Acuerdo por el que se da a conocer que la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, suspenderá la recepción de documentación emanada por los diversos órganos jurisdiccionales del día 17 al 31 de julio de 2017, tanto en oficinas centrales como en sus delegaciones estatales.

Fecha de disposición31 Julio 2017
Fecha de publicación07 Julio 2017
EmisorSECRETARIA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano. MARÍA DEL ROSARIO ROBLES BERLANGA, Secretaria de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 26 y 41 fracción XXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 30 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional; 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 2, 3 y 6 fracción XXVIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, y

CONSIDERANDO

Que el artículo 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal establece que la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, es una dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada.

Que el artículo 1o. del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano dispone que la Secretaría tiene a su cargo el ejercicio de las atribuciones que expresamente le encomiendan la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, así como otras leyes, reglamentos, decretos, acuerdos y demás disposiciones que emita el Presidente de la República.

Que de conformidad con el artículo 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, se consideran como días inhábiles, entre otros, aquellos en que tengan vacaciones generales las autoridades competentes o aquellos en que se suspendan las labores, los que se harán del conocimiento público mediante acuerdo del titular de la Dependencia respectiva, que se publicará en el Diario Oficial de la Federación.

Que los artículos 3 y 160 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, regulan, entre otras cosas, los periodos vacacionales de los Juzgados y Tribunales Federales.

Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 14, fracciones I, VI, VIII y IX y 35, fracción VIII del Reglamento Interior de la Secretaría Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, esta Secretaría de Estado, tanto en sus oficinas centrales, como en las Delegaciones Estatales, deben desahogar los requerimientos judiciales que formulen los diversos Órganos Jurisdiccionales en los asuntos en que son parte, por lo que a fin de evitar que los términos referidos transcurran en perjuicio de esta Secretaría de Estado, se suspenderá la recepción de documentación emanada por los diversos...

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