciónPRIMERA. Organismos Desconcentrados o Descentralizados

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría General.- Instituto Mexicano del Seguro Social. El H. Consejo Técnico, en la sesión ordinaria celebrada el día 24 de febrero del presente año, dictó el Acuerdo ACDO.SA2.HCT.240216/55.P.DJ, en los siguientes términos:

"Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones I, IV, VII, VIII, XII, XIV, XV, XVI, XVIII, XIX, XXI, XXVIII, XXX, XXXV y XXXVII, 263 y 264, fracciones III, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracciones II, XIX y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social (RIIMSS); y con base en la propuesta que presenta el Director General por conducto del Titular de la Dirección Jurídica, mediante oficio 75 del 17 de febrero de 2016, Acuerda: Primero.- Dejar sin efectos la fracción VII, del punto Primero del Acuerdo ACDO.SA2.HCT.270116/30.P.DJ, aprobado por este Órgano de Gobierno en sesión del 27 de enero de 2016 y publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 11 de febrero del mismo año, a fin de que la facultad contenida en la fracción XX, del artículo 144, del RIIMSS, y en la fracción VI, del artículo 150, del mismo ordenamiento, sea ejercida de manera concurrente por el Titular de la Delegación o de la Subdelegación que corresponda. Segundo.- Instruir a la Dirección Jurídica para que realice los trámites necesarios ante las instancias competentes, a efecto de que este Acuerdo se publique en el DOF. Tercero.- El presente Acuerdo entrará en vigor a partir del día hábil siguiente al de su...

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