Acuerdo por el que se autorizan las tarifas finales del suministro básico de estímulo 9-CU y 9-N.
Fecha de disposición | 30 Noviembre 2017 |
Fecha de publicación | 30 Noviembre 2017 |
Emisor | SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Acuerdo 124/2017
ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZAN LAS TARIFAS FINALES DEL SUMINISTRO BÁSICO DE ESTÍMULO 9-CU y 9-N
JOSÉ ANTONIO GONZÁLEZ ANAYA, Secretario de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en los artículos 139 de la Ley de la Industria Eléctrica, 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 5o.de la Ley de Energía para el Campo, y en el Acuerdo por el que se autoriza a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a establecer el mecanismo de fijación de las tarifas finales de energía eléctrica del suministro básico, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 139 párrafo primero de la Ley de la Industria Eléctrica señala que la Comisión Reguladora de Energía aplicará las metodologías para determinar el cálculo y ajuste de las tarifas reguladas, las tarifas máximas de los suministradores de último recurso y las tarifas finales del suministro básico;
Que el artículo 139, párrafo segundo de la Ley de la Industria Eléctrica establece que el Ejecutivo Federal podrá determinar, mediante Acuerdo, un mecanismo de fijación de tarifas distinto al de las tarifas finales establecidas por la Comisión Reguladora de Energía, para determinados grupos de usuarios del suministro básico;
Que la Comisión Reguladora de Energía expidió, mediante Acuerdo A/058/2017 de fecha 23 de noviembre de 2017, la metodología para determinar el cálculo y ajuste de las tarifas finales, así como las tarifas de operación, que aplicarán a la empresa productiva subsidiaria CFE suministrador de servicios básicos durante el periodo que comprende del 1 de diciembre de 2017 y hasta el 31 de diciembre de 2018;
Que el Ejecutivo Federal mediante "Acuerdo por el que se autoriza a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a establecer el mecanismo de fijación de las tarifas finales de energía eléctrica del suministro básico", estableció que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público podrá determinar un mecanismo de fijación de las tarifas finales de energía eléctrica del suministro básico distinto al establecido por la Comisión Reguladora de Energía;
Que el artículo 5o. de la Ley de Energía para el Campo señala que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en coordinación con las de Energía; de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales, establecerá los precios y tarifas de estímulo de los energéticos agropecuarios, aplicables a las cuotas energéticas, tomando en cuenta las condiciones económicas y...
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