Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se crea el Comité de Expertos en materia de Educación Cívica para la conceptualización, diseño y socialización de la Estrategia Nacional de Cultura Cívica 2017-2023

EdiciónMatutina
EmisorInstituto Nacional Electoral

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional Electoral.- Consejo General.- INE/CG420/2016.

ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL POR EL QUE SE CREA EL COMITÉ DE EXPERTOS EN MATERIA DE EDUCACIÓN CÍVICA PARA LA CONCEPTUALIZACIÓN, DISEÑO Y SOCIALIZACIÓN DE LA "ESTRATEGIA NACIONAL DE CULTURA CÍVICA 2017-2023".

ANTECEDENTES

  1. El 6 de abril de 2001 el Consejo General del Instituto Federal Electoral aprobó, mediante Acuerdo CG34/2001, el Plan Trianual de Educación Cívica 2001-2003, cuya vigencia se extendió a 2004 en apego al Acuerdo CG81/2004 del Consejo General de fecha 30 de abril de 2004. El objetivo de este Plan fue contribuir al fortalecimiento de una ciudadanía consciente de sus derechos y responsabilidades, fomentar la participación cívica e impulsar la práctica de valores de la democracia para incidir en el mejoramiento de la calidad de vida de las personas, así como en el desarrollo de las comunidades, las instituciones y el país, en el marco de un orden político democrático. Asimismo, propició la unidad y continuidad a las tareas de educación cívica, tanto en el espacio educativo formal como en el comunitario en colaboración con otras instituciones públicas, privadas y sociales.

  2. El 30 de abril de 2004, el Consejo General del Instituto Federal Electoral aprobó, mediante Acuerdo CG81/2004, la extensión de la vigencia del Plan Trianual de Educación Cívica 2001-2003 durante la anualidad de 2004.

  3. El 16 de diciembre de 2004 el Consejo General del Instituto Federal Electoral, mediante Acuerdo CG182/2004, aprobó el Programa Estratégico de Educación Cívica 2005-2010 (PEEC). Dicho programa estratégico enfatizó la relevancia de adoptar un enfoque de competencias y definió como el principal objetivo de la educación cívica el de promover la participación ciudadana en el ámbito público, como vía efectiva para mejorar sus condiciones de vida y hacer válidos sus derechos. La experiencia obtenida durante este periodo constituyó un paso más en el proceso de construcción y consolidación de la política de educación cívica, generando aprendizajes que permitieron definir nuevos horizontes y profundizar cambios en el futuro, como el lograr una colaboración y acción compartida y efectiva a favor de la construcción de ciudadanía en México.

  4. El 2 de febrero de 2011, mediante Acuerdo CG13/2011, el Consejo General del Instituto Federal Electoral aprobó la Estrategia Nacional de Educación Cívica para el Desarrollo de la Cultura Política Democrática en México 2011-2015 (ENEC). En Dicha Estrategia se planteó como el principal reto, contribuir en la modificación de las condiciones que limitan el ejercicio pleno de la ciudadanía, para ello resultaba necesaria la construcción de una política pública nacional que coadyuvara en la construcción de la ciudadanía en México, mediante el logro de tres objetivos estratégicos: 1) contribuir al diseño e implementación de prácticas y políticas públicas que favorezcan la construcción de ciudadanía en México; 2) generar y socializar información relevante sobre prácticas y condiciones determinantes de la construcción de la ciudadanía a efectos de contribuir a la deliberación y acción pública y 3) desarrollar e implementar procesos y medios educativos eficaces que promuevan el aprecio por lo público y contribuyan a generar la capacidad de agencia de las y los ciudadanos.

  5. El 10 de febrero de 2014 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia política-electoral.

  6. El 23 de mayo de 2014 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se expide la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, misma que abrogó al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

  7. El 17 de febrero de 2016, mediante el Acuerdo INE/CG73/2016, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral aprobó dar continuidad a la línea estratégica 3 de la ENEC, específicamente al Programa nacional de formación cívica para la participación y la convivencia política democrática, con sus respectivos proyectos. Así mismo se estableció el mes de agosto como fecha límite para la presentación de la Estrategia Nacional para el Desarrollo de la Cultura Cívica 2017-2023 ante el Consejo General.

  8. El 30 de marzo de 2016 se presentó al Consejo General del Instituto Nacional Electoral el Balance de la Estrategia Nacional de Educación Cívica para el Desarrollo de la Cultura Política Democrática en

    México 2011-2015.

    CONSIDERANDOS

  9. Que de conformidad con lo que establecen los artículos 39, 40 y 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: la soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo; es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, laica y federal; el pueblo ejerce su soberanía por medio de los Poderes de la Unión, en los casos de la competencia de éstos, y por los de los Estados, en lo que toca a sus regímenes interiores; la organización de las elecciones es una función estatal que se realiza a través del Instituto Nacional Electoral y de los Organismos Públicos Locales.

  10. Que el artículo 41, segundo párrafo, base V, Apartado A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 29, 30, párrafo 2; y 31, párrafo 1, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, disponen que el Instituto Nacional Electoral es un Organismo Público Autónomo, autoridad en la materia electoral, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, en cuya integración participan el Poder Legislativo de la Unión, los Partidos Políticos Nacionales y los ciudadanos, en los términos que ordene la ley. En el ejercicio de esta función estatal, la certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y objetividad serán principios rectores.

  11. Que el artículo 30 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales establece entre los fines del Instituto Nacional Electoral: contribuir al desarrollo de la vida democrática; preservar el fortalecimiento del régimen de Partidos Políticos; asegurar a los ciudadanos el ejercicio de los derechos político-electorales y vigilar el cumplimiento de sus obligaciones; velar por la autenticidad y efectividad del sufragio; y llevar a cabo la promoción del voto y coadyuvar a la difusión de la educación cívica y la cultura democrática.

  12. Que el artículo 31, párrafo 4 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales dispone que el Instituto Nacional Electoral se regirá para su organización, funcionamiento y control, por las disposiciones constitucionales relativas y las contenidas en dicho ordenamiento legal.

  13. Que el artículo 34, párrafo 1, incisos a) al d) de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales señala que el Consejo General; la Presidencia del Consejo General; la Junta General Ejecutiva y la Secretaría Ejecutiva constituyen los órganos centrales del Instituto Nacional Electoral.

  14. Que de acuerdo a lo previsto en el artículo 35, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, el Consejo General, en su calidad de órgano superior de dirección del Instituto Nacional Electoral, es el responsable de vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en materia electoral, así como de velar porque los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y objetividad guíen todas las actividades del Instituto Nacional electoral.

  15. Que en términos de lo dispuesto por el artículo 42, párrafo 10 de la Ley General de Instituciones y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR