Acuerdo de la Comisión Reguladora de Energía por el que se declaran como días inhábiles los días del 19 al 22 de septiembre para la práctica de actuaciones y diligencias de procedimientos que se desarrollen ante la Comisión Reguladora de Energía, se suspende el cumplimiento de obligación de presentación de reportes del 19 al 24 de septiembre y se instruye a los permisionarios de expendio al público de petrolíferos en estación de servicio para que apliquen los precios máximos al público autorizados para el 19 de septiembre de 2017.

Fecha de disposición19 Septiembre 2017
Fecha de publicación21 Septiembre 2017
EmisorCOMISION REGULADORA DE ENERGIA
SecciónUNICA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Comisión Reguladora de Energía.

ACUERDO Núm. A/043/2017

ACUERDO DE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA POR EL QUE SE DECLARAN COMO DÍAS INHÁBILES LOS DÍAS DEL 19 AL 22 DE SEPTIEMBRE PARA LA PRÁCTICA DE ACTUACIONES Y DILIGENCIAS DE PROCEDIMIENTOS QUE SE DESARROLLEN ANTE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA, SE SUSPENDE EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN DE PRESENTACIÓN DE REPORTES DEL 19 AL 24 DE SEPTIEMBRE Y SE INSTRUYE A LOS PERMISIONARIOS DE EXPENDIO AL PÚBLICO DE PETROLÍFEROS EN ESTACIÓN DE SERVICIO PARA QUE APLIQUEN LOS PRECIOS MÁXIMOS AL PÚBLICO AUTORIZADOS PARA EL 19 DE SEPTIEMBRE DE 2017.

GUILLERMO IGNACIO GARCÍA ALCOCER, Comisionado Presidente de la Comisión Reguladora de Energía, con fundamento en los artículos 2, fracción III y 43 Ter de la Ley Orgánica de la Administración Pública, 1, 2, fracción II, 3, 22, fracciones I, II, III, VIII y XXVII, 23, fracciones I, III y XI y 42 de la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética; 1, 4, 16, fracción IX y 28, párrafos segundo y tercero de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, 365 del Código Federal de Procedimientos Civiles, así como los artículos 1, 2, 4, 6, 7, fracción II, 22 y 23, fracciones VIII y XXIV, del Reglamento Interno de la Comisión Reguladora de Energía, y

CONSIDERANDO

PRIMERO. Que con motivo del sismo ocurrido el día 19 de septiembre de 2017, y derivado de la necesidad de llevar a cabo una revisión minuciosa de las instalaciones, para garantizar la seguridad de las y los trabajadores, como medida preventiva y de protección civil se suspenden las actividades de la Comisión Reguladora de Energía durante los días 19 y 20 de septiembre.

SEGUNDO. Que la medida se adopta también a efecto de no entorpecer las labores que deban realizar las autoridades correspondientes en atención a la situación de emergencia que se vive en la Ciudad de México y en otras entidades federativas afectadas.

TERCERO. Que adicionalmente a la suspensión de labores, durante los días del 19 al 22 de septiembre, se suspenden los plazos y términos de ley para efectos de las diligencias o actuaciones en los procedimientos que se tramitan o deban tramitarse ante la Comisión Reguladora de Energía.

CUARTO. Que derivado de la situación de emergencia, la Comisión Reguladora de Energía, a efecto de garantizar el derecho de los permisionarios para cumplir diligentemente con sus obligaciones...

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