Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, por el que se da respuesta a la consulta formulada por Selene Lucía Vázquez Alatorre, ciudadana y aspirante a la candidatura de la gubernatura del Estado de Michoacán por Morena, así como a las organizaciones 'Equilibra, Centro para la Justicia Constitucional' y 'Litiga, Organización de Litigio Estratégico de Derechos Humanos', relacionada con la emisión de criterios generales que garanticen el principio de paridad de género en la postulación de candidaturas a las gubernaturas en los Procesos Electorales Locales 2020- 2021, en acatamiento a la sentencia dictada por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en el expediente SUP-JDC-2729-2020.

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional Electoral.- Consejo General.- INE/CG569/2020.

ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, POR EL QUE SE DA RESPUESTA A LA CONSULTA FORMULADA POR SELENE LUCÍA VÁZQUEZ ALATORRE, CIUDADANA Y ASPIRANTE A LA CANDIDATURA DE LA GUBERNATURA DEL ESTADO DE MICHOACÁN POR MORENA, ASÍ COMO A LAS ORGANIZACIONES "EQUILIBRA, CENTRO PARA LA JUSTICIA CONSTITUCIONAL" Y "LITIGA, ORGANIZACIÓN DE LITIGIO ESTRATÉGICO DE DERECHOS HUMANOS", RELACIONADA CON LA EMISIÓN DE CRITERIOS GENERALES QUE GARANTICEN EL PRINCIPIO DE PARIDAD DE GÉNERO EN LA POSTULACIÓN DE CANDIDATURAS A LAS GUBERNATURAS EN LOS PROCESOS ELECTORALES LOCALES 2020-2021, EN ACATAMIENTO A LA SENTENCIA DICTADA POR LA SALA SUPERIOR DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN EN EL EXPEDIENTE SUP-JDC-2729-2020

GLOSARIO

Consejo General
Consejo General del Instituto Nacional Electoral
DEPYPP
Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos
DOF
Diario Oficial de la Federación
INE/Instituto
Instituto Nacional Electoral
JDC
Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales de los Ciudadanos
LGIPE
OPL
Organismos Públicos Locales
SCJN
Suprema Corte de Justicia de la Nación
TEPJF
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

ANTECEDENTES

  1. Reforma "Paridad en Todo". El 6 de junio de 2019 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la reforma a nueve artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) en relación con la aplicación del principio de paridad entre hombres y mujeres en todos los poderes públicos y niveles de gobierno.

  2. El 11 de agosto de 2020 la ciudadana y aspirante a la candidatura a gobernadora del Estado de Michoacán por el partido político MORENA, Selene Lucía Vázquez Alatorre, así como las organizaciones EQUILIBRA, Centro para Justicia Constitucional, y LITIGA, Organización de Litigio Estratégico de Derechos Humanos solicitaron al Consejo General del Instituto Nacional Electoral (Consejo General), la emisión de criterios para garantizar el principio de paridad, entre los géneros, en la postulación de candidaturas a las 15 gubernaturas a elegir en los procesos electorales locales 2020-2021.

  3. El 7 de septiembre de 2020, el Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos emitió el oficio INE/DEPPP/DE/DPPF/6959/2020 mediante el cual dio respuesta a la solicitud planteada. En dicho oficio señaló que "la organización de los procesos electorales locales corresponde a los Organismos Públicos Locales (art. 41 CPEUM, base V, apartado C)"; "... por lo que los Organismos Públicos Locales son los encargados de establecer los requisitos que se deben cumplir para que las personas puedan ser registrados a una candidatura a los puestos locales de elección popular".

  4. Juicio ciudadano SUP-JDC-2729-2020. El 14 de septiembre de 2020, Equilibra, Centro para la

    Justicia Constitucional, A.C., promovió Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano (JDC) a fin de controvertir una solicitud que la parte actora formuló a las y los Consejeros Electorales del INE, requiriéndoles la emisión de criterios generales para garantizar el principio de paridad de género en la postulación de las candidaturas a las gubernaturas en los procesos electorales locales 2020-2021.

  5. Sentencia dictada en el juicio ciudadano SUP-JDC-2729-2020. El 1 de octubre de 2020, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Sala Superior del TEPJF) revocó el oficio impugnado, por considerar que la petición realizada por la parte actora fue expresamente dirigida a quienes integran el Consejo General, a efecto de requerirles la emisión de criterios generales para garantizar el principio de paridad de género en la postulación de las candidaturas a las gubernaturas, en los procesos electorales locales 2020-2021, por lo que el Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos carecía de facultades para contestar a la ahora actora respecto a la emisión de lineamientos de paridad de género, ya que el análisis de las atribuciones que le confiere la normativa aplicable, evidencia que en forma alguna puede determinar o decidir en torno al requerimiento de criterios generales para garantizar el principio de paridad de género en la postulación de las candidaturas a las gubernaturas, en los procesos electorales locales 2020-2021, porque ello compete, de manera exclusiva, al Consejo General.

    Conforme con lo anterior, la Sala Superior del TEPJF ordenó al Consejo General dar respuesta a la consulta formulada y, hecho lo anterior, informar a la referida autoridad jurisdiccional dentro de las veinticuatro horas siguientes.

  6. Reforma para prevenir, sancionar y erradicar la violencia política contra las mujeres en razón de género. El 13 de abril de 2020 se publicó en el DOF el "Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral; de la Ley General de Partidos Políticos; de la Ley General en Materia de Delitos Electorales; Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República; de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y de la Ley General de Responsabilidades Administrativas"; para prevenir, atender, sancionar, reparar y erradicar la violencia política contra las mujeres en razón de género.

  7. Con fecha 26 de octubre de 2020, se recibió una petición change.org enviada y signada por egresadas y egresados de la VII Promoción de la Maestría en Derechos Humanos y Democracia de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales, Sede México y 152 personas aliadas, dirigida al Consejero Presidente y a las y los Consejeros electorales Carla Astrid Humprhey Jordan, Norma Irene De la Cruz Magaña, Adriana Margarita Favela Herrera, Beatriz Claudia Zavala Pérez, Ciro Murayama Rendón, y Dania Paola Ravel Cuevas, en el que solicitan al INE "garantizar la paridad en las gubernaturas en el 2021".

  8. Con fecha 5 de noviembre de 2020, se recibió la comunicación dirigida al Consejero Presidente del INE, a través de la cual los integrantes de la Junta de Coordinación Política del Senado de la República de la LXIV Legislatura, la Senadora Marybel Villegas Canché del Grupo Parlamentario de Morena y los Senadores Ricardo Monreal Ávila Coordinador del Grupo Parlamentario de Morena, Mauricio Kuri González Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, Miguel Ángel Osorio Chong del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, Dante Delgado Rannauro del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, Manuel Velasco Coello del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, Miguel Ángel Mancera Espinosa del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática e Higinio Martínez Miranda del Grupo Parlamentario de Morena, a través del cual, formulan un exhorto a los integrantes del Consejo General del Instituto, para que no se extralimiten las facultades de este órgano a través de la emisión del presente Acuerdo.

  9. Con fecha 6 de noviembre de 2020, se recibió de parte de la Comisión de Género de la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputadas y Diputados, un PRONUNCIAMIENTO RESPECTO AL PROYECTO DEL INE SOBRE LA APLICACIÓN DEL PRINCIPIO DE PARIDAD EN GUBERNATURAS, mismo que señala de manera textual, lo siguiente:

    "Esta Comisión de Igualdad de Género, expresa su profunda preocupación por la posible impugnación al proyecto del Instituto Nacional Electoral para garantizar la paridad en gubernaturas en los comicios de 2021.

    Desde 1953, cuando la mujer tuvo derecho a votar y ser votada, solo nueve han ejercido como gobernadoras; pero confiamos en que, para las elecciones del 2021, el Instituto Nacional Electoral determinará que al menos siete de las 15 candidaturas a gubernaturas tendrán que ser ocupadas por mujeres aún en contra de la resistencia de algunos.

    Recordemos que la paridad es un principio constitucional que ya está legislado, contando con históricas votaciones unánimes para su aprobación y que el Consejo General del INE, haciendo valer sus facultades, diseña los lineamientos para cumplir con el mandato constitucional y emitir las medidas para garantizarlo.

    El Consejo General del INE debe actuar con imparcialidad, apego a la legalidad y no ceder ante los designios de algunos. La democracia es y será con las mujeres al frente de las decisiones públicas, y eso sólo se logra ganando elecciones.

    La respuesta del proyecto del INE a una sentencia impuesta por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación no es un capricho o burocracia, sino que la sentencia exige emitir lineamientos para garantizar condiciones de competencia para las candidatas.

    Para aquellos que alegan que ya se tienen avanzados los procesos internos de selección de candidatos y candidata, les recordamos que hasta el momento no se han emitido convocatorias...

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