Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral mediante el cual se determinan los mecanismos y lineamientos a seguir por Pacto Social de Integración, Partido Político con registro en el Estado de Puebla para el ejercicio del financiamiento público otorgado para el desarrollo de actividades ordinarias que debió aplicar en la capacitación, promoción y el desarrollo del liderazgo político de las mujeres no ejercido durante el año 2016, por el que se da cumplimiento a la sentencia de la H. Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la Cuarta Circunscripción Plurinominal con sede en la Ciudad de México, recaída al recurso de apelación identificado con el número de expediente SCM-RAP-36/2017.

EdiciónMatutina
EmisorInstituto Nacional Electoral

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional Electoral.- Consejo General.- INE/CG106/2018.

ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL MEDIANTE EL CUAL SE DETERMINAN LOS MECANISMOS Y LINEAMIENTOS A SEGUIR POR PACTO SOCIAL DE INTEGRACIÓN, PARTIDO POLÍTICO CON REGISTRO EN EL ESTADO DE PUEBLA PARA EL EJERCICIO DEL FINANCIAMIENTO PÚBLICO OTORGADO PARA EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES ORDINARIAS QUE DEBIÓ APLICAR EN LA CAPACITACIÓN, PROMOCIÓN Y EL DESARROLLO DEL LIDERAZGO POLÍTICO DE LAS MUJERES NO EJERCIDO DURANTE EL AÑO 2016, POR EL QUE SE DA CUMPLIMIENTO A LA SENTENCIA DE LA H. SALA REGIONAL DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, CORRESPONDIENTE A LA CUARTA CIRCUNSCRIPCIÓN PLURINOMINAL CON SEDE EN LA CIUDAD DE MÉXICO, RECAÍDA AL RECURSO DE APELACIÓN IDENTIFICADO CON EL NÚMERO DE EXPEDIENTE SCM-RAP-36/2017

ANTECEDENTES

  1. EI 10 de febrero de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (Diario Oficial) el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia político-electoral, entre otras, el artículo 41. Respecto de dicho Decreto, se destaca la creación del Instituto Nacional Electoral.

  2. EI 23 de mayo de 2014 se publicaron en el Diario Oficial, los Decretos por los que se expiden la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y la Ley General de Partidos Políticos.

  3. EI 9 de julio de 2014, en sesión extraordinaria del Consejo General, se aprobó el Acuerdo INE/CG093/2014 por el que se determinan normas de transición en materia de fiscalización. Dicho acuerdo en su artículo primero modificó el plazo contenido en el Articulo Décimo Octavo Transitorio de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, a fin de que todos los gastos e ingresos de los partidos políticos en las entidades federativas correspondientes al ejercicio 2014 fueran fiscalizados por los Organismos Públicos Locales respectivos, de conformidad a las normas que encontraban vi gentes hasta el 23 de mayo de 2014 y de esta forma, corresponderla al Instituto Nacional Electoral la fiscalización de los informes anuales a partir de los ejercicios de 2015 y posteriores.

  4. EI 19 de noviembre de 2014, en sesión extraordinaria el Consejo General del Instituto Nacional Electoral aprobó el Acuerdo INE/CG263/2014 por el que expidió el Reglamento de Fiscalización y se abrogó el Reglamento de Fiscalización aprobado el 4 de julio de 2011 por el Consejo General del entonces Instituto Federal Electoral, mediante el Acuerdo CG201/2011.

  5. EI 16 de diciembre de 2015, en sesión extraordinaria del Consejo General se aprobó el Acuerdo INE/CG1047/2016 mediante el cual se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento de Fiscalización, aprobado el diecinueve de noviembre de dos mil catorce en sesión extraordinaria del Consejo General del Instituto Nacional Electoral mediante el acuerdo INE/CG263/2014, modificado a su vez mediante el acuerdo INE/CG350/2014.

  6. EI 28 de marzo de 2016, en sesión ordinaria de la Comisión de Fiscalización se aprobó el Programa de Auditoría de la Unidad Técnica de Fiscalización para la revisión del Informe Anual 2015 de Partidos Políticos Nacionales, Partidos Políticos Nacionales con acreditación local y partidos políticos con registro local.

  7. EI 16 de noviembre de 2016, en sesión extraordinaria del Consejo General, se aprobó el Acuerdo INE/CG773/2016, por medio del cual se aprobaron los criterios para la regularización del registro de los activos fijos de los Partidos Políticos Nacionales con acreditación local y de los partidos políticos locales. Lo anterior como resultado del primer ejercicio de fiscalización del gasto ordinario del ejercicio 2015 de los partidos políticos con registro local, que realiza la Unidad de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral en su calidad de entidad fiscalizadora con carácter nacional.

  8. Como resultado del primer ejercicio de fiscalización del gasto ordinario del ejercicio 2015 de los partidos políticos con registro local, que realiza la Unidad de Fiscalización del Instituto Nacional

    Electoral, el 16 de noviembre de 2016, el Consejo General en sesión extraordinaria, emitió el Acuerdo INE/CG774/2016, por medio del cual se aprobaron los criterios para el tratamiento de los saldos pendientes de pago por concepto de contribuciones de los Partidos Políticos Nacionales, Partidos Políticos Nacionales con acreditación local y partidos políticos locales.

  9. El veintidós de noviembre de dos mil diecisiete, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral aprobó en sesión ordinaria el Dictamen Consolidado INE/CG543/2017 y la resolución INE/CG548/2017, respecto a las irregularidades encontradas de la revisión del Informe Anual de Ingresos y Gastos de los partidos políticos locales, correspondiente al ejercicio dos mil dieciséis. Al respecto, en la resolución en comento, Pacto Social de Integración, Partido Político fue sancionado por no destinar el porcentaje de financiamiento público otorgado para el desarrollo de actividades ordinarias que debió aplicar en la Capacitación, Promoción y el Desarrollo del Liderazgo Político de las Mujeres por un monto de $390,350.88 (trescientos noventa mil trescientos cincuenta pesos 88/100 M.N.).

  10. Inconforme con lo anterior, el veintitrés de diciembre de dos mil diecisiete, el Pacto Social de Integración, Partido Político presentó recurso de apelación para controvertir la parte conducente de la resolución INE/CG548/2017, el cual fue recibido por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (en adelante Sala Superior) el veintisiete de diciembre de dos mil diecisiete, siendo el caso que en esa misma fecha la demanda, constancias y el informe circunstanciado respectivo fueron remitidos a la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la Cuarta Circunscripción Plurinominal con sede en la Ciudad de México (en adelante Sala Ciudad de México). El veintinueve de diciembre de dos mil diecisiete, el Magistrado Presidente de la Sala Ciudad de México ordenó integrar el expediente SCM-RAP-36/2017.

  11. En sesión pública celebrada el once de enero del presente año, la Sala Ciudad de México resolvió el recurso referido, determinando lo que a la letra se transcribe:

    "PRIMERO. Se revoca la resolución impugnada, en lo que fue materia de controversia.

    SEGUNDO. Se ordena a la autoridad responsable que emita un Acuerdo mediante el cual señale el procedimiento a seguir para la aplicación del recurso para los fines determinados por la ley en el ejercicio fiscal que transcurre."

  12. Que el presente Acuerdo tiene como finalidad acatar el resolutivo segundo de la sentencia SCM-RAP-36/2017, a fin de determinar los mecanismos y Lineamientos a seguir por Pacto Social de Integración, Partido Político para para el ejercicio de los recursos destinados para la capacitación, promoción y desarrollo del liderazgo político de las mujeres correspondientes al año 2016, los cuales no pudieron ser erogados en su momento por el instituto político.

    CONSIDERANDO

    1. Que de conformidad con 10 establecido en el artículo 41, Base II, primero y penúltimo párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR