Acuerdo por el que se aprueba el Programa de Fomento a la Economía Social 2015-2018

Fecha de disposición18 Junio 2015
Fecha de publicación18 Junio 2015
EmisorSECRETARIA DE ECONOMIA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía. Con fundamento en los artículos 25 y 26 apartado A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 34 fracciones X, X bis y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 14 fracción II, 18 fracción III y 46 de la Ley de la Economía Social y Solidaria, reglamentaria del párrafo séptimo del artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al sector social de la economía; 5 fracción XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y

CONSIDERANDO

Que el artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dispone que el Estado garantizará que el desarrollo nacional fortalezca la soberanía de la Nación y su régimen democrático y que, por medio de la competitividad, el fomento al crecimiento económico, el empleo y una más justa distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales.

Que el artículo 26 apartado A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dispone que el Estado organizará un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, permanencia y equidad al crecimiento de la economía, para la independencia y democratización política, social y cultural de la Nación.

Que dicho precepto constitucional, en el párrafo segundo del apartado A, establece que habrá un Plan Nacional de Desarrollo, al que se sujetarán obligatoriamente los programas de la Administración Pública Federal.

Que mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de mayo de 2013 se aprobó el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, el cual contiene los objetivos, estrategias, indicadores y metas que regirán la actuación del Gobierno Federal durante la presente administración.

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 prevé como estrategia general elevar la productividad para llevar a México a su máximo potencial, y orienta la actuación gubernamental en torno a cinco metas nacionales: México en Paz, México Incluyente, México con Educación de Calidad, México Próspero y México con Responsabilidad Global, incluyendo además tres estrategias transversales: Democratizar la Productividad, Gobierno Cercano y Moderno, y Perspectiva de Género.

Que mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de diciembre de 2013 se aprobó el Programa de Desarrollo Innovador 2013-2018, que es el Programa Sectorial de la Secretaría de Economía, el cual incluye como objetivo 3 "Impulsar a emprendedores y fortalecer el desarrollo empresarial de las MIPYMES y los organismos del sector social de la economía", y establece, entre sus estrategias, incrementar las oportunidades de inclusión productiva y laboral en el sector social de la economía, así como contribuir al fortalecimiento del sector de ahorro y crédito popular, señalando las diversas líneas de acción para el logro de las mismas, y

Que el Instituto Nacional de la Economía Social elaboró el Programa de Fomento a la Economía Social 2015-2018, como el instrumento que orientará las actividades de este órgano desconcentrado de la Secretaría de Economía, con sustento en la Ley de la Economía Social y Solidaria, reglamentaria del párrafo séptimo del artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al sector social de la economía, así como en el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 y el Programa de Desarrollo Innovador 2013-2018, con el fin de establecer los objetivos, estrategias y líneas de acción que permitan contribuir al desarrollo del sector social de la economía en México, por lo que se expide el siguiente:

ACUERDO

Primero.- Se aprueba el Programa de Fomento a la Economía Social 2015-2018, en los términos del anexo único del presente Acuerdo, a efecto de establecer las bases que permitan propiciar condiciones favorables para el crecimiento y consolidación del Sector Social de la Economía, mediante la visibilización del Sector, el desarrollo de capacidades empresariales de los organismos del Sector, el impulso de proyectos de inversión que incrementen las oportunidades de inclusión productiva y laboral del Sector, el fortalecimiento de las capacidades de operación de la banca social y de sus actividades de ahorro y financiamiento empresarial, así como la adecuación del marco jurídico y normativo que propicie el desarrollo del multicitado Sector.

Segundo.- Para la ejecución del Programa, el Instituto Nacional de la Economía Social coordinará acciones con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias y conforme a las disposiciones jurídicas aplicables.

Tercero.- El Instituto Nacional de la Economía Social evaluará de manera periódica los resultados de la

ejecución del Programa materia de este Acuerdo a través de indicadores, así como su incidencia en la consecución de los objetivos y prioridades del Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 y del Programa de Desarrollo Innovador 2013-2018.

Cuarto.- Los recursos para implementar las acciones que se deriven de este Acuerdo, serán con cargo al presupuesto aprobado para el ejercicio fiscal correspondiente.

TRANSITORIO

ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

México, D.F., a 1 de junio de 2015.- El Secretario de Economía, Ildefonso Guajardo Villarreal.- Rúbrica.

PROGRAMA DE FOMENTO A LA ECONOMÍA SOCIAL

2015-2018

Marco

Normativo

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su artículo 25 que corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional integral y sustentable para garantizar que fortalezca la soberanía de la nación, su régimen democrático y que mediante la competitividad, el fomento del crecimiento económico y el empleo, y una más justa distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales.

El párrafo séptimo del artículo 25 señala que la ley establecerá los mecanismos que faciliten la organización y la expansión de la actividad económica del sector social: de los ejidos, organizaciones de trabajadores, cooperativas, comunidades, empresas que pertenezcan mayoritaria o exclusivamente a los trabajadores y, en general, de todas las formas de organización social para la producción, distribución y consumo de bienes y servicios socialmente necesarios.

Por su parte, el artículo 26, apartado A, establece que el Estado organizará un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, competitividad, permanencia y equidad al crecimiento de la economía. Mediante la planeación se fijarán objetivos, metas, estrategias y prioridades que se plasmarán en un plan nacional de desarrollo al que se sujetarán obligatoriamente los programas de la Administración Pública Federal.

De igual forma, los artículos 2 y 3 de la Ley de Planeación señalan que la planeación nacional de desarrollo consiste en la ordenación racional y sistemática de acciones para la consecución de los objetivos políticos, sociales, culturales y económicos contenidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 establece como una de las Metas Nacionales construir un México Próspero, que promueva el crecimiento sostenido de la productividad en un clima de estabilidad económica, mediante la generación de igualdad de oportunidades. Denotadamente, la política de fomento económico debe enfocarse en aquellos sectores estratégicos con una alta capacidad para generar empleo, competir exitosamente en el exterior, democratizar la productividad entre sectores económicos y regiones geográficas, y agregar alto valor a través de su integración con cadenas productivas locales.

En ese sentido, la Secretaría de Economía elaboró el Programa de Desarrollo Innovador 2013-2018, el cual prevé, entre otros objetivos, que México incremente y mejore su competitividad y nivel de inversión que conduzcan a un mayor dinamismo en el desarrollo económico del país. Entre los objetivos sectoriales se decide impulsar el emprendimiento y fortalecer el desarrollo empresarial de las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES) y los Organismos del Sector Social de la Economía, mediante el aprovechamiento y fomento de las oportunidades de negocio y de inclusión productiva y laboral.

El 23 de mayo de 2012 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto por el que se expidió la Ley de la Economía Social y Solidaria, Reglamentaria del Párrafo Séptimo del Artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al Sector Social de la Economía. Esta Ley es de orden público, interés social y de observancia general en todo el territorio nacional y se aplicará sin perjuicio de otras disposiciones que dicten los Poderes Ejecutivo y Legislativo Federal y de las Entidades Federativas, así como en los Municipios, en los ámbitos de sus respectivas competencias.

Adicionalmente, con el fin de aprovechar el potencial del sector social de la economía, el 11 de junio de 2013 se publicó en el DOF el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversos artículos de la Ley de la Economía Social y Solidaria, Reglamentaria del Párrafo Séptimo del Artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al sector social de la economía. Con esas reformas se eliminaron barreras que impedían a los organismos del sector aprovechar los beneficios de la Ley, con lo...

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