Acuerdo por el que se aprueban las reformas al Reglamento Interior del Instituto Nacional de Estadística y Geografía.

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EmisorInstituto Nacional de Estadística y Geografía

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional de Estadística y Geografía.- Junta de Gobierno. La Junta de Gobierno del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 26 apartado B de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 52 y 77 fracción IX de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica y 5 fracción IX del Reglamento Interior del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, ha tenido a bien emitir el siguiente:

ACUERDO DE LA JUNTA DE GOBIERNO POR EL QUE SE APRUEBAN LAS REFORMAS AL REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y GEOGRAFÍA

ÚNICO.- Se reforma el inciso d) de la fracción VII del artículo 3, la fracción VIII del artículo 11, las fracciones I, X y XVI del artículo 38, las fracciones I, IV y V del artículo 39, las fracciones I y II del artículo 40, las fracciones I y V del artículo 40 Bis, la fracción XII del artículo 41, la fracción XX del artículo 42, el artículo 45, el último párrafo del artículo 46; Se adicionan las fracciones XVIII Bis, XVIII Ter y XVIII Quáter al artículo 23 Bis, la fracción I Bis del artículo 39, la fracción I Bis y XV Bis del artículo 40 Bis, las fracciones XII Bis y XX Bis al artículo 41, la fracción XX Bis del artículo 42, las fracciones XXIV Bis y XXIV Ter del artículo 43; Se deroga la fracción X del artículo 39, las fracciones III y IV del artículo 40 Bis, todos ellos del Reglamento Interior del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, para quedar como sigue:

ARTÍCULO 3

...

VII. ...

  1. ...

  2. ...

  3. ...

  4. Dirección General Adjunta de Apoyo Normativo y Administración de Riesgos.

ARTÍCULO 11

...

VIII. Coordinar la elaboración de proyectos de disposiciones normativas relacionados con el ámbito de competencia de la Unidad Administrativa a su cargo, y someterlos a la consideración del Presidente del Instituto y de la Junta de Gobierno, en términos de la normativa aplicable;

ARTÍCULO 23 Bis

...

XVIII Bis. Desarrollar conceptos y definiciones para mantener actualizado el Sistema de Clasificación Industrial de América del Norte México, así como las clasificaciones de productos asociadas a dicho Sistema, que contribuyan a la elaboración de nomenclaturas, abreviaturas, identificadores, directorios, símbolos, y demás elementos que permitan garantizar la homogeneidad y comparación de la información económica desde la captación y procesamiento de ésta, hasta la etapa de su presentación y publicación;

XVIII Ter. Proporcionar de manera periódica información, generada dentro de su ámbito de competencia, con el objeto de alimentar el Sistema de Cuentas Nacionales;

XVIII Quáter. Llevar a cabo actividades relacionadas con la vinculación y conciliación de estadísticas económicas de su competencia, considerando información nacional y extranjera, proporcionada por instituciones públicas y privadas, con el objeto de detectar y cuantificar las diferencias, así como explicar las causas de las discrepancias entre los datos, para contribuir a la medición de la actividad económica en su conjunto;

...

ARTÍCULO 38

...

I. Coordinar la estrategia de vinculación acordada con el Presidente, entre el Instituto y los poderes ejecutivo y legislativo, organismos autónomos, medios de comunicación, sector privado, sector académico y organismos no gubernamentales, así como con organismos internacionales, para fortalecer las relaciones institucionales con dichos sectores, promover el desarrollo del Sistema y fomentar la cultura estadística y geográfica;

...

X. Dirigir y coordinar la estrategia de fomento a la...

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