Acuerdo por el que se da a conocer el cambio de domicilio de Telecomunicaciones de México.

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EmisorTelecomunicaciones de México

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Al margen un logotipo, que dice: Telecomunicaciones de México. JORGE ALBERTO JURAIDINI RUMILLA, Director General de Telecomunicaciones de México, con fundamento en los artículos 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 14, 22 fracción I, 59 fracciones IX y XIV de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 4 y 42 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 70 fracción XIII de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 11 fracciones I, VII, XIII y XV del Decreto por el que se crea el Organismo Descentralizado Telecomunicaciones de México; 19 fracciones I, II y IV del Estatuto Orgánico de Telecomunicaciones de México, y

CONSIDERANDO

Que Telecomunicaciones de México es un Organismo Descentralizado de la Administración Pública Federal, creado mediante Decreto Presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de agosto de 1986 y reformado por diversos publicados en el mismo medio informativo el 17 de noviembre de 1989, 29 y 30 de octubre de 1990, 6 de enero de 1997 y 14 de abril de 2011, con personalidad jurídica y patrimonio propios, agrupado en el sector coordinado por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, cuyo objeto es la prestación del servicio público de telégrafos, giros telegráficos, radiotelegrafía y telecomunicaciones, de acuerdo con las funciones a que se refiere el artículo 3 de su Decreto de Creación.

Que en términos de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, la Administración Pública Federal debe establecer las oficinas para los trámites que se realicen ante la misma, a fin de dotar al interesado del pleno conocimiento del lugar en donde habrán de llevarse a cabo la recepción de correspondencia, trámites y servicios, notificaciones, diligencias y demás procedimientos administrativos.

Que de conformidad con la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Telecomunicaciones de México, como sujeto obligado de la misma tiene la obligación de poner a disposición del público y actualizar, entre otras, la información relativa al domicilio de su Unidad de Transparencia.

Que de acuerdo a lo anteriormente expuesto y con el propósito de dar certeza a los interesados sobre el domicilio donde...

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