Acuerdo por el que se autoriza a la Secretaría de la Defensa Nacional, para que a nombre y representación del Gobierno Federal, done al Gobierno de la República Oriental del Uruguay diversas piezas y refacciones para los Aviones F-260EU.
Fecha de disposición | 05 Noviembre 2019 |
Fecha de publicación | 05 Noviembre 2019 |
Emisor | SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL |
Sección | UNICA. Poder Ejecutivo |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 133, párrafo tercero de la Ley General de Bienes Nacionales, y 28, 29 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y
CONSIDERANDO
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, establece como una de sus estrategias específicas, la recuperación de los principios de la política exterior, como lo son, entre otros: la autodeterminación de los pueblos, la no intervención, la igualdad jurídica de los Estados, la cooperación internacional para el desarrollo; el respeto, la protección y promoción de los derechos humanos y la lucha por la paz y la seguridad internacionales;
Que igualmente se prevé en el referido instrumento de planeación que el Ejecutivo Federal a mi cargo, ofrecerá cooperación, amistad y respeto para todos los países del mundo y, particularmente, para las naciones hermanas de América Latina y el Caribe, impulsando con énfasis, a través del Gobierno de México, los intercambios económicos, culturales, científicos y tecnológicos que abonen a la causa de la integración latinoamericana;
Que en los inventarios de la Secretaría de la Defensa Nacional se encuentran 2,269 piezas y refacciones, para los Aviones F260EU (Aermacchi), que ya no son útiles o susceptibles de reaprovechamiento para la Fuerza Aérea Mexicana, en virtud de que los citados aviones quedaron en desuso de dicha institución armada;
Que el Gobierno de la República Oriental del Uruguay, mediante notas diplomáticas de número 006/18, 069/18 y 070/18, solicitó le sean donados los artículos referidos en el considerando anterior, mismos serán utilizados en proyectos de investigación científica de la Escuela Técnica de Aeronáutica, que permitirán el desarrollo de técnicas de instrucción en forma constante y permanente para obtener mejores resultados en la formación académica, específicamente para desarrollar y analizar estadísticas científicas precisas de la durabilidad y fiabilidad de los diferentes componentes, para poder tener conocimientos científicos que puedan mantener una correcta seguridad de vuelo en la utilización de los mismos y sus exigencias;
Que con oficio número UJ/NBM/12/2019 de 10 de enero de 2019, el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, autorizó realizar la donación de un lote de material de vuelo (partes y refacciones de las aeronaves AERMACCHI), a favor del Gobierno de la República Oriental del Uruguay, de conformidad con el artículo 133 de la Ley General de Bienes Nacionales;
Que conforme a las disposiciones de la Ley General de Bienes Nacionales, el Oficial Mayor de la Secretaría de la Defensa Nacional, mediante Acuerdo Administrativo número S.N./12254 de 13 de agosto de 2018, desincorporó los bienes muebles a que se refiere el presente Acuerdo, previo dictamen favorable del Comité de Bienes Muebles de esa Dependencia, en sesión de 7 de agosto de 2018, y
Que es propósito del Ejecutivo Federal que los bienes de la Federación tengan un aprovechamiento óptimo, así como continuar manteniendo los lazos de estrecha amistad y colaboración entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República Oriental del Uruguay, he tenido a bien expedir el siguiente
ACUERDO
Se autoriza a la Secretaría de la Defensa Nacional, para que a nombre y representación del Gobierno Federal, done al Gobierno de la República Oriental del Uruguay las piezas y refacciones que se describen a continuación:
CANTIDAD | DESCRIPCIÓN | VALOR DE INVENTARIO | VALOR TOTAL | NÚMERO DE INVENTARIO | MODELO Y NÚMERO DE SERIE |
1 | CONTROL ACTUADOR DE FLAPS (ACTUATOR ASSY, FLAPS CONTROL).
| $ 3,500.00 | $ 3,500.00 | NO CUENTA | SF260-12- 215-09 |
664 | ARANDELA PLANA (WASHER FLAT).
| $ 8.50 | $ 5,644.00 | NO CUENTA | AN960-10L |
1 | TORNILLO DE MOTOR (SCREW MACHINE).
| $ 5.72 | $ 5.72 | NO CUENTA | MS35207- 262 |
10 | TORNILLO CON ARANDELA DE PRESIÓN (BOLT SHEAR).
| $ 2.50 | $ 25.00 | NO CUENTA | NAS6203- 5D |
10 | TORNILLO CON ARANDELA DE PRESIÓN (BOLT SHEAR).
| $ 10.00 | $ 100.00 | NO CUENTA | NAS1103- 10D |
1 | PERILLA MANUAL (KNOB HANDLE).
| $ 3,920.00 | $ 3,920.00 | NO CUENTA | SF260-14- 29-05 |
5 | MAGNETO DERECHO (MAGNETO, RH).
| $ 18,053.00 | $ 90,265.00 | NO CUENTA | 6350 Y 6393. |
6 | POLEA (PULLEY GROOVE).
| $ 30.60 | $ 183.60 | NO CUENTA | BB128 |
4 | VÁLVULA DE CORTE (SHUT OFF VALVE).
| $ 148.00 | $ 592.00 | NO CUENTA | SM2513-1 |
2 | INDICADOR DE PRESIÓN DE ACEITE (OIL PRESSURE INDICATOR).
| $ 15,218.00 | $ 30,436.00 | NO CUENTA | 169AR- 910-6LBW |
16 | TORNILLO DE MOTOR (BOLT MACHINE).
| $ 53.85 | $ 861.60 | NO CUENTA | AN7-42 |
50 | TORNILLO CON ARANDELA DE TOLERANCIA (BOLT CLOSE TOLERANCE).
| $ 11.58 | $ 579.00 | NO CUENTA | NAS1104- 11D |
23 | TORNILLO CON ARANDELA DE PRESIÓN (BOLT SHEAR).
| $ 25.92 | $ 596.16 | NO CUENTA | NAS1105- 18D |
73 | TORNILLO CON ARANDELA DE PRESIÓN (BOLT SHEAR).
| $ 11.56 | $ 843.88 | NO CUENTA | NAS1105- 11D |
590 | ARANDELA PLANA (WASHER FLAT).
| $ 1.26 | $ 743.40 | NO CUENTA | NAS1252- 6L |
61 | TORNILLO CON SEGURO DE MEDIA VUELTA (STUD ASSEMBLY TURNLOCK).
| $ 14.10 | $ 860.10 | NO CUENTA | NS4E011- 3-6 |
5 | INDICADOR 2 DEL SISTEMA DE AJUSTE DE DISTANCIA (INDICATOR 2 BEARING-DISTANCE-HEADING).
| $ 12,177.14 | $ 60,885.70 | NO CUENTA | 066-01069- 0000 |
13 | LUCES (LENS LIGHT).
| $ 489.24 | $ 6,360.12 | NO CUENTA | MS23006-2 |
1 | LÁMPARA DE CABINA (LIGHT COCKPIT, AIRCRAFT).
| $ 663.00 | $ 663.00 | NO CUENTA | 15-0007-1 |
4 | ALTÍMETRO CODIFICADO (ALTIMETER ENCODING).
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