Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, por el que se aprueba la implementación del Servicio de Verificación de los datos de la Credencial para Votar, que servirá para garantizar el derecho de protección de datos de los ciudadanos, contenidos en el Padrón Electoral

Fecha de disposición12 Abril 2016
Fecha de publicación12 Abril 2016
MateriaDerecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional
EmisorINSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
SecciónSEGUNDA. Organismos Autonomos

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional Electoral.- Consejo General.- INE/CG92/2016.

ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, POR EL QUE SE APRUEBA LA IMPLEMENTACIÓN DEL SERVICIO DE VERIFICACIÓN DE LOS DATOS DE LA CREDENCIAL PARA VOTAR, QUE SERVIRÁ PARA GARANTIZAR EL DERECHO DE PROTECCIÓN DE DATOS DE LOS CIUDADANOS, CONTENIDOS EN EL PADRÓN ELECTORAL

ANTECEDENTES

  1. Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Población. El 22 de julio de 1992, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto que reformó y adicionó diversas disposiciones de la Ley General de Población.

    El Transitorio Cuarto de dicho Decreto señala, en la parte conducente, que en tanto no se expida la cédula de identidad ciudadana, la Credencial para Votar podrá servir como medio de identificación personal en trámites administrativos de acuerdo a los convenios que para tal efecto suscriba la autoridad electoral.

  2. Sistema de Consulta Permanente a la Lista Nominal de Electores. El 26 de febrero de 2007, la Comisión Nacional de Vigilancia aprobó, mediante Acuerdo número 4-204: 26/02/2007, el Sistema de Consulta Permanente a la Lista Nominal de Electores.

  3. Convenios suscritos para el reconocimiento de la Credencial para Votar como medio de identificación. Desde 1992 a la fecha, el otrora Instituto Federal Electoral suscribió ciento dos Convenios de apoyo y colaboración con los gobiernos de las entidades federativas y diversas dependencias públicas y privadas, a efecto de que la Credencial para Votar sea aceptada como medio de identificación para la realización de trámites y gestiones realizados ante ellos.

  4. Lineamientos para el Acceso, Rectificación, Cancelación, Oposición y Validación de Datos Personales en posesión de la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores. El 21 de noviembre de 2012, en sesión extraordinaria del Consejo General del entonces Instituto Federal Electoral se aprobaron, mediante Acuerdo CG734/2012, los Lineamientos para el Acceso, Rectificación, Cancelación, Oposición y Validación de Datos Personales en posesión de la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores.

  5. Convenio de apoyo y colaboración. El 26 de abril de 2013, el otrora Instituto Federal Electoral celebró un Convenio de apoyo y colaboración con el Banco Nacional de México S. A., "BANAMEX", a nivel de prueba piloto, hasta en tanto se aprobara por parte del Consejo General de este Instituto, el Servicio de Verificación de los datos de la Credencial para Votar, contenidos en el Padrón Electoral.

  6. Reforma Constitucional en materia político-electoral. El 10 de febrero de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia político-electoral.

  7. Creación del Instituto Nacional Electoral. El 4 de abril de 2014, el Consejero Presidente, así como las y los Consejeros Electorales, rindieron protesta constitucional, con lo que se integró este Consejo General, dando formal inicio a sus trabajos.

  8. Expedición de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales. El 23 de mayo de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se expidió la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y se reformaron y adicionaron diversas disposiciones en la materia, mismo que abrogó el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

  9. Decreto por el que se adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. El 17 de junio de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por el cual se adiciona un octavo párrafo en el que se reconoce el derecho a la identidad a favor de toda persona.

  10. Solicitud de la opinión especializada sobre la viabilidad de la aplicación del Servicio de

    Verificación de datos de la Credencial para Votar. El 28 de enero de 2015, la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores solicitó a la Coordinación de Protección de Datos Personales del entonces Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos, mediante oficio INE/DERFE/0098/2015, una opinión especializada sobre la viabilidad de la aplicación del Servicio de Verificación de datos de la Credencial para Votar.

  11. Solicitud de elementos informativos adicionales. El 11 de febrero de 2015, la Secretaría de Protección de Datos Personales del entonces Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos solicitó a la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores, mediante oficio IFAI-OA/SPDP/0039/15, elementos informativos adicionales que le permitiera emitir la opinión técnica respecto a los alcances generales de la aplicación del Servicio de Verificación de datos de la Credencial para Votar.

  12. Atención al requerimiento de elementos informativos adicionales formulado por el entonces Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos. El 20 de marzo de 2015, la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores remitió a la Coordinación de Protección de Datos Personales del entonces Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos, mediante oficio INE/DERFE/356/2015, la información y documentación complementaria para cada uno de los reactivos formulados en el requerimiento señalado en el antecedente que precede.

  13. Opinión especializada del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales. El 20 de mayo de 2015, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales remitió, mediante oficio IFAI/CPDP/0022/15, la opinión especializada sobre la viabilidad de la aplicación del Servicio de Verificación de datos de la Credencial para Votar.

    A través de la opinión emitida, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales consideró, entre otros elementos, que el Servicio de Verificación de Credenciales para Votar es una política pública socialmente útil, pues no sólo tendrá beneficios para los titulares de los datos personales, sino para las instituciones públicas y privadas, así como para las asociaciones civiles que otorguen créditos, suministren bienes o servicios, o realicen trámites. En ese sentido, ese Instituto reconoce su importancia y valor social.

    Asimismo, emitió recomendaciones al referido Servicio, de tal forma que con su implementación se estarían atendiendo los principios rectores en materia de protección de datos personales.

  14. Aprobación de la Comisión Nacional de Vigilancia. El 14 de enero de 2016, la Comisión Nacional de Vigilancia del Registro Federal de Electores aprobó, mediante Acuerdo 1-ORD/01: 14/01/2016, someter a la consideración de este órgano máximo de dirección, apruebe la implementación del Servicio de Verificación de los datos de la Credencial para Votar, que servirá para garantizar el derecho de protección de datos de los ciudadanos, contenidos en el Padrón Electoral.

  15. Consulta sobre la aplicación de medidas compensatorias para atender la recomendación del principio de consentimiento. El 29 de enero de 2016, mediante oficio CORFE/EAG/006/16, signado por el Presidente y el Secretario Técnico de la Comisión del Registro Federal de Electores de este Consejo General, se consultó al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales si mediante la instrumentación de diversas medidas compensatorias, se considera que es posible atender la recomendación respecto del principio de consentimiento.

  16. Firma de las bases de colaboración para inhibir la suplantación de identidad a través del sistema financiero en México. El 18 de febrero de 2016, el Instituto Nacional Electoral participó en la "Firma de Bases de Colaboración para inhibir la suplantación de Identidad a través del Sistema Financiero en México", junto al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos, la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, la Asociación Mexicana de Bancos de México y, como testigo, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

  17. Opinión técnica del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales. El 19 de febrero de 2016, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales remitió, mediante oficio INAI/CPDP/088/16, la opinión técnica sobre la implementación del servicio de verificación de datos de la Credencial para Votar.

  18. Aprobación de la Comisión del Registro Federal de Electores. El 22 de febrero de 2016, la Comisión del Registro Federal de Electores aprobó someter a la consideración de este órgano máximo de dirección, el "Proyecto de Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, por el que se aprueba la implementación del Servicio de Verificación de los datos de la Credencial para Votar, que servirá para garantizar el derecho de protección de datos de los ciudadanos, contenidos en el Padrón Electoral".

    CONSIDERANDOS

    PRIMERO. Competencia.

    Este Consejo General es competente para aprobar la instrumentación del Servicio de Verificación de los datos de la Credencial para Votar, conforme a lo previsto en los artículos 41, párrafo segundo, Base V, Apartado A, párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 34, numeral 1, inciso a); 35; 36; 44, numeral 1, incisos l), gg) y jj) de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; 4, párrafo 1, fracción I, Apartado A), inciso a) y 5, párrafo 1, inciso w) del Reglamento Interior del Instituto Nacional Electoral.

    SEGUNDO. Disposiciones normativas que sustentan la determinación.

    El artículo 1, párrafo tercero de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR