Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se designan como ganadoras para ocupar cargos de Vocal Ejecutivo/Ejecutiva Local del Servicio Profesional Electoral Nacional, a las personas aspirantes que forman parte de la Lista de Reserva del Concurso Público 2019-2020, del Sistema del Instituto Nacional Electoral.

Fecha de disposición09 Marzo 2020
Fecha de publicación09 Marzo 2020
EmisorINSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
SecciónUNICA. Organismos Autonomos

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional Electoral.- Consejo General.- INE/CG57/2020.

ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL POR EL QUE SE DESIGNAN COMO GANADORAS PARA OCUPAR CARGOS DE VOCAL EJECUTIVO/EJECUTIVA LOCAL DEL SERVICIO PROFESIONAL ELECTORAL NACIONAL, A LAS PERSONAS ASPIRANTES QUE FORMAN PARTE DE LA LISTA DE RESERVA DEL CONCURSO PÚBLICO 2019-2020, DEL SISTEMA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL

ANTECEDENTES

  1. El 30 de octubre de 2015, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (Consejo General), mediante Acuerdo INE/CG909/2015, aprobó el Estatuto del Servicio Profesional Electoral Nacional y del Personal de la Rama Administrativa (Estatuto), publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de enero de 2016, entrando en vigor al día hábil siguiente de su publicación.

  2. El 17 de octubre de 2018, mediante Acuerdo INE/CG1342/2018, el Consejo General aprobó los Lineamientos del Concurso Público 2019-2020 del Servicio Profesional Electoral Nacional del sistema del Instituto Nacional Electoral (Lineamientos).

  3. El 20 de junio de 2019, mediante Acuerdo INE/JGE118/2019, la Junta General Ejecutiva (Junta) aprobó la emisión de la Primera Convocatoria del Concurso Público 2019-2020 de ingreso para ocupar plazas vacantes en cargos del Servicio Profesional Electoral Nacional del sistema del Instituto Nacional Electoral (Primera Convocatoria).

  4. El 20 de noviembre de 2019, el Consejo General aprobó el Acuerdo INE/CG537/2019 por el que se designan como ganadoras de la Primera Convocatoria del Concurso Público 2019-2020, a las personas aspirantes que obtuvieron las mejores calificaciones para ocupar plazas vacantes en cargos de Vocal Ejecutivo/Ejecutiva de Junta Local y de Junta Distrital Ejecutiva del Servicio Profesional Electoral Nacional del sistema del Instituto Nacional Electoral (INE).

  5. El 28 de noviembre de 2019, la Dirección Ejecutiva del Servicio Profesional Electoral Nacional (DESPEN), publicó en la página de Internet del Instituto, las Listas de Reserva de la Primera Convocatoria.

  6. En la sesión extraordinaria del 22 de enero de 2020, el Consejo General aprobó los dictámenes para la designación de la licenciada Ma del Refugio García López, como titular de la Dirección Ejecutiva del Servicio Profesional Electoral Nacional con efectos a partir del 1 de febrero de 2020; así como la designación del maestro Sergio Bernal Rojas, como titular de la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral con efectos a partir del 16 de febrero de 2020. Funcionarios que ocupaban los cargos de Vocal Ejecutiva y Ejecutivo en las Juntas Locales Ejecutivas en los estados de Morelos y Nuevo León, respectivamente, razón por la cual, dichos cargos quedaron vacantes.

    CONSIDERANDOS

    Primero. Competencia.

    Este Consejo General es competente para aprobar el Proyecto de Acuerdo por el que se designan como ganadoras para ocupar una plaza vacante del Servicio Profesional Electoral Nacional en el cargo de Vocal Ejecutivo/Ejecutiva de Junta Local Ejecutiva, a las personas aspirantes que forman parte de la Lista de Reserva de la Primera Convocatoria, de conformidad con los artículos 41, Base V, Apartado A, párrafos primero y segundo y Apartado D de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (Constitución), 34, numeral 1, inciso a); 35, numeral 1; 36, numeral 1, y 44, numeral 1, incisos b) y jj) de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (Ley); 8, numerales I y VIII, y 140, primer párrafo del Estatuto; 3, 15 fracción III, inciso c), 68, 69, 75, 77, 78, fracción I y 79 de los Lineamientos, y 4 numeral 1 del Reglamento de Sesiones del Consejo General del Instituto Nacional Electoral.

    Segundo. Disposiciones normativas que sustentan la determinación.

    1. En materia de Protección de Derechos Humanos y No Discriminación, son aplicables los artículos , párrafos primero, tercero y quinto de la Constitución; 1, 2 y 5 de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, y 134 del Estatuto.

    2. En materia del Servicio Profesional Electoral Nacional (Servicio) del Sistema INE, resultan aplicables los artículos 41, Base V, apartados A y D de la Constitución, en relación con los artículos 29, numeral 1; 30, numerales 2 y 3; 202, numerales 1, 2 y 6; 203, numeral 1, inciso c) de la Ley, así como los artículos 1, fracciones I y II; 17; 18; 20, fracción I; 21; 29 fracción I; 122; 132; 133 fracción I; 135; 136 y 142 del...

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