Acuerdo por el que se da a conocer el Informe anual sobre la situación de pobreza y rezago social de las entidades, municipios y demarcaciones territoriales para el ejercicio fiscal 2019. (Continúa en la Tercera Sección).

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DOF: 31/01/2019
ACUERDO por el que se da a conocer el Informe anual sobre la situación de pobreza y rezago social de las entidades, municipios y demarcaciones territoriales para el ejercicio fiscal 2019 .ANOTACION {text-indent:0.0pt;text-align:center;font-size:9.0pt;margin-left:0.0pt;margin-bottom:5.05pt;font-family:serif,Times,Times Roman,Times-Roman;margin-top:5.05pt;font-weight:bold;} .Fechas {margin-right:14.4pt;text-indent:0.0pt;text-align:justify;font-size:9.0pt;border-bottom: 0.75pt solid rgb(0,0,0);margin-left:14.4pt;margin-bottom:0.0pt;font-family:serif,Times,Times Roman,Times-Roman;padding-bottom:0.05pt;} .Normal {text-indent:0.0pt;font-size:12.0pt;margin-left:0.0pt;font-family:serif,Times,Times Roman,Times-Roman;} .Texto {text-indent:14.4pt;text-align:justify;font-size:9.0pt;margin-left:0.0pt;margin-bottom:5.05pt;font-family:Tahoma,Arial Unicode MS,Verdana,system, , ,Arial Black,sans-serif,Helvetica,dialog;} .Sin_lista {text-indent:0.0pt;font-size:10.0pt;margin-left:0.0pt;font-family:serif,Times,Times Roman,Times-Roman;} .Hipervínculo {color:#0000ff;text-decoration:underline;} .Titulo_2 {padding-top:0.05pt;text-indent:0.0pt;text-align:justify;font-size:9.0pt;margin-left:0.0pt;margin-bottom:5.05pt;font-family:Tahoma,Arial Unicode MS,Verdana,system, , ,Arial Black,sans-serif,Helvetica,dialog;border-top: 0.75pt solid rgb(0,0,0);} .Titulo_1 {text-indent:0.0pt;text-align:justify;font-size:9.0pt;border-bottom: 1.5pt solid rgb(0,0,0);margin-left:0.0pt;margin-bottom:0.0pt;font-family:serif,Times,Times Roman,Times-Roman;margin-top:6.0pt;font-weight:bold;padding-bottom:0.05pt;} .Párrafo_de_lista {text-indent:0.0pt;font-size:11.0pt;margin-left:36.0pt;margin-bottom:10.0pt;font-family:Arial;} ACUERDO por el que se da a conocer el Informe anual sobre la situación de pobreza y rezago social de las entidades, municipios y demarcaciones territoriales para el ejercicio fiscal 2019. (Continúa en la Tercera Sección).Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- BIENESTAR.- Secretaría de Bienestar. MARÍA LUISA ALBORES GONZÁLEZ, Secretaria de Bienestar, con fundamento en los artículos 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; Décimo Quinto Transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2018; 33 de la Ley de Coordinación Fiscal; 36 y 37 de la Ley General de Desarrollo Social; Décimo Cuarto Transitorio del Decreto por el que se declaran reformadas y derogadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de la reforma política de la Ciudad de México, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de enero de 2016; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social, y CONSIDERANDOQue el artículo 25 de la Ley de Coordinación Fiscal señala que las aportaciones federales, son recursos que la Federación transfiere a las haciendas públicas de los Estados, Distrito Federal, y en su caso, de los Municipios, condicionando su gasto a la consecución y cumplimiento de los objetivos que para cada tipo de aportación establece la Ley de Coordinación Fiscal a través de ocho Fondos entre los que se encuentra el Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social (FAIS); Que la Ley de Coordinación Fiscal establece en su artículo 33, apartado A, que las obras y acciones que se realicen con los recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social se deberán orientar preferentemente conforme al Informe Anual de la situación de pobreza y rezago social de las entidades y sus respectivos municipios o demarcaciones territoriales, que realice la Secretaría de Desarrollo Social de conformidad con lo dispuesto en la Ley General de Desarrollo Social para la medición de la pobreza; Que la Ley General de Desarrollo Social dispone en su artículo 36 que los lineamientos y criterios que establezca el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social para la definición, identificación y medición de la pobreza, son de aplicación obligatoria para las entidades y dependencias públicas que participen en la ejecución de los programas de desarrollo social, debiendo utilizar la información que genere el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, independientemente de otros datos que se estime conveniente; Que los estudios del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social deberán hacerse con una periodicidad mínima de cada dos años para cada entidad federativa y con información desagregada a nivel municipal cada cinco años, en términos de lo dispuesto por el artículo 37 de la Ley General de Desarrollo Social; Que entre las obligaciones de las entidades, municipios y demarcaciones territoriales previstas en la Ley de Coordinación Fiscal en su artículo 33, apartado B, fracción II, inciso f), se encuentra la de reportar trimestralmente a la Secretaría de Desarrollo Social, a través de sus delegaciones estatales o instancia equivalente en el Distrito Federal, así como a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el seguimiento sobre el uso de los recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social, en los términos que establecen los artículos 48 y 49 de la Ley de Coordinación Fiscal, y con base en el Informe Anual sobre la situación de pobreza y rezago social de las entidades y sus respectivos municipios o demarcaciones territoriales, y Que conforme a lo que establece el artículo 33 de la Ley de Coordinación Fiscal, la Secretaría de Desarrollo Social deberá publicar en el Diario Oficial de la Federación a más tardar el último día hábil del mes de enero, el Informe Anual de la situación de pobreza y rezago social de las entidades y sus respectivos municipios o demarcaciones territoriales, he tenido a bien expedir el siguiente: ACUERDOPRIMERO.- Se da a conocer el Informe anual sobre la situación de pobreza y rezago social de las entidades, municipios y demarcaciones territoriales para el ejercicio fiscal 2019, con base en la información disponible del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social. SEGUNDO.- El objeto del Informe anual sobre la situación de pobreza y rezago social es el de orientar preferentemente las obras y acciones que se realicen con los recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social en sus dos rubros: Fondo de Aportaciones para la Infraestructura
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