Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se modifica el diverso INE/CG409/2017, mediante el cual se reformaron y adicionaron diversas disposiciones del Reglamento de Fiscalización, en acatamiento a la sentencia dictada por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en el expediente SUP-RAP-623/2017 y acumulados. (Continúa de la Tercera Sección).

Fecha de disposición09 Febrero 2018
Fecha de publicación09 Febrero 2018
EmisorINSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
SecciónCUARTA. Organismos Autonomos

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ACUERDO del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se modifica el diverso INE/CG409/2017, mediante el cual se reformaron y adicionaron diversas disposiciones del Reglamento de Fiscalización, en acatamiento a la sentencia dictada por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en el expediente SUP-RAP-623/2017 y acumulados. (Continúa de la Tercera Sección). (Viene de la Tercera Sección)

  1. Por capacitación debe entenderse el programa de enseñanza aprendizaje que los partidos políticos deben implementar para mejorar y ampliar los conocimientos, habilidades y aptitudes que fomenten los liderazgos políticos y el empoderamiento de las mujeres; a fin de lograr su inclusión en la toma de decisiones en condiciones de igualdad con los hombres.

Capítulo 4 Artículos 178 a 182

Sistema de Evaluación del Desempeño

Artículo 178

Del Sistema de Evaluación del Desempeño

  1. Los partidos deberán formular un presupuesto anual con base en los lineamientos que emita el Consejo, y presentarlos a más tardar en el último día de febrero del ejercicio que corresponda.

  2. Respecto del presupuesto anual, los partidos deberán entregar los informes trimestrales y anuales, de conformidad con los formatos definidos en el Reglamento.

  3. En el Sistema de Evaluación del Desempeño del gasto programado, se revisará el cumplimiento informado por los partidos políticos de los proyectos que integran los programas y las operaciones relativas al gasto para el desarrollo de las actividades específicas y el correspondiente a la capacitación, promoción y el desarrollo del liderazgo político de las mujeres. El informe que presenten los partidos sobre el gasto programado contemplará la perspectiva de género y los criterios de eficacia, eficiencia y calidad.

  4. La Unidad Técnica facilitará a los partidos información sobre las instancias públicas y/o académicas para el diseño e implementación de sus indicadores.

Artículo 179

Componentes del Sistema de Evaluación del Desempeño

  1. El Sistema de Evaluación del Desempeño del gasto correspondiente a la capacitación, promoción y el desarrollo del liderazgo político de las mujeres, contará con indicadores de seguimiento y evaluación, los cuales podrán realizarse con perspectiva de género.

Artículo 180

De las evaluaciones

  1. La Unidad Técnica realizará seguimiento y evaluaciones del informe anual relativo a la consistencia y resultados, es decir el desempeño global del programa y los proyectos respectivos, considerando los criterios de eficacia, eficiencia y calidad, mismos que podrán realizarse con perspectiva de género.

Artículo 181

Contenido de las evaluaciones

  1. Las evaluaciones que realice la Unidad Técnica contendrán como mínimo, los elementos siguientes:

  1. Nombre, objetivos, estrategias y metas del programa.

  2. Presupuesto.

  3. Resultados e impacto de los proyectos obtenidos durante el ejercicio sujeto de revisión y cumplimiento de las metas. En su caso, señalar el impacto alcanzado como resultado de los proyectos programados en varios periodos.

  4. Recomendaciones para incrementar el impacto del gasto programado en mejores condiciones para garantizar el derecho de las mujeres a la participación política en condiciones de igualdad de género.

  5. En su caso, desagregar la información por sexo y edad.

Artículo 182

Revisión de los programas por parte de la autoridad

  1. La Unidad Técnica tendrá la facultad de establecer los mecanismos necesarios para asegurar que no existe duplicidad de los gastos programados.

    1. Evidencia del seguimiento y control de los proyectos por parte de los órganos responsables.

    2. Recomendaciones para la mejor rendición de cuentas del gasto programado.

  2. Tales evaluaciones serán consideradas como parte de la auditoría al destino y aplicación del gasto reportado en los informes anuales de los partidos políticos.

Capítulo 5 Artículos 183 a 185

Actividades específicas

Artículo 183

Objetivo de las actividades para la educación y capacitación

  1. El rubro de educación y capacitación política para actividades específicas, comprenden cursos, talleres, seminarios y similares entre otras, que tengan por objeto:

  1. Inculcar conocimientos, competencias, valores y prácticas democráticas e instruir a los ciudadanos en el ejercicio de sus derechos y obligaciones.

  2. La formación ideológica y política de los afiliados, que infunda en ellos la tolerancia a las diferencias, el respeto al adversario y a sus derechos de participación política.

Artículo 184

Objetivo de las actividades para la investigación

  1. El rubro de investigación socioeconómica y política de actividades específicas, comprende la realización de análisis, diagnósticos y estudios comparados, entre otros, vinculados con problemas nacionales o regionales de carácter socioeconómico o político. Tales trabajos pueden elaborarse desde la perspectiva de género y derechos humanos y deben contribuir de forma directa a la comprensión y elaboración de propuestas para la solución de las problemáticas detectadas, además de cumplir con los requisitos siguientes:

    1. Ser de autoría propia e inédita.

    2. Estar organizados en secciones de acuerdo con la estructura de contenidos siguientes:

    1. Introducción, servirá como una guía para el lector, explicación breve y general del fenómeno estudiado, el objetivo y las preguntas de investigación. También es necesario que en esta sección se especifique la metodología del estudio y el diseño de investigación utilizado, es decir, si es un estudio de tipo cualitativo (por ejemplo, estudio de casos), cuantitativo (estudio con datos numéricos) o experimental.

    2. Justificación de la realización de la investigación e importancia de la misma, análisis de la relevancia del tema estudiado para el rubro de gasto reportado y la propuesta de soluciones. Esta sección deberá esclarecer por qué es conveniente analizar el objeto de estudio y cuáles son los beneficios (resultados, la relevancia social, las posibles aportaciones teóricas, metodológicas u otras que se deriven de su realización).

    3. Objetivos de la investigación, son las guías del estudio y deben expresarse con claridad para evitar posibles desviaciones en el proceso de investigación, asimismo, deberán ser susceptibles de alcanzarse. Los objetivos de las investigaciones científicas se deben plantear mediante la pregunta: ¿qué propósito se pretende lograr con la investigación? Además, si a través de la investigación se intenta contribuir a resolver un problema en particular, entonces también se deberá plantear ¿cuál es ese problema y de qué manera el estudio podría ayudar a resolverlo?

    4. Planteamiento y delimitación del problema: en esta sección se planteará el problema de investigación: claramente y sin ambigüedad, preferentemente a manera de preguntas; e implicar la posibilidad de realizar pruebas empíricas (enfoque cuantitativo) o una recolección de datos (enfoque cualitativo). Con respecto a la delimitación se deberá identificar qué es lo que se analizará y qué no.

    5. Marco teórico y conceptual de referencia: exposición y análisis de las teorías, los paradigmas, las investigaciones y antecedentes históricos del problema de investigación. El marco teórico ayuda a prevenir y detectar errores cometidos en otros estudios, orienta sobre cómo ha sido tratado el problema de investigación por otros autores, conduce al establecimiento de hipótesis que habrán de someterse a prueba en la investigación e inspira nuevas líneas y áreas de investigación.

    6. Formulación de hipótesis: explicación tentativa, formulada a manera de proposiciones, a las preguntas planteadas a partir del problema estudiado. Las hipótesis deben contener tres elementos básicos: unidad de análisis; variables, es decir, las características o propiedades de la unidad de análisis; y los elementos lógicos que relacionan las unidades de análisis con las variables.

    7. Pruebas empíricas o cualitativas de las hipótesis: En esta sección se prueba a través de los datos que fueron recolectados, si la hipótesis se cumple o no. Para comprobar empíricamente las hipótesis pueden utilizarse una diversidad de herramientas, por ejemplo: análisis estadístico, estudio de casos, grupos de enfoque, encuestas y experimentos controlados.

    8. Conclusiones y...

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