Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se modifican las integraciones de las Comisiones del Servicio Profesional Electoral Nacional y de Organización Electoral
Edición | Matutina |
Emisor | Instituto Nacional Electoral |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional Electoral.- Consejo General.- INE/CG750/2016.
ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL POR EL QUE SE MODIFICAN LAS INTEGRACIONES DE LAS COMISIONES DEL SERVICIO PROFESIONAL ELECTORAL NACIONAL Y DE ORGANIZACIÓN ELECTORAL
ANTECEDENTES
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El 6 de junio de 2014, en sesión extraordinaria, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral mediante Acuerdo INE/CG45/2014, aprobó el Reglamento de Comisiones del Consejo General.
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El 14 de octubre de 2015, en sesión extraordinaria del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, a través del acuerdo INE/CG894/2015 se aprobó la integración de la Comisión de Organización Electoral de la siguiente forma:
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Comisión de Organización Electoral.
Nombre Cargo
Lic. Alejandra Pamela San Martín Ríos y Valles Presidenta
Mtra. Beatriz Eugenia Galindo Centeno Integrante
Mtro. Arturo Sánchez Gutiérrez Integrante
Consejeros del Poder Legislativo.
Representantes de los Partidos Políticos.
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El 15 de junio de 2016, en sesión extraordinaria, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral aprobó el Acuerdo INE/CG479/2016 a través del cual se modificaron los Reglamentos Interior y de Comisiones del Consejo General del Instituto Nacional Electoral.
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El 13 de octubre de 2016, a través del oficio CE/MABM/INE/101/2016 dirigido al Secretario Ejecutivo del Instituto Nacional Electoral, el Consejero Electoral Marco Antonio Baños Martínez manifestó lo siguiente:
...le solicito atentamente proveer lo conducente para poner a consideración del Consejo General del Instituto un Proyecto de Acuerdo en el que se refleje que el suscrito dejará de integrar la Comisión del Servicio Profesional Electoral Nacional y así formar parte de la Comisión de Organización Electoral.
CONSIDERANDO
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De conformidad con lo dispuesto por los artículos 41, párrafo segundo, Base V, apartado A, párrafo primero y segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la organización de las elecciones es una función estatal que se realiza a través de un organismo público autónomo, que es autoridad en la materia e independiente en sus decisiones y funcionamiento. En el ejercicio de estas funciones, la certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y objetividad serán principios rectores.
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En el artículo 30, párrafo 2, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos...
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