Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se presentan las medidas de racionalidad y disciplina presupuestaria derivadas de las obligaciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2021, a propuesta de la Junta General Ejecutiva y se aprueban los criterios específicos para la ejecución, control y seguimiento de las políticas y lineamientos de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria del Instituto Nacional Electoral para el ejercicio fiscal 2021.

Fecha de disposición26 Febrero 2021
Fecha de publicación26 Febrero 2021
EmisorINSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
SecciónUNICA. Organismos Autonomos

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional Electoral.- Consejo General.- INE/CG113/2021.

ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL POR EL QUE SE PRESENTAN LAS MEDIDAS DE RACIONALIDAD Y DISCIPLINA PRESUPUESTARIA DERIVADAS DE LAS OBLIGACIONES DE LA LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA Y DEL DECRETO DE PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2021, A PROPUESTA DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA Y SE APRUEBAN LOS CRITERIOS ESPECÍFICOS PARA LA EJECUCIÓN, CONTROL Y SEGUIMIENTO DE LAS POLÍTICAS Y LINEAMIENTOS DE RACIONALIDAD, AUSTERIDAD Y DISCIPLINA PRESUPUESTARIA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL PARA EL EJERCICIO FISCAL 2021"

ANTECEDENTES

  1. El 30 de marzo de 2006, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPYRH), la cual entró en vigor el 1 de abril de 2006 y de cuyo contenido se desprenden diversas obligaciones a cargo de los órganos con autonomía derivada de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

  2. El 19 de noviembre de 2019, se publicó en el DOF, la Ley Federal de Austeridad Republicana, la cual entró en vigor el 20 de noviembre del mismo año y de cuyo contenido se desprenden diversas acciones a cargo de los órganos con autonomía constitucional.

  3. El 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud declaró un estado de pandemia; debido a la rápida expansión de casos de SARS-CoV2 (COVID-19) en diversos países del mundo.

  4. El 17 de marzo de 2020, en sesión extraordinaria de la Junta General Ejecutiva (Junta), mediante Acuerdo INE/JGE34/2020 se determinaron medidas preventivas y de actuación, con motivo de la pandemia del COVID-19.

  5. El 23 de marzo de 2020, se publicó en la edición vespertina del DOF, el acuerdo mediante el cual el Consejo de Salubridad General reconoce la epidemia de enfermedad por el virus COVID-19 en México, como una enfermedad grave de atención prioritaria, así como se establecen las actividades de preparación y respuesta ante dicha epidemia.

  6. El 24 de marzo de 2020, se publicó en el DOF el acuerdo por el que se establecen las medidas preventivas que se deberán implementar para la mitigación y control de los riesgos para la salud que implica la enfermedad por el virus COVID-19.

  7. El 27 de marzo de 2020, en sesión extraordinaria del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (Consejo General), mediante Acuerdo INE/CG82/2020, determinó como medida extraordinaria la suspensión de plazos inherentes a las actividades de la función electoral, con motivo de la contingencia sanitaria derivada de la pandemia del Coronavirus, COVID19.

  8. El 30 de marzo de 2020, el Consejo de Salubridad General publicó en el DOF el acuerdo por el que se declara la emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, a la epidemia de enfermedad generada por el virus COVID-19, el cual señala que la Secretaría de Salud determinará todas las acciones que resulten necesarias para atender dicha emergencia sanitaria.

  9. El 31 de marzo de 2020, se publicó en el DOF el acuerdo por el que se estableció, como acción extraordinaria para atender la emergencia sanitaria generada por el virus COVID-19, que los sectores público, social y privado deberían implementar las medidas señaladas en el artículo primero del decreto.

  10. El 16 de abril de 2020, en sesión extraordinaria de la Junta, mediante Acuerdo INE/JGE45/2020 se modificó el diverso INE/JGE34/2020, por el que se determinaron medidas preventivas y de actuación, con motivo de la pandemia del COVID-19, a efecto de ampliar la suspensión de plazos procesales en la tramitación y sustanciación de los procedimientos administrativos competencia de los diversos órganos del Instituto, así como cualquier plazo de carácter administrativo, hasta que la propia Junta acuerde su reanudación, con base en la información sobre las condiciones sanitarias relacionadas con la pandemia del COVID-19, debiendo continuar vigentes de igual manera el resto de las determinaciones contenidas en el Acuerdo de referencia.

  11. El 14 de mayo de 2020, se publicó en el DOF el acuerdo mediante el cual la Secretaría de Salud

    estableció una estrategia para la reapertura de las actividades sociales, educativas y económicas, así como un sistema de semáforo por regiones para evaluar semanalmente el riesgo epidemiológico relacionado con la reapertura de actividades en cada entidad federativa, así como el establecimiento de medidas extraordinarias.

  12. El 15 de mayo de 2020, se publicó en el DOF el acuerdo mediante el cual, la Secretaría de Salud modificó el diverso por el que se estableció una estrategia para la reapertura de las actividades sociales, educativas y económicas, así como un sistema de semáforo por regiones para evaluar sanamente el riesgo epidemiológico relacionado con la reapertura de actividades en cada entidad federativa, así como el establecimiento de acciones extraordinarias, publicado el 14 de mayo de 2020.

  13. El 28 de mayo de 2020, el Consejo General mediante Acuerdo INE/CG97/2020, determinó la reanudación de algunas actividades suspendidas como medida extraordinaria con motivo de la contingencia sanitaria derivada de la pandemia del coronavirus, COVID-19, mediante Acuerdo INE/GE82/2020, o que no han podido ejecutarse, respecto al proceso de constitución de nuevo Partidos Políticos Nacionales y se modifica el plazo para dictar la resolución respecto de las siete solicitudes de registro presentadas.

  14. El 24 de junio de 2020, la Junta, emitió el Acuerdo INE/JGE69/2020, con el que aprobó la "Estrategia y la Metodología para el levantamiento de plazos relacionados con actividades administrativas, así como para el regreso paulatino a las actividades presenciales por parte del personal".

  15. El 26 de junio de 2020, de acuerdo con lo establecido en el acuerdo mencionado en el antecedente anterior, se instaló el Grupo Estratégico INE-19, por virtud de la aprobación del Acuerdo INE/JGE69/2020.

  16. El 26 de agosto de 2020, en sesión extraordinaria el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (Consejo General), mediante Acuerdo INE/CG236/2020, aprobó el anteproyecto de presupuesto para el ejercicio fiscal del año 2021, que en su Punto de Acuerdo Quinto establece:

    QUINTO. El Consejo General deberá aprobar los ajustes al presupuesto de conformidad con las determinaciones que, en su caso, establezca la Cámara de Diputados, así como las medidas de racionalidad y disciplina presupuestaría correspondientes para el ejercicio del presupuesto 2021 del Instituto, derivadas del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación y las que proponga adicionalmente la Junta General Ejecutiva.

  17. El 28 de octubre de 2020, el Congreso de la Unión publicó en el DOF, el Decreto por el que se expide la Convocatoria de Consulta Popular.

  18. El 28 de octubre de 2020, en sesión ordinaria el Consejo General, mediante Acuerdo INE/CG554/2020 aprobó la propuesta de recursos adicionales al Anteproyecto de Presupuesto del Instituto para la realización de la Consulta Popular el 1 de agosto de 2021, con el objeto de solicitar a la Cámara de Diputados sea considerada en la aprobación del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2021, a propuesta de la Junta.

  19. El 30 de noviembre de 2020, el Ejecutivo Federal, publicó en el DOF, el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2021, en el cual se determinó una reducción de 870 millones de pesos al presupuesto originalmente solicitado por el Instituto.

  20. El 7 de diciembre de 2020, en sesión extraordinaria del Consejo General mediante Acuerdo INE/CG634/2020 se aprobó el Presupuesto para el Ejercicio Fiscal del año 2021, que refleja la reducción realizada por la Cámara de Diputados y que, en su Punto de Acuerdo Sexto, fracción I, numeral 6, señala:

    SEXTO. Se establece, derivado de las obligaciones previstas en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2021 y de conformidad con lo establecido en la normatividad aplicable al Instituto Nacional Electoral, que:

  21. Corresponde a la Junta General Ejecutiva:

    ...

    1. Proponer al Consejo General para su aprobación, las medidas de racionalidad y disciplina del gasto, y sus respectivas metas de ahorro, mismas que deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en la página de internet del Instituto, a más tardar el último día hábil del mes de febrero, de conformidad con el artículo 10 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2021.

  22. El 9 de diciembre de 2020, el Secretario Ejecutivo, en representación de este Instituto, presentó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación demanda de controversia constitucional, en contra del decreto señalado en el antecedente XVII precedente, en razón de que no se previeron los recursos necesarios, a fin de poder realizar el mencionado mecanismo de participación ciudadana, haciendo con ello nugatorio el ejercicio de las atribuciones constitucionales que tiene encomendado este órgano constitucional autónomo.

  23. El 15 de diciembre de 2020, el Secretario Ejecutivo, en representación de este Instituto, presentó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación demanda de controversia constitucional, en contra del Decreto de Presupuesto señalado en el antecedente XIX precedente, en razón de que no se previeron los recursos planeados y presupuestados, haciendo igualmente con ello nugatorio el ejercicio de las atribuciones constitucionales de este órgano constitucional autónomo.

  24. El 18 de febrero del 2021, en sesión ordinaria de la Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral, se aprobó mediante Acuerdo INE/JGE25/2021, someter a la aprobación del Consejo General, las medidas de racionalidad y disciplina presupuestaria derivadas de las obligaciones de la LFPYRH y del Decreto de...

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