Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se emite la convocatoria a la ciudadanía interesada en postularse a una candidatura independiente para una Senaduría de mayoría relativa en el Estado de Nayarit, en la Elección Extraordinaria 2021.

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional Electoral.- Consejo General.- INE/CG330/2021.

ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL POR EL QUE SE EMITE LA CONVOCATORIA A LA CIUDADANÍA INTERESADA EN POSTULARSE A UNA CANDIDATURA INDEPENDIENTE PARA UNA SENADURÍA DE MAYORÍA RELATIVA EN EL ESTADO DE NAYARIT, EN LA ELECCIÓN EXTRAORDINARIA 2021

GLOSARIO

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Aplicación móvil
Consejo General
Consejo General del Instituto Nacional Electoral
CPPP
Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral
DEPPP
Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral
DERFE
Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores del Instituto Nacional Electoral
DOF
Diario Oficial de la Federación
INE/Instituto
Instituto Nacional Electoral
LGIPE
PPN
Partido(s) Político(s) Nacional(es)
PEF
Proceso Electoral Federal
TEPJF
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

ANTECEDENTES

  1. Reforma Constitucional 2014. El diez de febrero de dos mil catorce, se publicó en el DOF el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución, en materia político-electoral. Respecto de dicho Decreto, se destaca la creación del INE.

  2. Emisión de la LGIPE y LGPP. El veintitrés de mayo de dos mil catorce, se publicaron en el DOF los Decretos por los que se expiden la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales LGIPE y la LGPP.

  3. Proceso Electoral Ordinario 2017-2018. El uno de julio de dos mil dieciocho, se llevaron a cabo elecciones federales ordinarias para elegir a las personas integrantes de la LXIV y LXV Legislaturas para la Cámara de Senadores.

  4. Declaración de validez de la elección de senadurías. El ocho de julio de dos mil dieciocho, el Consejo Local del Instituto Nacional Electoral en Nayarit declaró la validez de la elección de senadurías por el principio de mayoría relativa, en la que resultaron ganadoras las fórmulas postuladas por la entonces coalición "Juntos Haremos Historia", integradas de la siguiente forma:

    Fórmula
    Propietaria(o)
    Suplente
    Primera fórmula
    Cora Cecilia
    Pinedo Alonso
    Sandra Elizabeth
    Alonso Gutiérrez
    Segunda fórmula
    Miguel Ángel
    Navarro Quintero
    Daniel
    Sepúlveda Árcega
  5. Revocación de constancia de mayoría relativa del suplente de la segunda fórmula. El veintisiete de julio de dos mil dieciocho, el Pleno de la Sala Regional Guadalajara del TEPJF, en sesión pública, dictó sentencia en el juicio de inconformidad SG-JIN-107/2018, por medio del cual revocó la constancia de mayoría y validez de Daniel Sepúlveda Árcega, suplente de la segunda fórmula postulada por la entonces coalición "Juntos Haremos Historia", la cual obtuvo el triunfo en la elección de senadurías de mayoría relativa en el estado de Nayarit.

  6. Calendario del PEF 2020-2021. El veintiséis de agosto de dos mil veinte, en sesión extraordinaria del Consejo General, se emitió el Acuerdo [...] por el que se aprueba el plan integral y calendario del Proceso Electoral Federal 2020-2021, a propuesta de la Junta General Ejecutiva, identificado como INE/CG218/2020.

  7. Inicio del PEF 2020-2021. Con la sesión extraordinaria del Consejo General, celebrada el siete de septiembre de dos mil veinte, dio inicio formalmente el PEF 2020-2021.

  8. Facultad de atracción del INE en acatamiento a la sentencia de la Sala Superior del TEPJF. El once de septiembre de dos mil veinte, en sesión extraordinaria del Consejo General, se emitió la Resolución [...] por la que se aprueba ejercer la facultad de atracción para ajustar a una fecha única la conclusión del periodo de precampañas y el relativo para recabar apoyo ciudadano, para los Procesos Electorales Locales Concurrentes con el Proceso Electoral Federal 2021, en acatamiento a la sentencia dictada por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en el expediente SUP-RAP-46/2020, identificada como INE/CG289/2020, en cuyo Punto Resolutivo PRIMERO establece lo siguiente:

    "PRIMERO. Se ejerce la facultad de atracción y para los procesos electorales Federal y locales, se establece la fecha de término de las precampañas, de conformidad con lo siguiente:

    Bloque
    Entidades
    Fecha de término
    para Precampaña
    1
    Colima, Guerrero, Nuevo León y San Luis Potosí
    8 de enero de 2021
    1-A
    Sonora
    23 de enero de 2021
    2
    Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Chiapas, Chihuahua, Ciudad de México, Durango, Guanajuato, Hidalgo, Michoacán, Morelos, Oaxaca, Sinaloa, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Zacatecas y Elección Federal
    31 de enero de 2021
    3
    Coahuila, Jalisco, Querétaro, Quintana Roo y Yucatán
    12 de febrero de
    2021
    4
    Campeche, Estado de México, Nayarit, Puebla y Veracruz
    16 de febrero de
    2021

    [...]

    A fin de darle eficacia a la medida que se toma, se ajusta el plazo de inicio de las precampañas federales, para que comiencen el 23 de diciembre de 2020. Por su parte, el periodo para recabar apoyo ciudadano para diputaciones federales dará inicio el 3 de diciembre de 2020."

  9. Lineamientos. En fecha veintiocho de octubre de dos mil veinte, mediante Acuerdo INE/CG517/2020, se aprobaron los "Lineamientos para que los Partidos Políticos Nacionales y, en su caso, los Partidos Políticos Locales, prevengan, atiendan, sancionen, reparen y erradiquen la violencia política contra las mujeres en razón de género".

  10. Aprobación del Acuerdo INE/CG551/2020. El veintiocho de octubre de dos mil veinte, fue aprobado el Acuerdo por el que se emite la convocatoria y se aprueban los Lineamientos para la verificación del cumplimiento del porcentaje de apoyo de la ciudadanía inscrita en la lista nominal de electores que se requiere para el registro de candidaturas independientes para diputaciones federales por el principio de mayoría relativa en el PEF 2020-2021.

  11. Solicitud de licencia presentada por el Senador de la segunda fórmula al cargo. El Senador propietario Miguel Ángel Navarro Quintero, electo por el principio de mayoría relativa, de la segunda fórmula en el estado de Nayarit, presentó a la Cámara de Senadores comunicación de fecha diecisiete de noviembre de dos mil veinte, por la que solicitó licencia para separarse de sus funciones

    legislativas por tiempo indefinido, con efectos a partir del quince de diciembre de dos mil veinte, misma que fue aprobada por el Pleno del Senado de la República el diecinueve de noviembre de dos mil veinte. Como consecuencia, las Senadurías correspondientes al estado de Nayarit se encuentran incompletas, y por consiguiente, la conformación del Senado de la República.

  12. Modificación del Acuerdo INE/CG551/2020. Con fecha quince de diciembre de dos mil veinte, el Consejo General aprobó el Acuerdo INE/CG688/2020 por el que se modifica la base novena de la Convocatoria a la ciudadanía con interés en postularse como candidatas o candidatos independientes a diputaciones federales por el principio de mayoría relativa para el PEF 2020-2021, así como los Lineamientos para la verificación del cumplimiento del porcentaje de apoyo de la ciudadanía inscrita en la lista nominal de electores que se requiere para el registro de dichas candidaturas, aprobados mediante Acuerdo INE/CG551/2020.

  13. Sistema "Candidatas y Candidatos, Conóceles". Con fecha cuatro de marzo de dos mil veintiuno, el Consejo General aprobó el Acuerdo INE/CG161/2021 por el que se emiten los Lineamientos para el uso del Sistema denominado "Candidatas y Candidatos, Conóceles", para el PEF 2020-2021.

  14. Acuerdo de la Mesa Directiva del Senado de la República. El once de marzo de dos mil veintiuno, la Mesa Directiva aprobó Acuerdo por el que se mandata a la Presidencia del Senado a emitir la declaración de vacante al cargo de Senaduría de la República en la segunda fórmula por mayoría relativa del estado de Nayarit.

  15. Convocatoria a Elecciones Extraordinarias de Senadurías en el estado de Nayarit. La Cámara de Senadores, con fecha once de marzo de dos mil veintiuno, aprobó el Decreto por el que se convoca a elecciones extraordinarias en el estado de Nayarit. En dicha convocatoria se mandata, entre otros temas, a celebrar la elección el seis de junio de dos mil veintiuno, a que la calificación, cómputo y declaratoria de la elección por el estado de Nayarit se realice de conformidad con las disposiciones federales correspondientes en materia electoral, y a que el Consejo General, conforme a lo dispuesto por el artículo 24 de la LGIPE ajuste los plazos previstos por la misma Ley para la realización de la elección, con la finalidad de procurar la austeridad en el empleo de los recursos materiales y humanos correspondientes a este tipo de ejercicio democráticos.

  16. Impugnación al Decreto por el que se expide la Convocatoria. El quince y veinticuatro de marzo de dos mil veintiuno, los partidos políticos Movimiento Ciudadano, Acción Nacional y de la Revolución Democrática, respectivamente impugnaron mediante juicio electoral el Decreto por el que el Senado de la República declaró la vacante de la senaduría correspondiente a la segunda fórmula del Estado de Nayarit, integrada por Miguel Ángel Navarro Quintero (propietario) y Daniel Sepúlveda Arcega (suplente), así como la respectiva convocatoria a elecciones extraordinarias de senadurías en la referida entidad federativa, emitida y publicada en la Gaceta del Senado el once de marzo del año en curso. Los asuntos...

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