Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se reforma el Reglamento de Sesiones del Consejo General del Instituto Nacional Electoral y el Reglamento de Sesiones de los Consejos Locales y Distritales del Instituto Nacional Electoral.

Fecha de disposición12 Septiembre 2017
Fecha de publicación12 Septiembre 2017
EmisorINSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
SecciónSEGUNDA. Organismos Autonomos

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional Electoral.- Consejo General.- INE/CG393/2017.

ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL POR EL QUE SE REFORMA EL REGLAMENTO DE SESIONES DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL Y EL REGLAMENTO DE SESIONES DE LOS CONSEJOS LOCALES Y DISTRITALES DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL

GLOSARIO

Comisión de Reglamentos
Comisión Temporal de Reglamentos del Instituto Nacional Electoral
Consejo General
Consejo General del Instituto Nacional Electoral
INE
Instituto Nacional Electoral
LGIPE
RSCG
Reglamento de Sesiones del Consejo General del Instituto Nacional Electoral
RSCLyD
Sala Superior
Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

ANTECEDENTES

Reglamento de Sesiones del Consejo General del Instituto Nacional Electoral

  1. Aprobación del RSCG. Mediante acuerdo INE/CG66/2014 del 20 de junio de 2014, el Consejo General aprobó el RSCG. Disconformes con la aprobación del dicho instrumento normativo, se presentaron diversos medios de impugnación ante la Sala Superior, mismos que quedaron registrados con el número de expediente, SUP-RAP-92/2014 y acumulados.

  2. Sentencia de la Sala Superior. El 4 de agosto de 2014, mediante sentencia dictada en el expediente ante referido, la Sala Superior ordenó al Consejo General modificar el RSCG, a efecto de incluir el derecho de los representantes de los aspirantes y candidatos independientes, para ser convocados a sesión del Consejo, y en su caso, a tener voz pero no voto.

  3. Acuerdo INE/CG111/2014. En acatamiento de la sentencia SUP-RAP-92/2014 y acumulados, el Consejo General aprobó el acuerdo INE/CG111/2014 e incorporó a la norma reglamentaria, la representación de los aspirantes y candidatos independientes ante dicho órgano colegiado.

    Reglamento de Sesiones de los Consejos Locales y Distritales del Instituto Nacional Electoral

  4. Acuerdo INE/CG184/2014. El 7 de octubre de 2014, mediante acuerdo INE/CG184/2014, el Consejo General aprobó el RSCLyD.

  5. INE/CG1000/2015. Toda vez que el Instituto reasumió la capacitación electoral y la integración de casillas en los comicios locales, mediante acuerdo INE/CG1000/2015, a fin de salvaguardar los derechos de los partidos políticos con registro local, el Consejo General decidió reformar el RSCLyD, toda vez que las decisiones adoptadas en éstos órganos podrían repercutir en el desarrollo de las elecciones estatales, en donde habían ganado su derecho a participar.

    Instrucción del Secretario Ejecutivo para presentar propuestas de reforma

  6. Oficio INE/SE/0444/2017. Mediante oficio INE/SE/0444/2017 de 15 de mayo de la anualidad que transcurre, el Secretario Ejecutivo solicitó a las juntas locales y distritales, así como a los directores ejecutivos y directores de las unidades técnicas del Instituto que, en el ámbito de su competencia y, de considerarlo indispensable para el desarrollo del siguiente proceso electoral federal analizaran la

    pertinencia de realizar modificaciones a la normatividad del Instituto.

  7. Acuerdo INE/CG322/2017. El 14 de julio de 2017, el Consejo General aprobó la creación de la Comisión de Reglamentos, para las funciones siguientes:

    Segundo. La cual tiene como funciones:

    a) Presentar al Consejo General para su aprobación las propuestas de adecuación que derivan de los decretos de reforma constitucional y legales en materia de combate a la corrupción, a fin de adecuar el Reglamento Interior;

    b) Analizar, en su caso, la procedencia de llevar a cabo otras modificaciones al Reglamento Interior, siempre que tengan relación con la preparación y desarrollo del Proceso Electoral Federal 2017-2018, que resulten indispensables para el funcionamiento de las áreas del Instituto, o que sean consecuencia necesaria de otras reformas o adecuaciones a la normativa que acuerde el Consejo General.

    (Énfasis añadido)

  8. Sesión de la Comisión de Reglamentos. En sesión de 24 de agosto de 2017, la Comisión de Reglamentos, aprobó por unanimidad, en lo general, el proyecto de reforma del Reglamento de Sesiones del Consejo General del Instituto Nacional Electoral y el Reglamento de Sesiones de Los Consejos Locales y Distritales del Instituto Nacional Electoral.

    CONSIDERACIONES

    1. Competencia. Este Consejo General es competente para aprobar, expedir y modificar, el Reglamento de Sesiones del Consejo General, así como el Reglamento de Sesiones de los Consejos Locales y Distritales, con fundamento en los ordenamientos y preceptos siguientes:

    LGIPE

Artículo 44

párrafo 1, incisos a) y jj).

RSCG

Artículo 29

párrafo 1.

RSCLyD

Artículo 42

párrafo 1.

  1. Razones jurídicas y motivos que sustentan la determinación de la reforma

El INE es un organismo público autónomo dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, en cuya integración participan el Poder Legislativo de la Unión, los Partidos Políticos Nacionales y los ciudadanos, en los términos que ordene la ley, al cual le corresponde la organización de las elecciones federales. En el ejercicio de esta función estatal, la certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y objetividad serán principios rectores.

Asimismo, será autoridad en la materia, independiente en sus decisiones y funcionamiento, y profesional en su desempeño, y contará en su estructura con órganos de dirección, ejecutivos, técnicos, de vigilancia y control, para el adecuado desarrollo de sus funciones.

En este contexto el pasado 15 de mayo, el Secretario Ejecutivo instruyó a la estructura orgánica de este Instituto a efecto de que presentaran propuestas de modificación a la normativa reglamentaria del Instituto, con el objetivo de armonizar los reglamentos vigentes y dar certeza de las funciones que ejecutan cada una de las áreas; así, las diferentes áreas presentaron a la Comisión de Reglamentos diversas propuestas de reforma a los ordenamientos al rubro indicado.

En este sentido, algunas de las propuestas de reforma al Reglamento de Sesiones del Consejo General encuentran apoyo en el acuerdo INECG51/2017, en cuanto a que se determinó que los documentos y anexos que son revisados en sus sesiones sean distribuidos preferentemente en archivo electrónico o en medios digitales, excepto cuando ello sea materialmente imposible o bien cuando alguno de quienes hayan de recibirlos, señale expresamente que prefiere que le sean entregados impresos, como se motivó su considerando XXIX y puntos de acuerdo Segundo y Cuarto.

Apuntado lo anterior, este Consejo General estima necesario acoger la propuesta que presenta la Comisión de Reglamentos en los términos que a continuación se detallan:

  1. Reglamentos de Sesiones del Consejo General del Instituto Nacional Electoral

    Las reformas que se realizan a dicho ordenamiento jurídico se centran en los siguientes temas:

    · Glosario

    Se reforman y adicionan diversos incisos del artículo 3 del RSCG que establece el Glosario, con la finalidad de darle congruencia a la redacción de los conceptos que se utilizan con el resto del marco jurídico institucional vigente, pues permite su sistematización al adecuarse la denominación del Reglamento de Transparencia, del Órgano Interno de Control y reconocer a los representantes de candidatos independientes como integrantes del Consejo General. Además se define el Portal de Colaboración como el sitio de internet para la publicación de los documentos al que tendrán acceso los integrantes del referido órgano de dirección.

    · Representantes de candidatos independientes

    Se reconoce y regula la participación de los representantes de los candidatos independientes a Presidente de la República, como integrantes del Consejo General.

    Al respecto, la Sala Superior al resolver el recurso de apelación SUP-RAP-92/2014 y acumulados, se pronunció sobre los alcances de los derechos y prerrogativas de los candidatos independientes, señalando entre otras cosas, que tendrán el mismo derecho que los partidos políticos, de nombrar a un representante propietario y un suplente, ante los órganos del Instituto.

    Por tanto, la reforma responde a la necesidad de reconocer vía reglamentaria, la participación de dichos representantes en el máximo órgano de dirección de este Instituto, para garantizar en equidad la representación de los intereses de los candidatos independientes.

    · Órgano Interno de Control

    Con motivo del cambio de denominación de la Contraloría General del Instituto a Órgano Interno de Control que se aprobó por acuerdo INE/CG336/2017, derivado de la promulgación de las Leyes Generales de Responsabilidades Administrativas y del Sistema Nacional Anticorrupción, se realizó el ajuste correspondiente para darle congruencia al marco normativo interno. Se trata de una adecuación de nombre.

    · Correo electrónico como medio oficial de notificación

    Se adiciona a diversos artículos, la porción normativa que regula la notificación a través de correo electrónico a los integrantes del Consejo General para convocar a sesiones, y se impone la obligación de contar con una cuenta de correo institucional. También se señala que corresponde a la Dirección del Secretariado subir los documentos al Portal de Colaboración, para su consulta y disposición.

    Es una medida racional e idónea que tiene como finalidad eficientar el trabajo del órgano colegiado, de manera particular del Secretario del Consejo General para poder...

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