Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se aprueba el Plan de Verificación del modelo de operación de la casilla con urna electrónica para los Procesos Electorales Locales de Coahuila e Hidalgo 2019-2020.

Fecha de disposición09 Marzo 2020
Fecha de publicación09 Marzo 2020
EmisorINSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
SecciónUNICA. Organismos Autonomos

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional Electoral.- Consejo General.- INE/CG59/2020.

ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL POR EL QUE SE APRUEBA EL PLAN DE VERIFICACIÓN DEL MODELO DE OPERACIÓN DE LA CASILLA CON URNA ELECTRÓNICA PARA LOS PROCESOS ELECTORALES LOCALES DE COAHUILA E HIDALGO 2019-2020

GLOSARIO

Consejo General
Consejo General del Instituto Nacional Electoral
DEOE
Dirección Ejecutiva de Organización electoral
DECEYEC
Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica
DERFE
Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores
ECAE
Estrategia de Capacitación y Asistencia Electoral
Instituto
Instituto Nacional Electoral
LGIPE
Lineamientos
Lineamientos para instrumentar el voto electrónico en una parte de las casillas de los Procesos Electorales Locales de Coahuila e Hidalgo 2019-2020
Modelo de Operación
Modelo de operación de la casilla con urna electrónica para los Procesos Electorales Locales de Coahuila e Hidalgo 2019-2020
MDC
Mesa directiva de casilla
OPL
Organismo Público Local
Plan de Verificación
Plan de Verificación para el modelo de operación de la casilla con urna electrónica para los Procesos Electorales Locales de Coahuila e Hidalgo 2019-2020
RE
Reglamento de Elecciones
SE
Supervisor(a) electoral
UNICOM
Unidad Técnica de Servicios de Informática
UTVOPL
Unidad Técnica de Vinculación con los Organismos Públicos Locales

ANTECEDENTES

  1. El 16 de diciembre de 2019, por Acuerdo INE/CG569/2019, el Consejo General aprobó los Lineamientos para instrumentar el voto electrónico en una parte de las casillas de los Procesos Electorales Locales de Coahuila e Hidalgo 2019-2020.

  2. En el Punto de Acuerdo Segundo del INE/CG569/2019, se estableció que la Comisión Temporal para el Seguimiento de los Procesos Electorales Locales 2019-2020, conocería y sometería a consideración del Consejo General el Plan de Verificación.

  3. El 22 de enero de 2020, mediante Acuerdo INE/CG30/2020, el Consejo General aprobó el Modelo de operación de la casilla con urna electrónica para los Procesos Electorales Locales de Coahuila e Hidalgo 2019-2020.

  4. El 18 de febrero de 2020, se presentó ante la Comisión Temporal para el Seguimiento de los

Procesos Electorales Locales 2019-2020, el Plan de Verificación.

CONSIDERANDOS

  1. COMPETENCIA

Este Consejo General es competente para emitir el presente Acuerdo, con apoyo en de sus atribuciones normativas establecidas en los ordenamientos y preceptos siguientes:

Constitución

Artículo 41

párrafo primero y tercero, Base V, apartado B, inciso a), numeral 7.

LGIPE

Artículo 32

párrafo 2, inciso j); 44, párrafo 1, incisos gg) y jj).

  1. MARCO JURÍDICO

    El artículo 41, Base V, de la Constitución dispone que la organización de las elecciones es una función estatal que se realiza a través del Instituto y los OPL, que, en el ejercicio de esa función estatal, la certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y objetividad, serán principios rectores y que el Instituto será autoridad en la materia, independiente en sus decisiones y funcionamiento.

    El artículo 1, párrafos 2, 3, y 4, de la LGIPE, determina que las disposiciones de la ley son aplicables a las elecciones en el ámbito federal y local; que las Constituciones y sus respectivos ordenamientos locales se ajustarán a lo previsto en la Constitución y en la LGIPE y, que la renovación de los poderes se realizará mediante elecciones libres, auténticas, periódicas, mediante sufragio universal, libre, secreto y directo.

    El artículo 35 de la LGIPE, establece que el Consejo General, en su calidad de órgano superior de dirección, es el responsable de vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en materia electoral, así como de velar porque los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad guíen todas las actividades del Instituto.

    El artículo 44, párrafo 1, inciso gg) y jj), de la LGIPE, prevé que dentro de las atribuciones del Consejo General se encuentra la de aprobar y expedir los acuerdos para ejercer las facultades previstas en el Apartado B de la Base V del artículo 41 de la Constitución; así como, dictar los acuerdos necesarios para hacer efectivas sus atribuciones.

    En el numeral 9 de los Lineamientos se estableció que la UNICOM, DEOE, DECEyEC, DERFE y UTVOPL elaborarían los Planes de seguridad, continuidad y verificación, y que para su elaboración podrían tomar como referencia las normas oficiales mexicanas, marcos de referencia y/o estándares internacionales aplicables en cada uno de ellos.

    En términos del numeral 21, de los Lineamientos la verificación tiene la finalidad de evaluar la funcionalidad y seguridad de las urnas electrónicas, conforme a los requerimientos técnicos y los parámetros de configuración de sus componentes, así como revisar que el procesamiento de la información y la generación de los resultados sea conforme a la normativa aplicable y vigente.

    De acuerdo con el numeral 22, de los Lineamientos para la planeación y ejecución de la verificación a las urnas electrónicas, el Plan de Verificación, contendrá como mínimo los siguientes elementos:

    1. Alcances mínimos de la verificación, para lo cual se debe incluir la realización de pruebas de aseguramiento de la calidad y seguridad, considerando la factibilidad de realizar pruebas a los distintos componentes de la urna electrónica y, en su caso, actualizar sus plataformas;

    2. Ejecución de la verificación, considerando los procedimientos a utilizar para llevar a cabo las actividades y el marco temporal en el que se efectuarán...

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