Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se aprueban los criterios para realizar la valoración curricular y entrevista de las y los aspirantes que acceden a dicha etapa, en el proceso de selección y designación a los cargos de consejera o consejero presidente y consejeras y consejeros electorales de los organismos públicos locales en los estados de Aguascalientes, Baja California, Chihuahua, Coahuila, Durango, Hidalgo, Nayarit, Puebla, Quintana Roo, Sinaloa, Tamaulipas, Tlaxcala y Veracruz

Fecha de disposición04 Septiembre 2015
Fecha de publicación04 Septiembre 2015
EmisorINSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
SecciónSEGUNDA. Organismos Autonomos

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional Electoral.- Consejo General.- INE/CG511/2015.

ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL POR EL QUE SE APRUEBAN LOS CRITERIOS PARA REALIZAR LA VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA DE LAS Y LOS ASPIRANTES QUE ACCEDEN A DICHA ETAPA, EN EL PROCESO DE SELECCIÓN Y DESIGNACIÓN A LOS CARGOS DE CONSEJERA O CONSEJERO PRESIDENTE Y CONSEJERAS Y CONSEJEROS ELECTORALES DE LOS ORGANISMOS PÚBLICOS LOCALES EN LOS ESTADOS DE AGUASCALIENTES, BAJA CALIFORNIA, CHIHUAHUA, COAHUILA, DURANGO, HIDALGO, NAYARIT, PUEBLA, QUINTANA ROO, SINALOA, TAMAULIPAS, TLAXCALA Y VERACRUZ

ANTECEDENTES

  1. El 11 de marzo de 2015 se aprobó el Acuerdo INE/CG86/2015 mediante el cual el Consejo General aprobó el Reglamento del Instituto Nacional Electoral para la designación y la remoción de las y los Consejeros Presidentes y las y los Consejeros Electorales de los Organismos Públicos Locales Electorales, el cual fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de marzo del mismo año.

  2. El 25 de marzo de 2015 el Consejo General en sesión extraordinaria emitió el Acuerdo INE/CG99/2015 por el que se aprobaron las convocatorias para la designación de las y los Consejeros Presidentes y las y los Consejeros Electorales de los Organismos Públicos Locales de los estados de Aguascalientes, Baja California, Chihuahua, Coahuila, Durango, Hidalgo, Nayarit, Puebla, Quintana Roo, Sinaloa, Tamaulipas, Tlaxcala y Veracruz.

  3. Del 11 al 15 y del 18 al 19 de mayo de 2015 se llevó a cabo el registro de aspirantes a los cargos de Consejeras y Consejeros Electorales antes mencionados, en los órganos desconcentrados del Instituto Nacional Electoral, así como en la Secretaría Ejecutiva del propio Instituto.

  4. El 5 de junio de 2015 la Comisión de Vinculación con los Organismos Públicos Locales emitió el Acuerdo INE/CVOPL/002/2015, por el que se aprobó el listado con los nombres de las y los aspirantes que cumplieron con los requisitos legales, así como las sedes para la aplicación del examen de conocimientos, en el marco del proceso de selección y designación de las y los Consejeros Presidentes y las y los Consejeros Electorales de los Organismos Públicos Locales de los estados de Aguascalientes, Baja California, Chihuahua, Coahuila, Durango, Hidalgo, Nayarit, Puebla, Quintana Roo, Sinaloa, Tamaulipas, Tlaxcala y Veracruz.

  5. En la fecha referida en el antecedente IV, se aprobó el Acuerdo de la Comisión de Vinculación INE/CVOPL/003/2015, por el que se propone al Consejo General la designación del Consejero Electoral que asumirá las funciones de presidente, quedando la siguiente integración:

    Mtro. Arturo Sánchez Gutiérrez, Presidente.

    Mtra. Adriana Margarita Favela Herrera, Integrante.

    Mtro. Marco Antonio Baños Martínez, Integrante.

    Dr. Ciro Murayama Rendón, Integrante.

    Consejeros del Poder Legislativo ante el Consejo General.

    Representantes de los Partidos Políticos ante el Consejo General.

  6. El 17 de junio de 2015 el Consejo General del Instituto Nacional Electoral aprobó en sesión extraordinaria el Acuerdo INE/CG392/2015, por el que se ratificó la rotación de las Presidencias de las Comisiones Permanentes del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, se modificó la integración de la Comisión Temporal de Reglamentos y se creó la Comisión Temporal de Presupuesto.

  7. El 27 de junio de 2015 se llevó a cabo la aplicación del examen de conocimientos y la prueba de habilidades gerenciales a las y los aspirantes al cargo de Consejera o Consejero Presidente y Consejeras y Consejeros Electorales de los Organismos Públicos Locales de los estados de Aguascalientes, Baja California, Chihuahua, Coahuila, Durango, Hidalgo, Nayarit, Puebla, Quintana

    Roo, Sinaloa, Tamaulipas, Tlaxcala y Veracruz.

  8. El 30 de junio de 2015, durante su sexta sesión ordinaria, la Comisión de Vinculación con los Organismos Públicos Locales, aprobó el Proyecto de Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se aprobaron los Lineamientos para la aplicación y evaluación del Ensayo Presencial que presentarán las 25 aspirantes mujeres y los 25 aspirantes hombres de cada entidad federativa que obtengan la mejor puntuación en el examen de conocimientos en el Proceso de selección y designación a los cargos de Consejera o Consejero Presidente y Consejeras y Consejeros Electorales de los Organismos Públicos Locales en los estados de Aguascalientes, Baja California, Chihuahua, Coahuila, Durango, Hidalgo, Nayarit, Puebla, Quintana Roo, Sinaloa, Tamaulipas, Tlaxcala y Veracruz.

  9. El 1 de julio de 2015, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió las sentencias SUP-JDC-1180/2015 y SUP-JDC-1185/2015 mediante las que mandató al Instituto Nacional Electoral llevar a cabo el examen de conocimientos y la prueba de habilidades gerenciales de los dos aspirantes en el estado de Veracruz que presentaron las respectivas impugnaciones.

  10. El 06 de julio de 2015, en cumplimiento de las sentencias SUP-JDC-1180/2015 y SUP-JDC-1185/2015 de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, el Instituto Nacional Electoral, en coordinación con CENEVAL, llevó a cabo la aplicación del examen de conocimientos y la prueba de habilidades gerenciales a dos aspirantes a integrar el Organismo Público Local en el estado de Veracruz.

  11. En sesión extraordinaria del 13 de julio de 2015 el Consejo General emitió el Acuerdo INE/CG409/2015, por el que se aprobaron los Lineamientos para la aplicación y evaluación del Ensayo Presencial que presentarán las 25 aspirantes mujeres y los 25 aspirantes hombres de cada entidad federativa que obtengan la mejor puntuación en el Examen de Conocimientos en el Proceso de selección y designación a los cargos de Consejera o Consejero Presidente y Consejeras y Consejeros Electorales de los Organismos Públicos Locales en los estados de Aguascalientes, Baja California, Chihuahua, Coahuila, Durango, Hidalgo, Nayarit, Puebla, Quintana Roo, Sinaloa, Tamaulipas, Tlaxcala y Veracruz.

  12. El 17 de julio de 2015 se recibieron los resultados del examen de conocimientos por parte del Centro Nacional de Evaluación para la Educación Superior, A.C. (CENEVAL), por lo que se procedió a su publicación en el Portal del Instituto Nacional Electoral www.ine.mx

    CONSIDERANDO

    1. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41, Párrafo Segundo, Base V, Apartado A, párrafos primero y segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 29, párrafo 1 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, el Instituto Nacional Electoral es un organismo público autónomo dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, en cuya integración participan el Poder Legislativo de la Unión, los Partidos Políticos Nacionales y los ciudadanos, en los términos que ordene la ley. En el ejercicio de esta función estatal, la certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y objetividad serán principios rectores.

    2. Que el Transitorio Noveno del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el diez de febrero de dos mil catorce, por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia política-electoral, señala que el Consejo General del Instituto Nacional Electoral designará a los nuevos Consejeros de los Organismos Locales, en términos de lo dispuesto por el inciso c) de la fracción IV del artículo 116 de la Constitución; que los actuales Consejeros continuarán en su encargo hasta en tanto se realicen las nuevas designaciones y que el Consejo General llevará a cabo los procedimientos para que el nombramiento de los Consejeros Electorales se verifique con antelación al siguiente Proceso Electoral posterior a la entrada en vigor del mencionado Decreto.

    3. Que el artículo 2, párrafo 1, inciso d) de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en lo sucesivo la Ley General, establece que reglamenta, entre otras, las normas constitucionales relativas a la integración de los Organismos Electorales.

    4. Que el artículo 6, párrafo 2 de la Ley General, establece que el Instituto dispondrá lo necesario para

      asegurar el...

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