Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, por el que se aprueba el instructivo que deberán observar los partidos políticos nacionales que busquen formar coaliciones para la elección de diputaciones por el principio de mayoría relativa, en sus diversas modalidades, para el Proceso Electoral Federal 2020-2021.

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional Electoral.- Consejo General.- INE/CG636/2020.

ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, POR EL QUE SE APRUEBA EL INSTRUCTIVO QUE DEBERÁN OBSERVAR LOS PARTIDOS POLÍTICOS NACIONALES QUE BUSQUEN FORMAR COALICIONES PARA LA ELECCIÓN DE DIPUTACIONES POR EL PRINCIPIO DE MAYORÍA RELATIVA, EN SUS DIVERSAS MODALIDADES, PARA EL PROCESO ELECTORAL FEDERAL 2020-2021

GLOSARIO

CG/Consejo General
Consejo General del Instituto Nacional Electoral
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
DEPPP
Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos
DOF
Diario Oficial de la Federación
PES
Partido Encuentro Solidario
FSM
Fuerza Social por México
INE/Instituto
Instituto Nacional Electoral
LGIPE
Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales
Ley General de Partidos Políticos
PEF
Proceso Electoral Federal
PPN
Partido Político Nacional
PRI
Partido Revolucionario Institucional
PVEM
Partido Verde Ecologista de México
RSP
Redes Sociales Progresistas
TEPJF
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

ANTECEDENTES

  1. Instructivo para formar coaliciones PEF 2014-2015. El quince de octubre de dos mil catorce, en sesión extraordinaria, fue aprobado el "Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, por el que se aprueba el instructivo que deberán observar los Partidos Políticos Nacionales que busquen formar coaliciones para la elección de Diputados por el principio de Mayoría Relativa, en sus diversas modalidades, para el Proceso Electoral Federal 2014-2015", identificado con la clave INE/CG210/2014 y publicado en el DOF el veintiuno de mayo de dos mil quince.

  2. Reglamento de Fiscalización. El diecinueve de noviembre de dos mil catorce, en sesión extraordinaria, fue aprobado el "Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se expide el Reglamento de Fiscalización y se abroga el Reglamento de Fiscalización aprobado el cuatro de julio de dos mil once por el Consejo General del entonces Instituto Federal Electoral mediante el Acuerdo CG201/2011", identificado con la clave INE/CG263/2014, el cual regula, entre otros temas, lo relativo al origen y la comprobación de los gastos de organización de los procesos internos de selección de candidatos.

  3. Reglamento de Radio y Televisión. En la misma sesión extraordinaria de diecinueve de noviembre de dos mil catorce, fue aprobado el "Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se expide el Reglamento de Radio y Televisión en Materia Electoral", identificado con la clave INE/CG267/2014, publicado en el DOF el veinticuatro de noviembre del mismo año.

  4. Instructivo para formar coaliciones PEF 2017-2018. El treinta de octubre de dos mil diecisiete, en sesión ordinaria, fue aprobado el "Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, por el que se aprueba el instructivo que deberán observar los Partidos Políticos Nacionales que busquen formar coaliciones para las elecciones de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, de Senadores y de Diputados por el principio de Mayoría Relativa, en sus diversas modalidades, para el Proceso Electoral Federal 2017-2018", identificado con la clave

    INE/CG504/2017 y publicado en el DOF el veinticuatro de noviembre de dos mil diecisiete.

    Se destaca que dicho acuerdo fue impugnado y mediante la sentencia recaída al recurso de apelación SUP-RAP-718/2017 de veintinueve de noviembre de dos mil diecisiete, la Sala Superior del TEPJF determinó confirmarlo, al considerar que: i) ya existía definición respecto a que cuando la ley alude a "tipo de elección", tal concepto se refiere al Proceso Electoral Federal o a los locales; ii) el Acuerdo impugnado no obligaba a los partidos políticos a coaligarse para otro tipo de elecciones si estos decidían unirse de tal forma para postular candidaturas a la presidencia; iii) el principio de uniformidad se puntualizó correctamente, relativo al Proceso Electoral Federal; y iv) al celebrar una coalición total no se impedía a los partidos políticos participar en la postulación de cargos por el principio de representación proporcional.

  5. Reglamento de Elecciones. El siete de septiembre de dos mil dieciséis, en sesión extraordinaria del Consejo General del INE, mediante Acuerdo con clave INE/CG661/2016, fue aprobado el Reglamento de Elecciones, publicado en el DOF el trece de septiembre del mismo año. Esta reglamentación provee normas administrativas para el registro de convenios de coalición a fin de participar bajo esta modalidad en las elecciones federales y locales.

  6. Modificaciones al Reglamento de Elecciones. El Reglamento tuvo diversas modificaciones:

    #
    Clave
    Fecha
    1
    INE/CG86/2017
    28-mar-17
    2
    INE/CG391/2017
    05-sep-17
    3
    INE/CG565/2017
    22-nov-17
    4
    INE/CG111/2018
    19-feb-18
    5
    INE/CG32/2019
    23-ene-19
    6
    INE/CG164/2020
    08-jul-20
  7. Modificaciones al Reglamento de Fiscalización. El treinta de julio de dos mil veinte, en sesión extraordinaria, fue aprobado el "Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de los Reglamentos de Fiscalización y de Comisiones del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género", con clave INE/CG174/2020.

  8. Modalidad de Sesiones durante la emergencia sanitaria. Este Consejo General aprobó, el treinta de julio del dos mil veinte, el Acuerdo INE/CG186/2020, mediante el cual se da respuesta a las consultas formuladas por la organización Redes Sociales Progresistas, A.C. y el PRI, en relación con la modificación de documentos básicos de PPN, en el que se señala además la modalidad de las sesiones, respecto de la celebración de los órganos de dirección, mediante el uso de herramientas tecnológicas, durante la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19).

    Dicho acuerdo fue impugnado y mediante sentencia recaída al recurso de apelación identificado con la clave SUP-RAP-43/2020, la Sala Superior del TEPJF confirmó el Punto de Acuerdo segundo del referido instrumento, el cual establecía lo siguiente:

    [...]

    SEGUNDO. Las organizaciones que en su caso obtengan registro como Partido Político Nacional, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo INE/CG97/2020, de veintiocho de mayo de dos mil veinte, podrán modificar sus documentos básicos y emitir los Reglamentos internos y acuerdos de carácter general que requieran, durante septiembre y octubre de dos mil veinte, considerando los plazos legales y reglamentarios para su notificación y resolución por parte de esta autoridad, de acuerdo con los fundamentos y argumentos contenidos en el Considerando 9 de este Acuerdo. Con lo anterior, se da respuesta a la consulta formulada por la representación legal de Redes Sociales Progresistas, A.C., y atendida su petición, para el caso de que llegue a obtener su registro como PPN

    [...]

    Lo anterior, al considerar infundados los conceptos de agravio y concluir, por una parte, que el Consejo General está habilitado para ampliar los plazos del procedimiento de registro de nuevos Partidos Políticos Nacionales, inclusive ya iniciado un Proceso Electoral Federal, en los casos en que existan circunstancias extraordinarias que provocaran el desfase temporal de las etapas de dicho procedimiento; lo anterior, a efecto de salvaguardar la adecuación de su normativa interna, principalmente cuando existan reformas legales que demanden su necesaria adecuación, procurando que ello no interfiera con la etapa de precampaña.

    Por otra parte, que no existe violación al principio de igualdad entre partidos políticos de nueva creación y partidos ya constituidos en lo que respecta a la modificación de sus Estatutos cuando esté próximo un Proceso Electoral Federal, ya que ambos grupos de instituciones de interés público se encuentran en situaciones disímiles.

  9. Aprobación del Plan Integral y Calendarios. El siete de agosto de dos mil veinte, el Consejo General aprobó el Plan Integral y Calendarios de coordinación de los Procesos Electorales Locales concurrentes con el Federal 2020-2021, mediante Acuerdo INE/CG188/2020, en el cual se establecieron fechas límite para la aprobación del registro de candidaturas por las autoridades electorales competentes.

  10. Facultad de atracción ejercida por el INE. El siete de agosto de dos mil veinte, en sesión extraordinaria del Consejo General del INE, se emitió la Resolución [...] por la que se aprueba ejercer la facultad de atracción para ajustar a una fecha única la conclusión del periodo de precampañas y el relativo para recabar apoyo ciudadano, para los Procesos Electorales Locales concurrentes con el Proceso Electoral Federal 2021, identificada como INE/CG187/2020.

  11. Impugnación de la Resolución INE/CG187/2020. Inconforme con la resolución anterior, el trece de agosto de dos mil veinte, el PRI interpuso recurso de apelación el cual quedó registrado con el expediente SUP-RAP-46/2020. En la sentencia, la Sala Superior del TEPJF resolvió revocar dicha resolución, a efecto de que el INE emitiera una nueva determinación de conformidad con las consideraciones establecidas en el fallo de referencia.

  12. Modificaciones al Reglamento de Radio y Televisión. En sesión del veintiuno de agosto de dos mil veinte, fue aprobado el Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral mediante el cual se modifica el Reglamento de Radio y Televisión en materia...

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