Acuerdo por el que la Comisión Reguladora de Energía prorroga el plazo para que los permisionarios de las actividades de transporte y distribución por medios distintos a ductos, expendio y expendio al público de gas licuado de petróleo presenten los informes correspondientes al primer y segundo trimestre de 2016, previstos en los títulos de permiso correspondientes

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EmisorComisión Reguladora de Energía

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Comisión Reguladora de Energía.

ACUERDO Núm. A/023/2016

ACUERDO POR EL QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA PRORROGA EL PLAZO PARA QUE LOS PERMISIONARIOS DE LAS ACTIVIDADES DE TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN POR MEDIOS DISTINTOS A DUCTOS, EXPENDIO Y EXPENDIO AL PÚBLICO DE GAS LICUADO DE PETRÓLEO PRESENTEN LOS INFORMES CORRESPONDIENTES AL PRIMER Y SEGUNDO TRIMESTRE DE 2016, PREVISTOS EN LOS TÍTULOS DE PERMISO CORRESPONDIENTES

RESULTANDO

PRIMERO Que, el 20 de diciembre de 2013, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en Materia de Energía (el Decreto en Materia de Energía).

SEGUNDO Que, derivado del Decreto en Materia de Energía, el 11 de agosto de 2014, se publicaron en el DOF, entre otras leyes, la Ley de Hidrocarburos (LH) y la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética (LORCME).

TERCERO Que, en cumplimiento al Transitorio Cuarto de la LH, el 31 de octubre de 2014, se publicó en el DOF el Reglamento de las Actividades a que se refiere el Título Tercero de la Ley de Hidrocarburos (el Reglamento), abrogando el Reglamento de Gas Licuado de Petróleo publicado en el DOF el 5 de diciembre de 2007, salvo lo previsto en el Transitorio Tercero del Reglamento.

CUARTO Que, con fundamento en los Transitorios Vigésimo Séptimo de la LH y Noveno del Reglamento, mediante Acta Administrativa de Entrega-Recepción del 2 de febrero de 2016, la Secretaría de Energía (la Sener) transfirió formalmente a esta Comisión Reguladora de Energía (esta Comisión) los expedientes relativos a los permisos de transporte y distribución por medios distintos a ductos, expendio y expendio al público de gas licuado de petróleo (GLP).

QUINTO Que, con fecha 22 de abril de 2016, esta Comisión envió a la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (la Cofemer) a través de la herramienta electrónica COFEMERSIMIR, el anteproyecto del presente Acuerdo, así como el formato para solicitar la exención de presentación de Manifestación de Impacto Regulatorio del mismo.

SEXTO Que, mediante el oficio COFEME/16/1912, de fecha 29 de abril de 2016, la Cofemer resolvió sobre el Anteproyecto del presente Acuerdo, e indicó que es procedente la solicitud de exención de presentación de la Manifestación de Impacto Regulatorio.

CONSIDERANDO

PRIMERO Que, el 12 de agosto...

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