Acuerdo del Consejo Consultivo de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos mediante el cual se aprueba la modificación del Reglamento Interno de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, en materia de transparencia y archivo.

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EmisorComisión Nacional de los Derechos Humanos

Al margen un logotipo, que dice: Comisión Nacional de los Derechos Humanos.- MÉXICO.

ACUERDO DEL CONSEJO CONSULTIVO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO INTERNO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS, EN MATERIA DE TRANSPARENCIA Y ARCHIVO.

MARÍA DEL ROSARIO PIEDRA IBARRA, presidenta de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 102, apartado B de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 6, fracción X; 15, fracciones I y III; 17 y 19, fracción II, de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, así como, 18 y 40 del Reglamento Interno de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, y

CONSIDERANDO

Que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos es un Organismo que cuenta con autonomía de gestión y presupuestaria, personalidad jurídica y patrimonio propios, con base en lo dispuesto en el artículo 102, apartado "B" de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por lo que éste establece sus propias disposiciones y lineamientos normativos para cumplir con las funciones que le han sido encomendadas.

Que con motivo de la publicación del 7 de febrero de 2014 en el Diario Oficial de la Federación, del decreto por el que se llevó a cabo la reforma en materia de transparencia y acceso a la información, a través del artículo 73, fracción XXIX-S de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se facultó al Congreso de la Unión para expedir las leyes que desarrollaran los principios y bases en materia de transparencia gubernamental, acceso a la información y protección de datos personales en posesión de las autoridades, entidades, órganos y organismos gubernamentales de todos los niveles de gobierno y a través de la fracción XXIX-T, del mismo artículo, para expedir una ley que estableciera la organización y administración homogénea de los archivos en los órdenes federal, estatal y municipal; y que determinara las bases de organización y funcionamiento del Sistema Nacional de Archivos.

Que el artículo Segundo Transitorio del Decreto mencionado en el párrafo precedente se estableció que, el Congreso de la Unión debería expedir tanto la Ley General del artículo 6º Constitucional, como efectuar las reformas correspondientes a la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

Que, en cumplimiento a la reforma constitucional, fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 4 de mayo de 2015, la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; el 09 de mayo de 2016 la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y el 15 de enero de 2018 la Ley General de Archivos.

Que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos es contemplada como sujeto obligado por los artículos 23 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 1 y 9 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como 1º y 4, fracción LVI, de la Ley General de Archivos.

Que en materia de transparencia y acceso a la información, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos como sujeto obligado, tiene el deber de constituir la Unidad de...

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