Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se aprueban los plazos para la fiscalización de los informes de ingresos y gastos correspondientes a los periodos de obtención de apoyo de la ciudadanía y precampaña, del Proceso Electoral Local Extraordinario de los ayuntamientos de Acaxochitlán e Ixmiquilpan derivado del Proceso Electoral Local Ordinario 2019-2020, en el Estado de Hidalgo.

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional Electoral.- Consejo General.- INE/CG29/2021.

ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL POR EL QUE SE APRUEBAN LOS PLAZOS PARA LA FISCALIZACIÓN DE LOS INFORMES DE INGRESOS Y GASTOS CORRESPONDIENTES A LOS PERIODOS DE OBTENCIÓN DE APOYO DE LA CIUDADANÍA Y PRECAMPAÑA, DEL PROCESO ELECTORAL LOCAL EXTRAORDINARIO DE LOS AYUNTAMIENTOS DE ACAXOCHITLÁN E IXMIQUILPAN DERIVADO DEL PROCESO ELECTORAL LOCAL ORDINARIO 2019-2020, EN EL ESTADO DE HIDALGO

ANTECEDENTES

  1. El 10 de febrero de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), en materia político-electoral, entre otras, el artículo 41. Respecto de dicho Decreto, se destaca la creación del Instituto Nacional Electoral (INE).

  2. En el citado Decreto, en su artículo 41, Base V apartado B, penúltimo párrafo, se establece que corresponde al Consejo General del INE la fiscalización de las finanzas de los partidos políticos relativas a los procesos electorales (federal y local), así como de las campañas de las personas candidatas.

  3. El 23 de mayo de 2014 se publicaron en el DOF, los Decretos por los que se expiden la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE) y la Ley General de Partidos Políticos (LGPP).

  4. El 27 de enero de 2016 se publicó en el DOF, el Decreto por el que se declaran reformadas y adicionadas diversas disposiciones en la CPEUM en materia de desindexación del salario mínimo, entre ellas el inciso a) de la Base II del artículo 41.

  5. El 15 de junio de 2016, en sesión extraordinaria del Consejo General del INE, se aprobó mediante Acuerdo INE/CG479/2016, el Reglamento de Comisiones de este Consejo General.

  6. El 5 de enero de 2018, en sesión extraordinaria del Consejo General del INE, se aprobó el Acuerdo INE/CG04/2018 mediante el cual se reformaron y adicionaron diversas disposiciones del Reglamento de Fiscalización, en acatamiento a la sentencia dictada por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en el expediente SUP-RAP-623/2017 y acumulados.

  7. El 18 de febrero de 2019, en sesión ordinaria del Consejo General del INE, se aprobó el Acuerdo INE/CG72/2019, mediante el cual determinó no enviar el oficio de errores y omisiones a las personas que omitieron presentar su informe de ingresos y gastos, que aspiren a un cargo de elección popular, durante cualquier Proceso Electoral.

  8. El 30 de septiembre de 2019, mediante el Acuerdo INE/CG433/2019, el Consejo General aprobó el Plan Integral y los calendarios de coordinación de los Procesos Electorales Locales 2019-2020.

  9. El 15 de diciembre 2019, el Consejo General del Instituto Electoral del estado de Hidalgo aprobó mediante el Acuerdo IEEH/CG/055/2019, el Calendario para el Proceso Electoral Ordinario 2019-2020.

  10. El 17 de enero de 2020, la Comisión de Fiscalización, mediante el Acuerdo CF/001/2020 determinó los alcances de revisión, así como los Lineamientos para la realización de las visitas de verificación, monitoreo de anuncios, espectaculares y demás propaganda colocada en vía pública, diarios, revistas, otros medios impresos, internet y redes sociales, derivado de la revisión de los informes de precampaña, apoyo de la ciudadanía y campaña de los Procesos Electorales Locales Ordinarios 2019-2020, en el que se encuentra Hidalgo, así como los procesos extraordinarios que se pudieran derivar de dicho proceso.

  11. El 22 de enero de 2020, el Consejo General del INE, mediante el Acuerdo INE/CG23/2020, aprobó

    los plazos para la fiscalización de los informes de ingresos y gastos correspondientes a los periodos de obtención de apoyo de la ciudadanía, precampaña y campaña de los Procesos Electorales Locales Ordinarios 2019-2020, en el que se encuentra Hidalgo.

  12. El 22 de enero de 2020, el Consejo General del INE, mediante el Acuerdo INE/CG25/2020, determinó las reglas para la contabilidad, rendición de cuentas y fiscalización, así como los gastos que se consideran como de apoyo de la ciudadanía y precampaña para los Procesos Electorales Ordinarios 2019-2020, en el que se encuentra Hidalgo, así como de los procesos extraordinarios que pudieran derivar de dichos procesos.

  13. El 01 de abril de 2020, mediante Acuerdo INE/CG83/2020, el Consejo General de este Instituto aprobó ejercer la facultad de atracción para efecto de suspender temporalmente el desarrollo del Proceso Electoral Local en Hidalgo, con motivo de la pandemia Covid-19, generada por el virus SARS-CoV2.

  14. Que el 8 de julio de 2020, en sesión ordinaria del Consejo General del INE, se aprobó el Acuerdo INE/CG164/2020, mediante el cual reformó el Reglamento de Elecciones del Instituto Nacional Electoral, con ello se brinda mayor transparencia, información, así como la rendición de cuentas depositada en un instrumento que garantiza certeza jurídica en las elecciones articulando de manera precisa, clara y ordenada la secuencia de normas y actos necesarios que deben realizarse en una elección.

  15. El 30 de julio de 2020, mediante Acuerdo INE/CG170/2020, el Consejo General de este Instituto aprobó el Acuerdo mediante el cual se reanudaron las actividades inherentes al desarrollo del Proceso Electoral Local en Hidalgo, así como los ajustes al plan integral y calendarios de coordinación.

  16. El 30 de julio de 2020, en sesión extraordinaria del Consejo General del INE, mediante Acuerdo INE/CG172/2020 por el que se nombró la integración y presidencias de las comisiones permanentes, temporales y otros órganos del INE. En dicho acuerdo se determinó, entre otras, que la Comisión de Fiscalización estará integrada por la Consejera Electoral Dra. Carla Astrid Humphrey Jordán, así como por los Consejeros Electorales Dr. Ciro Murayama Rendón, Dr. Uuc-Kib Espadas Ancona, Mtro. Jaime Rivera Velázquez, y presidida por la Consejera Electoral Dra. Adriana Margarita Favela Herrera.

  17. El 30 de julio de 2020, en sesión extraordinaria del Consejo General del INE, mediante el Acuerdo INE/CG174/2020, por el que se reformó y adicionó diversas disposiciones del Reglamento de Fiscalización y del Reglamento de Comisiones del Consejo General del INE, en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género.

  18. El 7 de agosto de 2020, en sesión extraordinaria del Consejo General del INE, mediante Acuerdo INE/CG188/2020, emitió el plan integral y calendarios de coordinación de los Procesos Electorales Locales Concurrentes con el Federal 2020-2021.

  19. El 31 de agosto de 2020, mediante Acuerdo INE/CG247/2020, el Consejo General de este Instituto aprobó el ajuste a los plazos para la fiscalización de los informes de ingresos y gastos correspondientes al periodo de campaña, de los Procesos Electorales Locales Ordinarios 2019-2020, entre ellos el de Hidalgo, con motivo de la reanudación de dichas actividades que se encontraban suspendidas por la contingencia sanitaria.

  20. Que el 11 de septiembre de 2020, mediante la Resolución INE/CG289/2020, el Consejo General del INE, aprobó ejercer la facultad de atracción para ajustar a una fecha única la conclusión del periodo de precampañas y el relativo para recabar apoyo de la ciudadanía, para los Procesos Electorales Locales concurrentes con el Proceso Electoral Federal 2021, en acatamiento a la sentencia dictada por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en el expediente SUP-RAP-46/2020.

  21. El 18 de octubre de 2020, tuvo verificativo la Jornada Electoral del Proceso Electoral Local 2019-2020, para la renovación de los miembros de los ochenta y cuatro Ayuntamientos que conforman la entidad de Hidalgo.

  22. El 29 de octubre de 2020, se presentaron ante el Consejo Electoral de Acaxochitlán, diversos escritos de impugnación en virtud de los cuales se inconformaron con los resultados del computo municipal de la elección de dicho Ayuntamiento y la declaración de validez de la elección.

  23. El 24 de noviembre de 2020, se radicaron y acumularon diversos juicios de inconformidad en el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo, bajo el número de expediente JIN-02-PRI-112/2020 y sus acumulados.

  24. El 29 de noviembre siguiente, el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo emitió sentencia dentro del expediente JIN-02-PRI-112/2020 y sus acumulados, en la cual determinó en el apartado de EFECTOS declarar la validez de la elección del Ayuntamiento de Acaxochitlán, Hidalgo, en consecuencia, se confirmó el empate de la elección.

  25. En contra de dicha...

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