Acuerdo por el que se aprueba la Norma Técnica para la Clasificación Nacional de Delitos para Fines Estadísticos.

Fecha de disposición22 Octubre 2018
Fecha de publicación22 Octubre 2018
MateriaDerecho Penal
EmisorINSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y GEOGRAFIA
SecciónSEGUNDA. Organismos Autonomos

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional de Estadística y Geografía.- Junta de Gobierno. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 26, apartado B de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 52, 55 fracciones I y II, 57, 58, 62 y 77 fracción VIII de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica y 5 fracción VIII del Reglamento Interior del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, y

CONSIDERANDO

Que el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, en su carácter de organismo público con autonomía técnica y de gestión, personalidad jurídica y patrimonio propios; además de fungir como coordinador del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, tiene entre sus funciones, las de normar y coordinar las actividades estadísticas y geográficas que llevan a cabo las Unidades del Estado; cuyos datos emitidos serán considerados oficiales y de uso obligatorio para la Federación, las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, considerando en todo momento los estándares nacionales e internacionales, así como las mejores prácticas en la materia, a fin de suministrar a la sociedad y al Estado información de calidad, pertinente, veraz y oportuna, a efecto de coadyuvar al desarrollo nacional.

Que de conformidad con lo establecido en la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, el Subsistema Nacional de Información de Gobierno, Seguridad Pública e Impartición de Justicia tiene como objetivo institucionalizar y operar un esquema coordinado para la producción, integración, conservación y difusión de información estadística y geográfica de interés nacional, de calidad, pertinente, veraz y oportuna que permita conocer la situación que guardan la gestión y el desempeño de las instituciones públicas que conforman el Estado y sus respectivos poderes en las funciones de gobierno, seguridad pública e impartición de justicia, para apoyar los procesos de diseño, implementación, monitoreo y evaluación de las políticas públicas en estas materias.

Que a efecto de dar un sustento metodológico a los mecanismos de recolección de información en los temas de seguridad pública, justicia alternativa, procuración e impartición de justicia en materia penal, sistema penitenciario y victimización, la Junta de Gobierno del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, tuvo a bien emitir la Norma Técnica para la Clasificación Nacional de Delitos del Fuero Común para Fines Estadísticos, la cual fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 2011.

Que derivado de las atribuciones que tiene conferidas el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, se ha llevado a cabo la aplicación de diversos Censos Nacionales de Gobierno, en materia de: gobierno, seguridad pública, procuración e impartición de justicia, instrumentos determinados como Información de Interés Nacional por parte de la Junta de Gobierno del Instituto, por lo que con la emisión de la presente Norma Técnica, se establecen las especificaciones que permitirán proporcionar dicha información, así como cualquier otra que sea generada para fines estadísticos y que se vincule con conductas relacionadas con delitos de manera estructurada, estandarizada, consistente, compatible y comparable, como resultado de la estandarización en la vinculación de los procesos de generación de información dentro del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica.

Que el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, en su calidad de Unidad Central Coordinadora del Sistema, tiene entre sus funciones, las de normar y coordinar el Sistema, brindando las bases, normas y principios para producir, integrar y difundir Información Estadística y Geográfica de Interés Nacional que deberán observar las Unidades del Estado, tomando en cuenta para su integración la legislación penal existente en el país, así como los ordenamientos generales y especiales de carácter federal, los estándares nacionales e internacionales, así como las mejores prácticas en la materia.

Que los contenidos de la presente Norma Técnica son comparables con lo dispuesto por la Clasificación Internacional de Delitos con Fines Estadísticos (International Classification of Crimes for Statistical Purposes, ICCS), documento aprobado en el marco del 46o. Periodo de Sesiones de la Comisión Estadística de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), celebrado en la Ciudad de Nueva York, E.U.A. en el mes de marzo de 2015.

Que para generar información estadística de Interés Nacional sobre los delitos, a partir de los registros administrativos que realizan las autoridades correspondientes, como elemento fundamental para el diseño, implementación, monitoreo y evaluación de políticas públicas en materia de seguridad pública, justicia alternativa, procuración e impartición de justicia en materia penal, sistema penitenciario y victimización, y como componente del Subsistema Nacional de Información de Gobierno, Seguridad Pública e Impartición de Justicia, los miembros de la Junta de Gobierno del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, han tenido a bien emitir la siguiente:

NORMA TÉCNICA PARA LA CLASIFICACIÓN NACIONAL DE DELITOS PARA FINES ESTADÍSTICOS

CAPÍTULO I
Disposiciones Generales Artículos 1 a 20
Artículo 1

La presente Norma Técnica tiene por objeto establecer las especificaciones técnicas para que las Unidades del Estado clasifiquen con fines estadísticos, los registros administrativos que con motivo del ejercicio de sus atribuciones generen sobre conductas relacionadas con delitos dentro del ámbito de competencia de la seguridad pública, la justicia alternativa, así como de la procuración e impartición de justicia en materia penal, el sistema penitenciario y la victimización, de una manera estructurada, estandarizada, consistente, compatible y comparable, que permita la vinculación de los mismos en todos los procesos relacionados con Información de Interés Nacional en las materias mencionadas y a su vez, contribuya al fortalecimiento del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica.

Artículo 2

Las disposiciones de la presente Norma Técnica serán de observancia general y obligatoria para las Unidades del Estado que por sus atribuciones tengan a cargo por sí mismas o por terceros, la generación, captación, actualización e integración de registros administrativos sobre delitos, que les sean solicitados por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía en diversos ejercicios de carácter estadístico, de conformidad con lo dispuesto por la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica.

Artículo 3

Para efectos de la presente Norma Técnica, se entenderá por:

  1. Área Geoestadística.- La extensión territorial circunscrita por límites geográficos con fines de referir información estadística;

  2. Área Geoestadística Estatal (AGEE).- La extensión territorial que contiene todos los municipios que pertenecen a un estado o demarcaciones territoriales para el caso de la Ciudad de México, definidos por los límites geoestadísticos que se apegan, en la medida de lo posible, a los límites político-administrativos;

  3. Área Geoestadística Municipal (AGEM).- La extensión territorial integrada por cada uno de los municipios del país y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, los cuales están definidos por límites geoestadísticos, que se apegan en la medida de lo posible, a los político-administrativos;

  4. Bien jurídico.- Categoría estadística que permite identificar el tipo de afectación por la comisión de un delito;

  5. Características de ejecución.- Categoría estadística que permite identificar el modo en que se llevó a cabo la comisión del delito;

  6. Características geográficas.- Categoría estadística que permite identificar la ubicación geográfica en donde se llevó a cabo la comisión de un delito;

  7. Características de las personas involucradas.- Categoría estadística que permite identificar las características básicas de la(s) persona(s) que ejecuta(n) el delito, tal sea el caso de probables partícipes o responsables, así como de la(s) persona(s) afectada(s) por la ejecución del mismo en su calidad de víctimas;

  8. Categoría.- Es el conjunto de elementos que tienen una característica en común que permiten distinguirlo de cualquier otro conjunto;

  9. Clase.- Son conceptos con ciertas particularidades distintivas de entre las demás, originadas de una misma variable;

  10. Códigos Penales.- Los Códigos Penales de cada una de las entidades federativas y el Código Penal Federal;

  11. Leyes Penales.- Las leyes generales y especiales de carácter federal y local, así como cualquier otra normatividad que tipifique delitos;

  12. Dato.- El valor que una variable estadística toma en una unidad de observación;

  13. Delito.- Se entenderá como una variable estadística que establece una unidad de medida que representa a aquella conducta realizada por un acto u omisión, descrita por las leyes o los Códigos Penales, misma que comparten las autoridades que enfocan sus acciones y actividades cotidianas a la seguridad pública, la justicia alternativa, así como a la procuración e impartición de justicia en materia penal;

  14. Dirección General.- La Dirección General de Estadísticas de Gobierno, Seguridad Pública y Justicia del INEGI;

  15. Entidades Federativas.- A los 31 estados y la...

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