Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se autoriza la celebración a través de herramientas tecnológicas, de sesiones virtuales o a distancia, ordinarias, extraordinarias o especiales, de los Consejos Locales y Distritales del Instituto Nacional Electoral durante el periodo de medidas sanitarias derivado de la pandemia COVID-19.

EdiciónMatutina
EmisorInstituto Nacional Electoral

En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional Electoral.- Consejo General.- INE/CG555/2020.

ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL POR EL QUE SE AUTORIZA LA CELEBRACIÓN A TRAVÉS DE HERRAMIENTAS TECNOLÓGICAS, DE SESIONES VIRTUALES O A DISTANCIA, ORDINARIAS, EXTRAORDINARIAS O ESPECIALES, DE LOS CONSEJOS LOCALES Y DISTRITALES DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL DURANTE EL PERIODO DE MEDIDAS SANITARIAS DERIVADO DE LA PANDEMIA COVID-19

GLOSARIO

Consejo General
Consejo General del Instituto Nacional Electoral
Instituto/INE
Instituto Nacional Electoral
Junta
Junta General Ejecutiva
LGIPE
Reglamento Interior
Reglamento Interior del Instituto Nacional Electoral
COVID-19
Virus SARS-CoV2

ANTECEDENTES

  1. Aparición del Coronavirus. El 31 de diciembre de 2019, autoridades de salud de la ciudad de Wuhan, provincia de Hubei, China informaron sobre la presencia de un conglomerado de 27 casos de Síndrome Respiratorio Agudo de etiología desconocida, estableciendo un vínculo con un mercado de mariscos y animales. El 7 de enero de 2020, las autoridades chinas informaron la presencia de un nuevo coronavirus (2019-nCoV) identificado como posible etiología causante de dicho síndrome.

  2. Declaración de pandemia. El 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud calificó como pandemia el brote de coronavirus COVID-19, por la cantidad de casos de contagio y de países involucrados, y emitió una serie de recomendaciones para su control.

  3. Medidas preventivas dictadas por el Secretario Ejecutivo. El 13 de marzo de 2020, el Secretario Ejecutivo de este Instituto, mediante comunicado oficial dio a conocer la implementación de diversas medidas de prevención, información y orientación a fin de mitigar el riesgo de contagio entre personal del Instituto.

  4. Medidas preventivas y de actuación dictadas por la Junta. El 17 de marzo de 2020, la Junta aprobó mediante acuerdo INE/JGE34/2020, las medidas preventivas y de actuación, con motivo de la pandemia del COVID-19. En el punto de acuerdo NOVENO se determinó, entre otras cosas, que:

    Noveno. En la realización de las sesiones de los órganos colegiados a efectuarse durante los próximos días, durante la contingencia, se deberá tomar en consideración lo siguiente:

    - Privilegiar el uso de medios digitales, tales como videoconferencia.

    Para las reuniones presenciales de trabajo y/o sesiones de órganos colegiados, se procurará se lleven a cabo de manera privada, sin invitados, con seguimiento por Internet a través de las transmisiones de audio y video, debiendo tomarse las medidas sanitarias que correspondan al ingreso a las salas.

    - Se deberán acondicionar los espacios para mantener al menos un metro de distancia entre personas asistentes dentro de los salones y salas.

    - Las puertas de los espacios deberán permanecer abiertas para permitir una

    mayor circulación de aire.

  5. Reconocimiento de la epidemia de enfermedad por el COVID-19. El 23 de marzo de 2020, se publicó en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación el acuerdo mediante el cual el Consejo de Salubridad General reconoce la epidemia de enfermedad por el virus COVID-19 en México, como una enfermedad grave de atención prioritaria, así como se establecen las actividades de preparación y respuesta ante dicha epidemia.

  6. Declaración de fase 2 de la pandemia. Con base en ello, así como la declaración de la Organización Mundial de la Salud en el mismo sentido, el 24 de marzo de 2020, el subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, declaró el inicio de la fase 2 por la pandemia del COVID-19, que implica que existe contagio local, al contrario de la fase 1 que consiste únicamente en casos importados.

  7. Medidas preventivas emitidas por la Secretaría de Salud. El 24 de marzo de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el acuerdo por el que se establecen las medidas preventivas que se deberán implementar para la mitigación y control de los riesgos para la salud que implica la enfermedad por COVID-19.

    En el artículo primero se establece que todas las autoridades de los tres órdenes de gobierno están obligadas a la instrumentación de las medidas preventivas contra la enfermedad por COVID-19, entendiendo como tales aquellas intervenciones comunitarias definidas en la "Jornada Nacional de Sana Distancia", que tienen como objetivo el distanciamiento social para la mitigación de la transmisión poblacional del virus, disminuyendo así el número de contagios de persona a persona y, por ende, el de propagación de la enfermedad, con especial énfasis en grupos vulnerables, permitiendo además que la carga de enfermedad esperada no se concentre en unidades de tiempo reducidas, con el subsecuente beneficio de garantizar el acceso a la atención médica hospitalaria para los casos graves.

    Asimismo, entre otros aspectos, indica que se deberá evitar la asistencia a centros de trabajo de personas en condiciones vulnerables y suspender temporalmente las actividades que involucren la concentración física, tránsito o desplazamiento de personas, a partir de la entrada en vigor de ese acuerdo y hasta el 19 de abril del 2020; así como que deberán instrumentarse planes que garanticen la continuidad de operaciones para el cumplimiento de sus funciones esenciales relacionadas con la mitigación y control de los riesgos para salud que implica la enfermedad por COVID-19 y garantizar los derechos humanos de las personas trabajadoras.

    VIII.

    Autorización para que se celebraran sesiones virtuales. El 27 de marzo de 2020, mediante acuerdo INE/CG80/2020, el Consejo General autorizó la celebración a través de herramientas tecnológicas, de sesiones virtuales o a distancia, ordinarias o extraordinarias, del Consejo General o la Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral, durante el periodo de medidas sanitarias derivado de la pandemia COVID-19.

  8. Suspensión de plazos. El 27 de marzo de 2020, mediante acuerdo INE/CG82/2020, el Consejo General tomó la determinación de suspender los plazos y términos relativos a actividades inherentes a la función electoral a cargo del INE, hasta que se contenga la pandemia de coronavirus, COVID-19.

  9. Ampliación de la suspensión de plazos. El 16 de abril de 2020, la Junta aprobó el acuerdo INE/JGE45/2020 por el que se modificó el diverso INE/JGE34/2020, en el que se determinaron medidas preventivas y de actuación, con motivo de la pandemia del COVID-19, a efecto de ampliar la suspensión de plazos procesales en la tramitación y sustanciación de los procedimientos administrativos competencia de los diversos órganos del INE, así como cualquier plazo de carácter administrativo, hasta que se determinara su reanudación, con base en la información sobre las condiciones sanitarias relacionadas con el COVID-19.

  10. Publicación de la Estrategia para la reapertura de las actividades sociales, educativas y económicas a nivel federal. El 14 de mayo de 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el acuerdo por el que se estableció una estrategia para la reapertura de las actividades sociales, educativas y económicas, así como un sistema de semáforo por regiones para evaluar semanalmente el riesgo epidemiológico relacionado con la reapertura de actividades en cada entidad federativa, así como se establecen acciones extraordinarias.

  11. Modificación del acuerdo por el que se establece la estrategia a nivel federal. El 15 de mayo de

    2020, la Secretaria de Salud, publicó en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo por el que se modifica el diverso por el que se establece una estrategia para la reapertura de las actividades sociales, educativas y económicas, así como un sistema de semáforo por regiones para evaluar semanalmente el riesgo epidemiológico relacionado con la reapertura de actividades en cada entidad federativa, así como se establecen acciones extraordinarias, publicado el 14 de mayo de 2020, el cual señala:

ARTICULO ÚNICO

Se modifican los numerales Segundo, fracción ii) y Cuarto del Acuerdo por el que se establece una estrategia para la reapertura de las actividades sociales, educativas y económicas, así como un sistema de semáforo por regiones para evaluar semanalmente el riesgo epidemiológico relacionado con la reapertura de actividades en cada entidad federativa, así como se establecen acciones extraordinarias, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de mayo de 2020, para quedar como sigue:

(...)

XIII.

Aprobación de la Estrategia del Instituto y la metodología para el levantamiento de plazos relacionados con actividades administrativas. El 24 de junio de 2020, en sesión extraordinaria, la Junta, a través del acuerdo INE/JGE69/2020 aprobó la estrategia y la metodología para el levantamiento de plazos relacionados con actividades administrativas, así como para el regreso paulatino a las actividades presenciales por parte del personal, en el que medularmente se establece:

(...)

En ese tenor, a fin de armonizar la continuidad de las operaciones del Instituto para el cumplimiento de las funciones constitucionales que tiene encomendadas, a la vez que seguir coadyuvando a la mitigación de la pandemia generada por la propagación del virus COVID-19, así como proteger la salud del personal y de la ciudadanía en general, permitiendo el ejercicio de los derechos político electorales, es necesario determinar como estrategia, el regreso paulatino y ordenado a los centros de trabajo, conforme se vaya abatiendo la pandemia y se minimice la emergencia sanitaria, acorde a los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR