Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se determina el mecanismo para la aplicación de la fórmula de asignación de las Curules por el Principio de Representación Proporcional en la Cámara de Diputados, que correspondan a los partidos políticos nacionales con base en los resultados que obtengan en la jornada electoral a celebrarse el seis de junio de dos mil veintiuno.

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional Electoral.- Consejo General.- INE/CG193/2021.

ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL POR EL QUE SE DETERMINA EL MECANISMO PARA LA APLICACIÓN DE LA FÓRMULA DE ASIGNACIÓN DE LAS CURULES POR EL PRINCIPIO DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL EN LA CÁMARA DE DIPUTADOS, QUE CORRESPONDAN A LOS PARTIDOS POLÍTICOS NACIONALES CON BASE EN LOS RESULTADOS QUE OBTENGAN EN LA JORNADA ELECTORAL A CELEBRARSE EL SEIS DE JUNIO DE DOS MIL VEINTIUNO

GLOSARIO

CG/Consejo General
Consejo General del Instituto Nacional Electoral
DEPPP
Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos
DOF
Diario Oficial de la Federación
INE/Instituto
Instituto Nacional Electoral
LGIPE
MR
Mayoría Relativa
PAN
Partido Acción Nacional
PEF
Proceso Electoral Federal
PPN
Partido(s) Político(s) Nacional(es)
PRD
Partido de la Revolución Democrática
PRI
Partido Revolucionario Institucional
PT
Partido del Trabajo
PVEM
Partido Verde Ecologista de México
RP
Representación Proporcional
SCJN
Suprema Corte de Justicia de la Nación
TEPJF
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

ANTECEDENTES

I. Mecanismo de asignación PEF 2014-2015. En sesión extraordinaria de fecha once de marzo de dos mil quince, fue aprobado el "Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se determina el mecanismo para la aplicación de la Fórmula de asignación de las curules por el Principio de Representación Proporcional en la Cámara de Diputados, que correspondan a los partidos políticos con base en los resultados que obtengan en la Jornada Electoral a celebrarse el siete de junio de dos mil quince", con clave INE/CG89/2015, publicado el uno de junio del año dos mil quince en el Diario Oficial.

II. Acuerdo de Asignación PEF 2014-2015. En sesión ordinaria celebrada el veintitrés de agosto de dos mil quince se aprobó el "Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se efectúa el cómputo total, se declara la validez de la elección de diputados por el principio de representación proporcional y se asignan a los Partidos Políticos Nacionales Acción Nacional, Revolucionario Institucional, de la Revolución Democrática, Verde Ecologista de México, Movimiento Ciudadano, Nueva Alianza, Morena y Encuentro Social, los diputados que les corresponden para el periodo 2015-2018", identificado con la clave INE/CG804/2015, publicado en el DOF el dos de septiembre del mismo año.

III. Demarcación territorial de los trescientos Distritos Electorales federales uninominales. En

sesión extraordinaria efectuada el quince de marzo de dos mil diecisiete se emitió el "Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, por el que se aprueba la demarcación territorial de los trescientos Distritos Electorales federales uninominales en que se divide el país y sus respectivas cabeceras distritales, a propuesta de la Junta General Ejecutiva", identificado con la clave INE/CG59/2017, el cual fue publicado en el DOF el diecinueve de mayo de dos mil diecisiete.

IV. Mecanismo de asignación PEF 2017-2018. En sesión extraordinaria de cuatro de abril de dos mil dieciocho, se autorizó el "Acuerdo por el que se determina el mecanismo para la aplicación de la fórmula de asignación de las curules por el principio de representación proporcional en la Cámara de Diputados, que correspondan a los partidos políticos con base en los resultados que obtengan en la Jornada Electoral a celebrarse el primero de julio de dos mil dieciocho", identificado con la clave INE/CG302/2018, publicado en el DOF el veintisiete de abril de dos mil dieciocho.

V. Ámbito territorial de las cinco circunscripciones plurinominales electorales federales. En sesión extraordinaria realizada el veinte de julio de dos mil diecisiete, se adoptó el "Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, por el que se aprueba el ámbito territorial de las cinco circunscripciones plurinominales electorales federales en que se divide el país y la capital de la entidad federativa que será cabecera de cada una de ellas, a propuesta de la Junta General Ejecutiva", identificado con la clave INE/CG329/2017, publicado en el DOF el cuatro de septiembre del mismo año.

VI. Acuerdo de Asignación PEF 2017-2018. En sesión ordinaria celebrada el veintitrés de agosto de dos mil dieciocho se aprobó el "Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se efectúa el cómputo total, se declara la validez de la elección de diputados por el principio de representación proporcional y se asignan a los Partidos Políticos Nacionales Acción Nacional, Revolucionario Institucional, de la Revolución Democrática, del Trabajo, Verde Ecologista de México, Movimiento Ciudadano y Morena, las diputaciones que les corresponden para el periodo 2018-2021", identificado con la clave INE/CG1181/2018, publicado en el DOF el doce de septiembre del mismo año.

VII. Marco Geográfico Electoral. En sesión extraordinaria realizada el veintiséis de agosto de dos mil veinte se emitió el "Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, por el que se aprueba el Marco Geográfico Electoral que se utilizará en los Procesos Electorales Federal y Locales 2020-2021", identificado con la clave INE/CG232/2020, publicado el diecisiete de septiembre de dos mil veinte en el DOF.

VIII. Reforma en materia de paridad transversal. El 6 de junio de dos mil diecinueve fue publicado en el DOF el Decreto por el que se reforman los artículos 2, 4, 35, 41, 52, 53, 56, 94 y 115; de la CPEUM, en materia de Paridad entre Géneros, conocida como paridad en todo o paridad transversal.

IX. Reforma en materia de violencia política en razón de género. El trece de abril de dos mil veinte, fue publicado en la edición vespertina del DOF el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, de la Ley General de Partidos Políticos, de la Ley General en Materia de Delitos Electorales, de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

X. Lineamientos en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género. En fecha veintiocho de octubre de dos mil veinte, mediante Acuerdo INE/CG517/2020, se aprobaron los "Lineamientos para que los Partidos Políticos Nacionales y, en su caso, los Partidos Políticos Locales, prevengan, atiendan, sancionen, reparen y erradiquen la violencia política contra las mujeres en razón de género".

XI. Criterios para el registro de candidaturas. En sesión extraordinaria de dieciocho de noviembre de dos mil veinte se aprobó el "Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se aprueba los criterios aplicables para el registro de candidaturas a diputaciones por ambos principios que presenten los Partidos Políticos Nacionales y, en su caso, las coaliciones ante los Consejos del Instituto, para el Proceso Electoral Federal 2020-2021", identificado con la clave INE/CG572/2020.

XII. Instructivo para formar Coaliciones. En sesión extraordinaria del Consejo General, celebrada el siete de diciembre de dos mil veinte, se aprobó el Acuerdo por el que se emite el Instructivo que deberán observar los PPN que busquen formar coaliciones para la elección de Diputaciones por el principio de Mayoría Relativa, en sus diversas modalidades, para el PEF 2020-2021, identificado con la clave INE/CG636/2020.

XIII. Impugnación del Acuerdo INE/CG572/2020. Inconformes con los criterios establecidos en el referido Acuerdo del Consejo General, los partidos políticos Acción Nacional, de la Revolución Democrática, del Trabajo, Verde Ecologista de México y Encuentro Solidario, así como el ciudadano José Alfredo Chavarría Rivera, interpusieron medios de impugnación para controvertir tales criterios.

XIV. Sentencia del TEPJF. El veintinueve de diciembre de dos mil veinte, la Sala Superior del TEPJF dictó sentencia en los expedientes SUP-RAP-121/2020 y acumulados, mediante la cual modificó el Acuerdo INE/CG572/2020 a efecto de que este Consejo General determine los veintiún Distritos en los que deberán postularse candidaturas a diputaciones por el principio de mayoría relativa según la acción afirmativa indígena y fijó Lineamientos para que se establezcan las medidas afirmativas tendentes a garantizar las condiciones de igualdad sustantiva para la participación política de las personas con discapacidad, así como de otros grupos en situación de vulnerabilidad.

XV. Aprobación de Convenios de Coalición. Con fecha quince de enero de dos mil veintiuno, el Consejo General aprobó, mediante Resoluciones identificadas con los números INE/CG20/2021 e INE/CG21/2021, las solicitudes de registro de dos convenios de Coalición, el primero respecto de la solicitud de registro del Convenio de la Coalición parcial denominada "Va por México" para postular ciento setenta y seis fórmulas de candidaturas a diputados por el principio de mayoría relativa, presentado por el Partido Acción Nacional, el Partido Revolucionario Institucional y el Partido de...

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