Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, por el que se aprueba la cartografía electoral por la modificación de límites municipales, así como el catálogo de municipios y secciones que conforman el marco geográfico electoral de la entidad federativa de Jalisco, como insumo para la generación de los escenarios de distritación local

EdiciónMatutina
EmisorInstituto Nacional Electoral

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional Electoral.- Consejo General.- INE/CG499/2016.

ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, POR EL QUE SE APRUEBA LA CARTOGRAFÍA ELECTORAL POR LA MODIFICACIÓN DE LÍMITES MUNICIPALES, ASÍ COMO EL CATÁLOGO DE MUNICIPIOS Y SECCIONES QUE CONFORMAN EL MARCO GEOGRÁFICO ELECTORAL DE LA ENTIDAD FEDERATIVA DE JALISCO, COMO INSUMO PARA LA GENERACIÓN DE LOS ESCENARIOS DE DISTRITACIÓN LOCAL

ANTECEDENTES

  1. Publicación del Decreto No. 11,007 en el Periódico Oficial del Estado de Jalisco. El 14 de octubre de 1982, se publicó en el Periódico Oficial del estado de Jalisco, el Decreto No. 11,007 emitido por el Congreso del Estado de Jalisco, mediante el cual se establecen los límites geográficos entre los municipios de Guadalajara y Tlaquepaque de esa entidad federativa.

  2. Publicación del Decreto No. 14,218 en el Periódico Oficial del Estado de Jalisco. El 11 de abril de 1991, se publicó en el Periódico Oficial del estado de Jalisco, el Decreto No. 14,218 emitido por el Congreso del Estado de Jalisco, mediante el cual se establecen los límites geográficos entre los municipios de Tlaquepaque y Tonalá de esa entidad federativa.

  3. Publicación del Decreto No. 16,330 en el Periódico Oficial del Estado de Jalisco. El 29 de noviembre de 1997, se publicó en el Periódico Oficial del estado de Jalisco, el Decreto No. 16,330 emitido por el Congreso del Estado de Jalisco, mediante el cual se establecen los límites geográficos entre los municipios de Tlajomulco de Zúñiga y Zapopan de esa entidad federativa.

  4. Publicación del Decreto No. 17,896 en el Periódico Oficial del Estado de Jalisco. El 15 de junio de 1999, se publicó en el Periódico Oficial del estado de Jalisco, el Decreto No. 17,896 emitido por el Congreso del Estado de Jalisco, mediante el cual se establecen los límites geográficos entre los municipios de Tlaquepaque y Zapopan de esa entidad federativa.

  5. Publicación del Decreto No. 18,453 en el Periódico Oficial Estado de Jalisco. El 19 de septiembre de 2000, se publicó en el Periódico Oficial del estado de Jalisco, el Decreto No. 18,453 emitido por el Congreso del Estado de Jalisco, mediante el cual se establecen los límites geográficos entre los municipios de Tlajomulco de Zúñiga e Ixtlahuacán de los Membrillos de esa entidad federativa.

  6. Publicación del Decreto No. 19,156 en el Periódico Oficial del Estado de Jalisco. El 25 de octubre de 2001, se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Jalisco, el Decreto No. 19,156, por el cual el Congreso del Estado establece el procedimiento de delimitación y demarcación territorial de los municipios del Estado de Jalisco.

  7. Publicación del Decreto No. 20,085 en el Periódico Oficial del Estado de Jalisco. El 16 de agosto de 2003, se publicó en el Periódico Oficial del estado de Jalisco, el Decreto No. 20,085 emitido por el Congreso del Estado de Jalisco, mediante el cual se establecen los límites geográficos entre los municipios de La Huerta y Cihuatlán de esa entidad federativa.

  8. Publicación del Decreto No. 20,637 en el Periódico Oficial del Estado de Jalisco. El 23 de octubre de 2004, se publicó en el Periódico Oficial del estado de Jalisco, el Decreto No. 20,637 emitido por el Congreso del Estado de Jalisco, mediante el cual se establecen los límites geográficos entre los municipios de Tonalá y El Salto de esa entidad federativa.

  9. Reforma Constitucional. El 10 de febrero de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia político-electoral.

  10. Creación del Instituto Nacional Electoral. El 4 de abril de 2014, el Consejero Presidente, las y los Consejeros Electorales, rindieron protesta constitucional, con lo que se integró este Consejo General, dando formal inicio a los trabajos del Instituto Nacional Electoral.

  11. Publicación de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales. El 23 de mayo de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se expidió la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; y se reformaron y adicionaron diversas disposiciones

    de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, mismo que abrogó al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

  12. Pronunciamiento sobre la demarcación geográfica en las entidades federativas con Proceso Electoral Local 2014-2015. El 20 de junio de 2014, este Consejo General del Instituto Nacional Electoral, mediante Acuerdo INE/CG48/2014, se pronunció sobre la demarcación geográfica en las entidades federativas con Proceso Electoral Local 2014-2015, en el sentido de que con base en los plazos que contempla la reforma constitucional y legal, no era posible realizar las actividades necesarias para efectuar cambios a su distritación actual.

    En el Punto Cuarto del referido Acuerdo, este Consejo General dispuso que la Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral, iniciara los proyectos para la demarcación territorial de la geografía electoral nacional, en términos de la nueva legislación.

  13. Creación del Comité Técnico para el Seguimiento y Evaluación de los Trabajos de Distritación. El 19 de noviembre de 2014, este Consejo General del Instituto Nacional Electoral, mediante Acuerdo INE/CG258/2014, aprobó la creación del "Comité Técnico para el Seguimiento y Evaluación de los Trabajos de Distritación", como instancia de asesoría técnico-científica de este Instituto para el desarrollo de actividades o programas que le sean conferidas en materia de redistritación federal y local.

  14. Aprobación de los criterios para las distritaciones locales y sus reglas operativas. El 15 de abril de 2015, mediante Acuerdo INE/CG195/2015, este órgano de dirección superior del Instituto Nacional Electoral aprobó los criterios y reglas operativas que deberán aplicarse para el análisis y la delimitación territorial de los Distritos en las entidades federativas, previo a sus respectivos Procesos Electorales Locales.

  15. Sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación mediante la que confirma el Acuerdo INE/CG404/2015. El 15 de julio de 2015, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación al resolver el Recurso de Apelación con número de expediente SUP-RAP-258/2015, determinó que este Instituto Nacional Electoral en cuanto a la oportunidad de la aprobación de la distritación, debe estarse a lo que disponga el artículo 214, párrafo 2 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, que establece que deberá aprobarse antes de que inicie el Proceso Electoral en que vaya a aplicarse.

  16. Entrega de las propuestas de modificación de límites municipales del estado de Jalisco a las representaciones partidistas. El día 18 de febrero de 2016, mediante los oficios INE/DERFE/DSCV/0460/2016 al INE/DERFE/DSCV/0468/2016, la Dirección de la Secretaría de las Comisiones de Vigilancia de la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores, realizó la entrega de las fichas técnicas ejecutivas con el Dictamen técnico a las representaciones partidistas acreditadas ante la Comisión Nacional de Vigilancia, entre las que se encuentra la correspondiente al estado de Jalisco.

  17. Observaciones de los partidos políticos a los casos de afectación a la cartografía electoral del estado de Jalisco. El día 04 de marzo de 2016, concluyó el término de 15 días naturales para que las representaciones partidistas acreditadas ante la Comisión Nacional de Vigilancia realizaran observaciones o, en su caso, aportaran información adicional que consideraran pertinente respecto de los casos de afectación de límites municipales en el estado de Jalisco.

  18. Aprobación del Plan de Trabajo del Proyecto de Distritación Electoral Local y Federal 2016-2017. El 25 de abril de 2016, la Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral aprobó, mediante Acuerdo INE/JGE104/2016, el Plan de Trabajo del Proyecto de Distritación Electoral Local y Federal 2016-2017.

  19. Aprobación de la Comisión del Registro Federal de Electores. El 23 de junio de 2016, la Comisión del Registro Federal de Electores aprobó someter a la consideración de este órgano de dirección superior el proyecto de Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, por el que se aprueba la Cartografía Electoral por la modificación de límites municipales, así como el catálogo de municipios y secciones que conforman el Marco Geográfico Electoral de la entidad

    federativa de Jalisco, como insumo para la generación de los escenarios de Distritación Local.

    CONSIDERANDOS

    PRIMERO. Competencia.

    Este Consejo General es competente para conocer y aprobar la modificación de la Cartografía Electoral por la modificación de límites municipales, así como el catálogo de municipios y secciones que conforman el Marco Geográfico Electoral de la entidad federativa de Jalisco, como insumo para la generación de los escenarios de Distritación Local, conforme a lo previsto en los artículos 41, párrafo segundo, Base V, apartado A, párrafos 1 y 2 y apartado B, inciso a), numeral 2 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 29, 30, párrafos 1, incisos a), c) y f) y 2; 31, párrafo 1; 32, párrafo 1, inciso a), fracción II; 34, párrafo 1, inciso a); 35; 42, párrafo 10; 44, párrafo 1, incisos l), gg), hh) y jj); 54, párrafo 1, incisos g) y h), y 214, párrafos 1 y 2 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; 4, párrafo 1, fracción I, apartado A), inciso a), y 45, párrafo 1, inciso q) del Reglamento Interior del Instituto Nacional Electoral.

    SEGUNDO. Razones jurídicas que sustentan la determinación.

    El artículo 1o. de la Constitución...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR