Acuerdo de la Comisión Reguladora de Energía por el que se expiden las Reglas de Operación del Consejo Consultivo de la Comisión Reguladora de Energía.

Fecha de disposición27 Junio 2017
Fecha de publicación27 Junio 2017
EmisorCOMISION REGULADORA DE ENERGIA
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Comisión Reguladora de Energía.

ACUERDO Núm. A/022/2017

ACUERDO DE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA POR EL QUE SE EXPIDEN LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL CONSEJO CONSULTIVO DE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA.

RESULTANDO

PRIMERO. Que el 11 de agosto de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética (LORME).

SEGUNDO. Que el 28 de abril de 2017, se publicó en el DOF el Reglamento Interno de la Comisión Reguladora de Energía (RICRE).

CONSIDERANDO

PRIMERO. Que, de conformidad con los artículos 2, fracción III y 43 Ter de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; y 2, fracción II y 3 de la LORCME, la Comisión Reguladora de Energía (la Comisión) es una dependencia de la Administración Pública Federal con carácter de Órgano Regulador Coordinado en Materia Energética y con autonomía técnica, operativa y de gestión.

SEGUNDO. Que de acuerdo con el artículo 22, fracciones I y III de la LORCME, es facultad de la Comisión emitir sus actos y resoluciones con autonomía técnica, operativa y de gestión, así como vigilar y supervisar su cumplimiento, y emitir resoluciones, acuerdos y demás actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.

TERCERO. Que el artículo 28 de la LORCME establece que, la Comisión contará con un Consejo Consultivo, órgano propositivo y de opinión que tiene por objeto contribuir al procedimiento de consulta pública para analizar los criterios de regulación contenidos en las disposiciones administrativas de carácter general que expida la Comisión.

CUARTO. Que de acuerdo con los artículos 18, fracción XXXIII y 39 del RICRE, corresponde al Órgano de Gobierno de la Comisión, la facultad de expedir las reglas generales para la organización y funcionamiento del Consejo Consultivo de la Comisión, mismas que deberán contener, al menos, los términos generales de su funcionamiento e integración.

QUINTO. Que las Reglas de Operación del Consejo Consultivo que son objeto de expedición de este Acuerdo, tienen como objetivo dar cumplimiento a lo dispuesto en el considerando anterior, ya que, entre otras cosas, contemplan su organización y funcionamiento.

Por lo anterior y con fundamento en los artículos 28, párrafo octavo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2, fracción III y 43 Ter de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2, fracción II, 3, 4, párrafo primero, 5, 22, fracciones I, II, III y XXVI, inciso a) y 28 de la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética, y 1, 2, 4, 7, fracción I, 12, 16, 18, fracciones I y XXXIII, 37, 38 y 39 del Reglamento Interno de la Comisión Reguladora de Energía, la Comisión Reguladora de Energía

ACUERDA

PRIMERO. Se expiden las Reglas de Operación del Consejo Consultivo de la Comisión Reguladora de Energía, mismas que se encuentran contenidas en el Anexo Único del presente Acuerdo, el cual forma parte integrante del mismo como si a la letra se insertare.

SEGUNDO. Publíquese el presente Acuerdo y su Anexo Único en el Diario Oficial de la Federación.

TERCERO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

CUARTO. Inscríbase el presente Acuerdo con el número A/022/2017, en el registro a que se refieren los artículos 22, fracción XXVI, inciso a) y 25, fracción X, de la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética y, 4 y 16 del Reglamento Interno de la Comisión Reguladora de Energía.

Ciudad de México, a 1 de junio de 2017.- El Presidente, Guillermo Ignacio García Alcocer.- Rúbrica.- Los Comisionados: Marcelino Madrigal Martínez, Cecilia Montserrat Ramiro Ximénez, Luis Guillermo Pineda Bernal, Jesús Serrano Landeros, Guillermo Zúñiga Martínez.- Rúbricas.

ANEXO ÚNICO ACUERDO Núm. A/022/2017

REGLAS DE OPERACIÓN DEL CONSEJO CONSULTIVO DE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA

CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 23
Artículo 1 El Consejo Consultivo de la Comisión Reguladora de Energía es el órgano que contribuye al procedimiento de consulta pública para la definición de los criterios de regulación contenidos en las disposiciones administrativas de carácter general que expida la misma, a través de propuestas y opiniones que privilegien el interés general.

Para la consecución de su función, en el Consejo se desarrollarán debates abiertos y transparentes. Las propuestas y opiniones del Consejo serán escuchadas y tomadas en cuenta por la Comisión, aunque no serán vinculantes para la misma.

Artículo 2 Las presentes reglas tienen por objeto establecer las políticas, procedimientos y lineamientos para la mejor realización de los objetivos y funciones del Consejo Consultivo de la Comisión Reguladora de Energía.
Artículo 3

Para los efectos de las presentes Reglas generales, se establecen las definiciones siguientes:

  1. Comisión: La Comisión Reguladora de Energía;

  2. Consejo: El Consejo Consultivo de la Comisión Reguladora de Energía;

  3. ...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR