Acuerdo de Coordinación para la ejecución del Programa de Infraestructura Indígena que celebran la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas y el Estado de Yucatán

Fecha de disposición10 Abril 2015
Fecha de publicación10 Abril 2015
SecciónTERCERA. Organismos Desconcentrados o Descentralizados

En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF.

Al margen un logotipo, que dice: Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas.

AC/DYUC/001/20015

ACUERDO DE COORDINACION PARA LA EJECUCION DEL PROGRAMA DE INFRAESTRUCTURA INDIGENA, EN ADELANTE "EL PROGRAMA", QUE CELEBRAN LA COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDIGENAS, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARA "LA COMISION", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR JESUS CARLOS VIDAL PENICHE, EN SU CARACTER DE DELEGADO ESTATAL EN YUCATAN Y EL GOBIERNO DEL ESTADO DE YUCATAN, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÀ "EL GOBIERNO DEL ESTADO", A TRAVES DE LA SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL DEL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE YUCATAN, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL MTRO. ALBERTO FRANSCISCO LEZAMA PACHECO EN SU CARACTER DE ENCARGADO DEL DESPACHO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "LA EJECUTORA", MISMAS QUE CUANDO ACTUEN DE MANERA CONJUNTA SE LES NOMBRARA COMO "LAS PARTES"; DOCUMENTO QUE SUSCRIBEN AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. El Artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su Apartado B, establece la obligación para la Federación, los Estados y los Municipios, de impulsar el desarrollo integral de las zonas indígenas con el propósito de fortalecer las economías locales y mejorar las condiciones de vida de sus pueblos, mediante acciones coordinadas entre los tres órdenes de gobierno.

  2. El Artículo 2o. Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Yucatán, señala que el Estado garantizará, protegerá y promoverá el desarrollo social, económico, político y cultural del pueblo maya.

  3. El Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de diciembre de 2014, establece en su artículo 29 que los programas que deberán sujetarse a reglas de operación son aquellos enunciados dentro de su anexo 25, considerándose dentro de ese documento a los Programas de "LA COMISION".

  4. El artículo 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria dispone que con objeto de asegurar la aplicación eficaz, eficiente, oportuna, equitativa y transparente de los recursos públicos, entre los que se encuentran los de "EL PROGRAMA", deberán sujetarse a reglas de operación que establezcan los requisitos, criterios e indicadores que lo regulen.

  5. Dentro de los programas de "LA COMISION" se encuentra el "Programa de Infraestructura Indígena, el cual opera con Reglas de Operación, mismas que fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación, el día 24 de diciembre de 2014, en lo sucesivo "LAS REGLAS DE OPERACION".

  6. "LAS REGLAS DE OPERACION" de "EL PROGRAMA" establecen como objetivo general: "Contribuir a que los habitantes de las localidades indígenas elegibles superen el aislamiento y dispongan de bienes y servicios básicos, mediante la construcción de obras de infraestructura básica y de vivienda".

  7. Que "LAS REGLAS DE OPERACION" establecen en su punto 3.1.1.1. que para una mejor planeación e integración de la Cartera de Obras, los Gobiernos de los Estados integrarán y presentarán durante el último trimestre del año, una propuesta de obras a desarrollar durante el año siguiente, a fin de que en forma conjunta con la Delegación de "LA COMISION", las instancias normativas federales y la Dirección General de Infraestructura, se analice su factibilidad de ejecución, para que en caso de que sea positivo, se integre el proyecto ejecutivo, se revise y valide técnicamente y se conforme la posible lista de obras a concertar.

  8. Que a la fecha "LAS PARTES" han revisado y aprobado la cartera de obras a realizarse y ejecutarse durante el 2015 con recursos presupuestales de dicho ejercicio fiscal, por lo que a efecto de contribuir a un

    ejercicio eficiente y oportuno del gasto público, en particular, tratándose de inversión en infraestructura es que "LAS PARTES" han decidido suscribir el presente instrumento.

  9. De conformidad con "LAS REGLAS DE OPERACION" para la ejecución de "EL PROGRAMA" existe la necesidad de celebrar un Acuerdo de Coordinación con los gobiernos de los estados para la aplicación de los recursos.

  10. "LAS REGLAS DE OPERACION" de "EL PROGRAMA" establecen la constitución de un Comité de Regulación y Seguimiento, en lo sucesivo "EL CORESE" como la instancia colegiada de coordinación institucional creada con el propósito de garantizar el cumplimiento de los compromisos adquiridos entre "LAS PARTES" en los Acuerdos de Coordinación en el marco de "EL PROGRAMA"

    DECLARACIONES

  11. De "LA COMISION":

    I.1. Que es un organismo descentralizado de la administración pública federal, no sectorizado, con personalidad jurídica, con patrimonio propio, con autonomía operativa, técnica, presupuestal y administrativa, de conformidad con su Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación de fecha 21 de mayo de 2003.

    I.2. Que tiene como objeto orientar, coordinar, promover, apoyar, fomentar, dar seguimiento y evaluar los programas, proyectos, estrategias y acciones públicas para el desarrollo integral y sustentable de los pueblos y comunidades indígenas y tiene facultades para establecer acuerdos y convenios de coordinación con los gobiernos de las entidades federativas, con la participación que corresponda a sus municipios, para llevar programas, proyectos y acciones conjuntas a favor de los pueblos y comunidades indígenas.

    I.3. Que Jesús Carlos Vidal Peniche, Delegado Estatal en Yucatán, cuenta con las facultades suficientes para suscribir el presente Acuerdo de Coordinación, de conformidad con el artículo 25 fracción VIII del Estatuto Orgánico de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, así como el Poder otorgado ante el Licenciado José Ignacio Sentíes Laborde, Notario Público No. 104, del Distrito Federal, mediante Escritura Pública No. 82499 de fecha 3 de septiembre de 2007.

    I.4 Que su domicilio legal es el ubicado en el predio número 389 Planta Alta de la calle 72 (Av. Reforma) por 37 de la Colonia García Ginerés de Mérida, Yucatán. C.P. 97100.

    I.5. Que la Unidad de Política y Control Presupuestario, perteneciente a la Subsecretaría de Egresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, mediante oficio No. 307-A.- 4797 de fecha 17 de diciembre de 2014 realiza la comunicación oficial del Presupuesto de Egresos de la Federación y Calendarios para el Ejercicio Fiscal 2015.

  12. De "EL GOBIERNO DEL ESTADO":

    II.1 Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 40 y 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 12 y 44 de la Constitución Política del Estado de Yucatán, es un Estado Libre y Soberano que forma parte integrante de la Federación, cuyo Poder Ejecutivo lo ejerce el Gobierno del Estado.

    II.2 La Secretaría de Desarrollo Social, designada como Dependencia Estatal Responsable de la ejecución de "EL PROGRAMA" es una dependencia centralizada de la Administración Pública Estatal, de conformidad con los artículos 2, 3 y 22 fracción VIII del Código de la Administración Pública de Yucatán y 4 del Reglamento del Código de Administración Pública de Yucatán, y que le corresponde el despacho, entre otros asuntos, el de conducir la política social del Estado e integrar la coordinación a nivel sectorial en materia de desarrollo social, conjuntamente con los niveles del Gobierno Federal y Municipal; así como promover y acordar las acciones y programas de desarrollo

    social en el Estado en materia de salud, educación, vivienda, infraestructura social básica; atención a grupos vulnerables, entre otros aspectos relacionados con la superación del rezago social, de conformidad con la fracción I del artículo 37 del Código de Administración Pública de Yucatán.

    II.3 Que en coordinación con la Delegación Estatal en Yucatán de "LA COMISION" estableció la prioridad de las obras a realizar, objeto del presente instrumento, de conformidad con "LAS REGLAS DE OPERACION". Asimismo, se determinó que cuentan con las características de población objetivo con base a la metodología desarrollada por "LA COMISION", para la identificación de la población indígena a nivel de localidad construida a partir del criterio de hogares indígenas y/o localidades reconocidas como indígenas en las constituciones o leyes estatales. Por otra parte, el tipo de las obras corresponde a los de apoyo de "EL PROGRAMA" y cuentan con el consentimiento de los beneficiarios.

    II.4 Que el Mtro. Alberto Francisco Lezama Pacheco, en su carácter de Encargado del Despacho de la Secretaría de Desarrollo Social del Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado, tiene las facultades legales para suscribir el presente instrumento jurídico en virtud de lo establecido en los artículos 24 y 27 fracción IV del Código de Administración Pública de Yucatán; y 1, 3 fracciones VI; VIII y XIII, 4, 5, 11 Apartado B, fracciones III, VI, XI y XIV, 16 y 145 fracciones I, II, IV, VII y IX de su Reglamento, así como de su nombramiento expedido por el Titular del Ejecutivo de fecha nueve de enero de dos mil quince.

    II.5 Para efectos del presente Acuerdo de Coordinación, señala como su domicilio el ubicado en el predio marcado con el número 518 de la calle 64 entre 65 y 67 del Centro, Código Postal 97000, en esta Ciudad de Mérida, Yucatán.

    Por lo expuesto y en el ámbito de aplicación de cada una de "LAS PARTES" con fundamento en lo que disponen los Artículos 2o. Apartado B, 26, 40, 43, 105 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 5, 22 y 59 fracción I de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR