Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, relativo a las solicitudes de sustitución de candidaturas a Senadurías y Diputaciones por ambos principios presentadas por los Partidos Políticos Nacionales y Coaliciones.

EdiciónMatutina
EmisorInstituto Nacional Electoral

En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional Electoral.- Consejo General.- INE/CG458/2018.

ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, RELATIVO A LAS SOLICITUDES DE SUSTITUCIÓN DE CANDIDATURAS A SENADURÍAS Y DIPUTACIONES POR AMBOS PRINCIPIOS PRESENTADAS POR LOS PARTIDOS POLÍTICOS NACIONALES Y COALICIONES

ANTECEDENTES

  1. En sesión especial celebrada el día veintinueve de marzo de dos mil dieciocho, fue aprobado el Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, por el que, en ejercicio de la facultad supletoria, se registran las candidaturas a senadoras y senadores al Congreso de la Unión por el principio de mayoría relativa, presentadas por los Partidos Políticos Nacionales y coaliciones con registro vigente, así como las candidaturas a senadoras y senadores por el principio de representación proporcional, con el fin de participar en el Proceso Electoral Federal 2017-2018, identificado con el número INE/CG298/2018.

  2. En la referida sesión especial fue aprobado el Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, por el que, en ejercicio de la facultad supletoria, se registran las candidaturas a diputadas y diputados al Congreso de la Unión por el principio de mayoría relativa, presentadas por los Partidos Políticos Nacionales y coaliciones con registro vigente, así como las candidaturas a diputadas y diputados por el principio de representación proporcional, con el fin de participar en el Proceso Electoral Federal 2017-2018, identificado con el número INE/CG299/2018.

  3. En sesión extraordinaria celebrada el cuatro de abril de dos mil dieciocho fue aprobado el Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, relativo al cumplimiento al Punto Tercero del diverso INE/CG299/2018, por el que se registraron las candidaturas a diputadas por el principio de mayoría relativa presentadas por el Partido de la Revolución Democrática en el Distrito 10 de Nuevo León, y de Movimiento Ciudadano en el Distrito 04 de Morelos, identificado con el número INE/CG381/2018.

  4. En sesión extraordinaria celebrada el día dieciséis de abril de dos mil dieciocho fue presentado y discutido el Proyecto de Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, relativo a las solicitudes de sustitución de candidaturas a senadurías y diputaciones por ambos principios, presentadas por los Partidos Políticos Nacionales y coaliciones. En la discusión de dicho punto, se determinó devolver el proyecto para realizar una nueva verificación de los bloques de candidaturas, bajo el criterio de que deben mantenerse conforme a lo aprobado por el Consejo General en los Acuerdos INE/CG298/2018 e INE/CG299/2018, en sesión especial celebrada el 29 de marzo de 2018, con la salvedad de que las sustituciones que se soliciten impacten los bloques de tal suerte que beneficien al género femenino.

  5. En sesión extraordinaria celebrada el día diecisiete de abril de dos mil dieciocho se aprobó el Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, relativo a las solicitudes de sustitución de candidaturas a senadurías y diputaciones por ambos principios, presentadas por los Partidos Políticos Nacionales y coaliciones, identificado con la clave INE/CG391/2018.

  6. En sesión ordinaria celebrada el día veinticinco de abril de dos mil dieciocho, se aprobó el Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, relativo a las solicitudes de sustitución de candidaturas a senadurías y diputaciones por ambos principios, presentadas por los Partidos Políticos Nacionales y coaliciones, identificado con la clave INE/CG425/2018.

  7. En sesión extraordinaria urgente celebrada el día veintisiete de abril de dos mil dieciocho, se aprobó el Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, relativo a las solicitudes de sustitución de candidaturas a senadurías y diputaciones por ambos principios, presentadas por los Partidos Políticos Nacionales y coaliciones, identificado con la clave INE/CG428/2018.

  8. En sesión extraordinaria celebrada el día cuatro de mayo de dos mil dieciocho, se aprobó el Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, relativo a las solicitudes de sustitución de candidaturas a senadurías y diputaciones por ambos principios, presentadas por los

Partidos Políticos Nacionales y coaliciones, identificado con la clave INE/CG433/2018.

CONSIDERANDO

  1. El artículo 41, párrafo segundo, Base V, apartado A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (en adelante Constitución), en relación con el numeral 30, párrafo 2, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (en lo subsecuente LGIPE), establece que el Instituto Nacional Electoral en el ejercicio de su función, tiene como principios rectores la certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y objetividad.

  2. El artículo 241, párrafo 1, incisos a) y b) de la LGIPE, establece que los partidos políticos y coaliciones podrán sustituir a sus candidatos libremente dentro del plazo establecido para el registro, y que vencido dicho plazo, exclusivamente podrán hacerlo por causas de fallecimiento, inhabilitación, incapacidad o renuncia. Asimismo, de conformidad con lo establecido en el Punto Décimo tercero del Acuerdo INE/CG508/2017, las sustituciones de candidaturas por causa de renuncia, sólo podrán realizarse si ésta es presentada a más tardar el 1 de junio de 2018; a partir de esa fecha el Consejo General procederá a la cancelación del registro de la persona que renuncia.

    Sustituciones de candidaturas a Senadurías de mayoría relativa

  3. Todos por México. Mediante oficio PRI/REP-INE/345/2018, Ramón Tonatiuh Medina Meza, representante suplente del Partido Revolucionario Institucional ante el Consejo General de este Instituto, en virtud de la renuncia de las personas postuladas por la coalición para alguna senaduría por el principio de mayoría relativa, solicitó la sustitución de las mismas, al tenor de lo siguiente:

    · Del ciudadano Juan Mauricio Alonso Guirao, candidato suplente a Senador por el principio de mayoría relativa, en el número 1 de la lista correspondiente al estado de Chiapas, por el ciudadano José Antonio Albores Trujillo. (Bloque de mayores)

    · De la ciudadana Greta Esteofenes Ventura Lemus, candidata suplente a Senadora por el principio de mayoría relativa, en el número 2 de la lista correspondiente al estado de Guerrero, por la ciudadana María Adela Herrera De la O. (Bloque de menores)

    Sustituciones de candidaturas a Senadurías de representación proporcional

  4. Mediante oficios PVEM-INE-238/2018 y PVEM-INE-272/2018, recibidos los días dieciocho de abril y siete de mayo de dos mil dieciocho, Antonio Xavier López Adame y Pilar Guerrero Rubio, Secretario Técnico y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR