Acuerdo del Comité de Administración por el que se autoriza la Integración por Régimen de Contratación de la Cámara de Diputados y de la Unidad de Evaluación y Control de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, para el ejercicio fiscal 2019.
Fecha de disposición | 28 Febrero 2019 |
Fecha de publicación | 28 Febrero 2019 |
Emisor | CAMARA DE DIPUTADOS |
Sección | PRIMERA. Poder Legislativo |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Cámara de Diputados.- LXIV Legislatura de la Paridad de Género.- Comité de Administración.
ACUERDO DEL COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN POR EL QUE SE AUTORIZA LA INTEGRACIÓN POR RÉGIMEN DE CONTRATACIÓN DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS Y DE LA UNIDAD DE EVALUACIÓN Y CONTROL DE LA COMISIÓN DE VIGILANCIA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA FEDERACIÓN, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019
CONSIDERANDO
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Que en términos de lo dispuesto por los artículos 50, 51, 70, 74 y 77, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 66 de la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; la Cámara de Diputados se compone de representantes de la Nación y tiene facultad para dictar resoluciones económicas relativas a su régimen interior;
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Que de conformidad con lo dispuesto por los artículos 34 y 46 numeral 1 y 3 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, corresponde a la Junta de Coordinación Política asignar los recursos humanos, materiales y financieros, así como los locales en la Cámara de Diputados y para auxiliarla en el ejercicio de sus facultades administrativas, habrá un Comité de Administración;
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Que en términos de lo dispuesto por los artículos 147, 206 y sexto transitorio del Reglamento de la Cámara de Diputados, el Comité de Administración, conforme lo determina la Junta de Coordinación Política es el encargado de proporcionar a las Comisiones o Comités los recursos humanos, materiales, financieros y telemáticos, necesarios para el desempeño de sus funciones, para lo cual contarán con el auxilio de las áreas administrativas de la Cámara; el Presidente del Comité pondrá a consideración de los integrantes la propuesta de Acuerdo que deba resolver cada petición; y, para la organización y funcionamiento del Comité de Administración, se estará a lo dispuesto en su Acuerdo de creación, sin perjuicio de las atribuciones y obligaciones que el Reglamento de la Cámara de Diputados le otorga;
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Que de conformidad con el Acuerdo de la Junta de Coordinación Política por el que se crea el Comité de Administración de la Cámara de Diputados en la LXIV...
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