Acuerdo por el que la Comisión Reguladora de Energía emite el criterio para calcular el número total de Certificados de Energías Limpias disponibles para cubrir el monto total de las Obligaciones de Energías Limpias para cada uno de los dos primeros años de vigencia de dichas Obligaciones y expide la Metodología de Cálculo del Precio Implícito de los Certificados de Energías Limpias a que hace referencia el Transitorio Vigésimo Segundo de la Ley de Transición Energética.

Fecha de disposición04 Marzo 2020
Fecha de publicación04 Marzo 2020
EmisorCOMISION REGULADORA DE ENERGIA
SecciónUNICA. Poder Ejecutivo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Comisión Reguladora de Energía.

ACUERDO Núm. A/013/2019

ACUERDO POR EL QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA EMITE EL CRITERIO PARA CALCULAR EL NÚMERO TOTAL DE CERTIFICADOS DE ENERGÍAS LIMPIAS DISPONIBLES PARA CUBRIR EL MONTO TOTAL DE LAS OBLIGACIONES DE ENERGÍAS LIMPIAS PARA CADA UNO DE LOS DOS PRIMEROS AÑOS DE VIGENCIA DE DICHAS OBLIGACIONES Y EXPIDE LA METODOLOGÍA DE CÁLCULO DEL PRECIO IMPLÍCITO DE LOS CERTIFICADOS DE ENERGÍAS LIMPIAS A QUE HACE REFERENCIA EL TRANSITORIO VIGÉSIMO SEGUNDO DE LA LEY DE TRANSICIÓN ENERGÉTICA

Con fundamento en los artículos 28, párrafo octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2, fracción III y 43 Ter, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2, fracción II, 3, 4, párrafo primero, 22, fracciones I, II, III, X, XXIV y XXVII y 42 de la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética; 2, 3, fracciones VIII y XXII, 6 fracción II, 12, fracciones XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXXVII, XLVII y XLIX de la Ley de la Industria Eléctrica; 7 fracción II, 8, 9, 13, 68, 69, 70, 74 y Vigésimo Segundo Transitorio de la Ley de Transición Energética; 2, 3, 4, 12, 13, 14, 15, 28, 32 y 49 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 3, fracciones XV y XX, 6, 7, 8, 11, fracción III, 66, 69, 70, 71 y 75 de la Ley General de Mejora Regulatoria; y 1, 2, 4, 7 fracciones I, III y X, 8, 12, 13, 16, 18 fracciones I, II, XVIII, XXVIII y XLV y 27, fracciones I, II, XII, XVII y XVIII del Reglamento Interno de la Comisión Reguladora de Energía, y

CONSIDERANDO

PRIMERO. Que de conformidad con los artículos 28, párrafo octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2, fracción III, y 43 Ter de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 2, fracción II y 3 de la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética, la Comisión Reguladora de Energía (Comisión) es una Dependencia de la Administración Pública Centralizada con autonomía técnica, operativa y de gestión con carácter de Órgano Regulador Coordinado en Materia Energética.

SEGUNDO. Que el 11 de agosto de 2014, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación (DOF) los Decretos por los que se expidieron, entre otras, la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética (LORCME), y la Ley de la Industria Eléctrica (LIE) la cual tiene como finalidad, entre otras, promover el desarrollo sustentable de la industria eléctrica y el cumplimiento de las obligaciones de Energías Limpias y de reducción de emisiones contaminantes.

TERCERO. Que el 31 de octubre de 2014, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación (DOF) los Lineamientos que establecen los Criterios para el Otorgamiento de Certificados de Energías Limpias y los Requisitos para su Adquisición (Lineamientos).

CUARTO. Que el 31 de marzo de 2015, la Secretaría de Energía (Sener), publicó en el DOF el Aviso por el que se da a conocer el requisito para la adquisición de Certificados de Energías Limpias en 2018.

QUINTO. Que el 19 de noviembre de 2015, la Sener publicó en el DOF el Acuerdo por el que se emite el Manual de Subastas de Largo Plazo.

SEXTO. Que el 24 de diciembre de 2015, se publicó en el DOF la Ley de Transición Energética (LTE), la cual tiene por objeto regular, entre otras, las obligaciones en materia de Energías Limpias.

SÉPTIMO. Que el 31 de marzo de 2016, se publicó en el DOF el Aviso por el que se da a conocer el requisito para la adquisición de Certificados de Energías Limpias en 2019, establecido por la Secretaría de Energía.

OCTAVO. Que el 30 de marzo de 2016, la Comisión publicó en el DOF la Resolución por la que se expiden las Disposiciones Administrativas de carácter general para el funcionamiento del Sistema de Gestión de Certificados y Cumplimiento de Obligaciones de Energías Limpias. (Disposiciones).

NOVENO. Que el 31 de marzo de 2017, se publicó en el DOF el Aviso por el que se da a conocer los requisitos para la adquisición de Certificados de Energías Limpias en 2020, 2021 y 2022 establecidos por la Secretaría de Energía.

DÉCIMO. Que el 23 de enero de 2018...

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