Acuerdo por el que se da a conocer el resumen del Programa de Manejo del Parque Nacional Bahía de Loreto.

Fecha de disposición23 Abril 2019
Fecha de publicación23 Abril 2019
EmisorSECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. JOSEFA GONZÁLEZ BLANCO ORTÍZ MENA, Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 32 bis fracción VII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 66, último párrafo, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; 76, 77 y 79 de su Reglamento en Materia de Áreas Naturales Protegidas y 5o., fracción XXV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y

CONSIDERANDO

Que mediante "Decreto por el que se declara área natural protegida, con el carácter de Parque Marino Nacional, la zona conocida como Bahía de Loreto, ubicada frente a las costas del Municipio de Loreto, Estado de Baja California Sur, con una superficie total de 206,580-75-00 hectáreas", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de julio de 1996, se estableció el entonces Parque Marino Nacional Bahía de Loreto, el cual se recategorizó con el carácter de Parque Nacional en el "Acuerdo que tiene por objeto dotar con una categoría acorde con la legislación vigente a las superficies que fueron objeto de diversas declaratorias de áreas naturales protegidas emitidas por el Ejecutivo Federal", publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 7 de Junio de 2000.

Que el 11 de noviembre de 2002, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "Aviso mediante el cual se informa al público en general la conclusión del Programa de Manejo del Área Natural Protegida con el carácter de Parque Nacional Bahía de Loreto, ubicado frente a las costas del Municipio de Loreto, Baja California Sur". El texto del Resumen del referido Programa de Manejo fue modificado a través del "Aviso mediante el cual se da a conocer al público en general el texto modificado del anexo publicado el 11 de noviembre de 2002, correspondiente al resumen del Programa de Manejo del Área Natural Protegida con el carácter de Parque Nacional Bahía de Loreto", publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 6 de enero de 2003.

Que toda vez que el Programa de Manejo constituye el instrumento rector de planeación y regulación, basado en el conocimiento de la problemática del área, sus recursos naturales y el uso de los mismos, éste debe retroalimentarse y adaptarse a las condiciones actuales del Parque Nacional, con base en la aplicación de las mejores políticas de manejo y conservación que garanticen su efectividad, para cumplir cabalmente con los objetivos del establecimiento del Parque Nacional Bahía de Loreto.

Que el Artículo 77 del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Áreas Naturales Protegidas refiere que "El programa de manejo será revisado por lo menos cada cinco años con el objeto de evaluar su efectividad y proponer posibles modificaciones", por lo que, previo procedimiento de revisión del mencionado instrumento, la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, determinó que es técnicamente necesario modificar el Programa de Manejo del Parque Nacional Bahía de Loreto.

Que las modificaciones materia del presente instrumento, actualizaron y, en su caso incorporaron la información relativa a los objetivos específicos de dicho instrumento; el diagnóstico y problemática, las líneas estratégicas de planeación a corto, mediano y largo plazo en algunos de los subprogramas y componentes que requerían ser actualizados; un componente específico de adaptación y mitigación al cambio climático dentro del Subprograma de Protección.

Que considerando que la subzonificación es un instrumento técnico y dinámico, se actualizó el apartado correspondiente, así como el de reglas administrativas el cual se modificó en atención a los cambios existentes en el marco jurídico aplicable, desde la publicación de la última modificación del programa de manejo a la fecha en que la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas concluyó el procedimiento de revisión y actualización correspondiente, para regular de mejor manera los usos y aprovechamientos permitidos que se desarrollan dentro del Parque Nacional Bahía de Loreto, sin afectar por ello las categorías de protección y manejo a dicha área natural protegida.

Que, para una mejor comprensión del contenido del programa de manejo del Parque Nacional Bahía de Loreto, se estima necesario publicar íntegra la versión modificada del resumen correspondiente y no solamente los apartados descritos en el párrafo precedente.

Que en consecuencia la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, en términos de lo dispuesto por los artículos 76 y 77 del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Áreas Naturales Protegidas, ha concluido el proceso de revisión y modificación del Programa de Manejo del Parque Nacional Bahía de Loreto, ubicado frente a las costas del Municipio de Loreto, Baja California Sur, creado mediante Decreto Presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 19 de julio de 1996.

Que el artículo 79 del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Áreas Naturales Protegidas dispone que las modificaciones al programa de manejo que resulten necesarias deberán seguir el mismo procedimiento establecido para su elaboración y un resumen de las mismas se publicará en el Diario Oficial de la Federación, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL RESUMEN DEL PROGRAMA DE MANEJO DEL PARQUE NACIONAL BAHÍA DE LORETO

ARTÍCULO ÚNICO Se da a conocer el Resumen del Programa de Manejo del área natural protegida con el carácter de Parque Nacional Bahía de Loreto, ubicado frente a las costas del Municipio de Loreto, Baja California Sur, cuyo Resumen, se anexa al presente para que surta los efectos legales a que haya lugar.

El Resumen de las modificaciones del Programa de Manejo se encuentra a disposición para su consulta en las oficinas de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, ubicadas en Ejército Nacional número 223, colonia Anáhuac I sección, Alcaldía Miguel Hidalgo, código postal 11320, en la Ciudad de México, en las oficinas de la Dirección Regional Península de Baja California y Pacífico Norte, ubicadas en Avenida Constituyentes sin número esquina con Ballenas, Fraccionamiento Fidepaz, código postal 23094, La Paz, Baja California Sur, y en las oficinas de la Delegación Federal de la propia Secretaría en el Estado de Baja California Sur, ubicadas en Melchor Ocampo número 1045, colonia Centro, código postal 23000, La Paz, Baja California Sur.

TRANSITORIOS

PRIMERO. El presente Acuerdo y su anexo entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

SEGUNDO. Se abroga el aviso mediante el cual se da a conocer al público en general el texto modificado del anexo publicado el 11 de noviembre de 2002, correspondiente al resumen del programa de manejo del Área Natural Protegida con el carácter de Parque Nacional Bahía de Loreto, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de enero de 2003.

TERCERO. A efecto de dar cumplimiento a lo previsto en los artículos 68, último párrafo, y 78 de la Ley General de Mejora Regulatoria, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales modificará, abrogará o derogará las obligaciones regulatorias o actos especificados en el Análisis de Impacto Regulatorio correspondiente; consistentes en las acciones de desregulación, simplificación y digitalización aplicables al Presente Acuerdo, respecto del trámite "CONAGUA-01-021, Prórroga de títulos de concesión, asignación y/o permisos de descarga", referido en el "Acuerdo mediante el cual se establecen los trámites que se presentarán, atenderán y resolverán a través del Sistema Conagu@-Digital, la notificación electrónica en el Buzón del Agua, la no exigencia de requisitos o la forma en que se tendrán por cumplidos y se hace del conocimiento del público en general los días que serán considerados como inhábiles para efectos de los trámites substanciados por la Comisión Nacional del Agua" publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de octubre de 2018.

Dado en la Ciudad de México, a los dieciséis días del mes de abril de dos mil diecinueve.- La Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Josefa González Blanco Ortíz Mena.- Rúbrica.

RESUMEN DEL PROGRAMA DE MANEJO DEL PARQUE NACIONAL BAHÍA DE LORETO

INTRODUCCIÓN

El Parque Nacional Bahía de Loreto presenta una gran variedad de ambientes costeros-marinos con fondos rocosos, arenosos, playas, cañadas, cañones submarinos y terrazas marinas. Su localización geográfica ha favorecido el establecimiento de una variedad de hábitats con una elevada...

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