Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se aprueba el Anteproyecto de Presupuesto para el ejercicio fiscal 2016

Fecha de disposición05 Noviembre 2015
Fecha de publicación05 Noviembre 2015
EmisorINSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
SecciónSEGUNDA. Organismos Autonomos

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional Electoral.- Consejo General.- INE/CG805/2015.

ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL POR EL QUE SE APRUEBA EL ANTEPROYECTO DE PRESUPUESTO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2016

ANTECEDENTES

  1. El 30 de julio del 2004, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se aprueba reformar la fracción IV, primer párrafo del artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, referente al calendario de presentación del Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación a la H. Cámara de Diputados.

  2. El 30 de marzo de 2006, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, la cual entró en vigor el 1 de abril de 2006 y de cuyo contenido se desprenden diversas obligaciones a cargo de los órganos con autonomía derivada de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

  3. El 13 de diciembre de 2010, en sesión extraordinaria, el Consejo General del entonces Instituto Federal Electoral, mediante Acuerdo CG420/2010 aprobó el Sistema Integral de Planeación, Seguimiento y Evaluación Institucional.

  4. El 25 de mayo del 2011, en sesión extraordinaria el Consejo General del entonces Instituto Federal Electoral, a través del Acuerdo CG173/2011, aprobó el Modelo Integral de Planeación Institucional, derivado del Sistema Integral de Planeación, Seguimiento y Evaluación Institucional.

  5. El 25 de julio de 2011, en sesión ordinaria el Consejo General del entonces Instituto Federal Electoral, mediante Acuerdo CG229/2011, aprobó el Plan Estratégico Institucional 2012-2015 del Instituto Federal Electoral, como el componente estratégico del Modelo Integral de Planeación Institucional.

  6. El 11 de octubre del 2011, en sesión extraordinaria el Consejo General del entonces Instituto Federal Electoral, mediante Acuerdo CG332/2011, modificó el punto Quinto del Acuerdo CG173/2011 a fin de ampliar el plazo establecido para la presentación de mecanismos que permitan el desarrollo, instrumentación y la adecuada coordinación del Modelo Integral de Planeación Institucional y del Sistema del cual deriva, con todas las Unidades Responsables del Instituto, así como el esquema de revisiones y actualizaciones necesarias.

  7. El 14 de diciembre del 2011, en sesión extraordinaria el Consejo General del entonces Instituto Federal Electoral, a través del Acuerdo CG410/2011, dio cumplimiento a lo establecido en los puntos Segundo del Acuerdo CG420/2010, Quinto del Acuerdo CG173/2011 y Único del Acuerdo CG332/2011, a través de la creación de un Órgano Colegiado Consultivo en Materia de Planeación, bajo la figura del Comité de Planeación Institucional, como el mecanismo que permita el desarrollo, instrumentación y la adecuada coordinación del Modelo Integral de Planeación Institucional y del Sistema Integral de Planeación, Seguimiento y Evaluación Institucional, con todas las Unidades Responsables del Instituto, así como el esquema de revisiones y actualizaciones necesarias.

  8. El 30 de agosto de 2012, en sesión ordinaria el Consejo General del entonces Instituto Federal Electoral, mediante Acuerdo CG615/2012 aprobó modificaciones al Modelo Integral de Planeación Institucional, derivado del Sistema Integral de Planeación, Seguimiento y Evaluación Institucional.

  9. El 30 de agosto de 2012, en sesión ordinaria el Consejo General del entonces Instituto Federal Electoral, mediante Acuerdo CG616/2012 aprobó modificaciones a los Lineamientos para la

    elaboración del Anteproyecto de Presupuesto del Instituto Federal Electoral alineado al Sistema Integral de Planeación, Seguimiento y Evaluación Institucional.

  10. El 08 de noviembre de 2012, en sesión extraordinaria la Junta General Ejecutiva del entonces Instituto Federal Electoral, mediante Acuerdo JGE133/2012 aprobó someter a consideración del Consejo General la propuesta de Políticas Generales, Programas Generales y Proyectos Estratégicos, así como las modificaciones del Plan Estratégico Institucional 2012 2015, a fin de incorporarlas.

  11. El 14 de noviembre de 2012, en sesión extraordinaria el Consejo General del entonces Instituto Federal Electoral, mediante Acuerdo CG713/2012 aprobó las Políticas Generales, Programas Generales y Proyectos Estratégicos 2013- 2015.

  12. El 15 de mayo del 2015, el Secretario Ejecutivo mediante circular No. INE/SE/023/2015, estableció las prioridades y criterios que se habrán de tomar en cuenta para el desarrollo del proceso de presupuestación 2016, bajo las cuales se deberán construir y proponer las iniciativas y metas que desde su ámbito de competencia requieren la asignación de recursos para impulsar el logro de los objetivos institucionales y de las nuevas atribuciones encomendadas.

  13. El 21 de mayo del 2015, la Dirección Ejecutiva de Administración publicó en la página de la DEA https://dea.ine.mx, el Manual de Planeación, Programación y Presupuestación 2016.

  14. El 23 de mayo de 2014, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación los correspondientes Decretos por los que se expidieron la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la Ley General de Partidos Políticos y la Ley General en Materia de Delitos Electorales.

  15. El 19 de noviembre del 2014, el Consejo General expidió en sesión extraordinaria mediante Acuerdo INE/CG268/2014, el Reglamento Interior del Instituto Nacional Electoral.

  16. El 17 de junio del 2015, en sesión extraordinaria el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, a través del Acuerdo INE/CG392/2015 ratificó la rotación de las presidencias de las comisiones permanentes del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, se modificó la integración de la Comisión Temporal de Reglamentos y se creó la Comisión Temporal de Presupuesto.

  17. El 25 de junio del 2015, el Consejero Electoral Presidente de la Comisión Temporal de Presupuesto 2016, declaró la instalación de dicha Comisión.

  18. El 25 de agosto del 2015, en la segunda sesión extraordinaria, se presentó a los integrantes de la Comisión Temporal de Presupuesto los montos del gasto de operación, financiamiento público para los Partidos Políticos, las bases generales y la planeación táctica que se incluirán en el Anteproyecto de Presupuesto 2016 del Instituto Nacional Electoral.

  19. La Junta General Ejecutiva en sesión ordinaria del 25 de agosto del presente año, mediante Acuerdo INE/JGE102/2015 aprobó la Planeación Táctica del Instituto Nacional Electoral para el Ejercicio 2016, misma que se señaló deberá formar parte del Anteproyecto de Presupuesto del Instituto Nacional Electoral para el Ejercicio Fiscal de 2016 como su componente cualitativo.

    CONSIDERANDOS

    1. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41, Base V, Apartado A, párrafos primero y segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 30, párrafo 2, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la organización de las elecciones es una función estatal que se realiza a través del Instituto Nacional Electoral y de los Organismos Públicos Locales, en los términos que establece la propia Constitución. El Instituto Nacional Electoral es un Organismo Público Autónomo, autoridad en la materia e independiente en sus

      decisiones y sus funciones se rigen por los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y objetividad.

    2. Que la citada disposición constitucional determina, que el Instituto Nacional Electoral contará en su estructura con órganos de dirección, ejecutivos, técnicos y de vigilancia. Los órganos ejecutivos y técnicos dispondrán del personal calificado necesario para el ejercicio de sus atribuciones. Las disposiciones de la ley electoral y del Estatuto que con base en ella apruebe el Consejo General, regirán las relaciones de trabajo con los servidores del organismo público.

    3. Que el artículo 41, Base II, párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que el financiamiento público para los partidos políticos que mantengan su registro después de cada elección, se compondrá de las ministraciones destinadas al sostenimiento de sus actividades ordinarias permanentes, las tendientes a la obtención del voto durante los Procesos Electorales y las de carácter específico. Se otorgará conforme a lo que disponga la ley.

    4. Que el citado artículo, Base II, inciso a), determina que el financiamiento público para el sostenimiento de las actividades ordinarias permanentes de los partidos políticos se fijará anualmente multiplicando el número total de ciudadanos inscritos en el padrón electoral, por el sesenta y cinco por ciento del salario mínimo diario vigente para el Distrito Federal.

    5. Que para realizar el cálculo del monto total de financiamiento público 2016, sólo se requiere contar con el padrón electoral con fecha de corte a julio así como el salario mínimo diario vigente para el Distrito Federal. En atención al principio de certeza, esta autoridad electoral procederá a realizar el cálculo del financiamiento público anual para el ejercicio 2016 considerando para ello, el salario mínimo diario vigente, es decir, el correspondiente al año 2015, que es cierto y conocido.

      Posteriormente, y una vez que esta autoridad electoral tenga certeza del número de Partidos Políticos Nacionales que mantienen su registro, deberá proceder a distribuir dicho financiamiento público.

    6. Que el artículo 41, Base II, inciso c) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que el financiamiento público por actividades específicas, relativas a la educación, capacitación, investigación socioeconómica y política, así como a las tareas editoriales, equivaldrá...

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