Acuerdo por el que se actualiza el Manual de Organización General de la Secretaría de la Defensa Nacional, en la parte correspondiente a la Fuerza Aérea Mexicana, que incluye las funciones específicas de las Direcciones de los Servicios Técnicos de la Fuerza Aérea Mexicana y el organigrama.
Fecha de disposición | 04 Octubre 2019 |
Fecha de publicación | 04 Octubre 2019 |
Emisor | SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL |
Sección | UNICA. Poder Ejecutivo |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Defensa Nacional. General LUIS CRESENCIO SANDOVAL GONZÁLEZ, Secretario de la Defensa Nacional, en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 2/o. fracción I, 14, 16 y 29 fracciones I y X, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3/o., 8/o., 16 y 17 de la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, y
CONSIDERANDO
Que el 4 de julio de 2017, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Manual de Organización General de la Secretaría de la Defensa Nacional, sin estar contempladas en éste las funciones específicas de las Direcciones de los Servicios Técnicos de la Fuerza Aérea Mexicana.
Que con el propósito de que exista una armonía entre el citado Manual de Organización General con las funciones que desarrollan las diversas Direcciones de los Servicios Técnicos de la Fuerza Aérea Mexicana, resulta procedente que las funciones de éstas se incluyan en el citado Manual.
Por lo anterior, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO
Se actualiza el Manual de Organización General de la Secretaría de la Defensa Nacional, mediante la adición correspondiente de los numerales 1.0.4.1., 1.0.4.2., 1.0.4.3., 1.0.4.4., 1.0.4.5., 1.0.4.6., 1.0.4.7. y 1.0.4.8., en la parte relativa a las funciones específicas de las Direcciones de los Servicios Técnicos de la Fuerza Aérea, para quedar como se precisa a continuación:
1.0.4.1. Las Direcciones de los Servicios de la Fuerza Aérea son órganos administrativos que dependen de la Comandancia de la misma y tienen a su cargo la dirección, manejo y verificación de los asuntos militares y técnicos de la Fuerza Aérea.
Los Directores serán Generales o Coroneles en el activo, Diplomados de Estado Mayor Aéreo o con estudios a nivel de licenciatura, procedentes del Servicio correspondiente para cada una de las especialidades de la Fuerza Aérea.
1.0.4.2. Corresponden a las Direcciones de los Servicios de la Fuerza Aérea las atribuciones genéricas siguientes:
Satisfacer las necesidades de vida y operación de las unidades, dependencias e instalaciones de la Fuerza Aérea, por...
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