Acuerdo por el que se da a conocer la suspensión de labores de la Secretaría de Relaciones Exteriores durante el segundo periodo vacacional 2016

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Relaciones Exteriores. CLAUDIA RUIZ MASSIEU SALINAS, Secretaria de Relaciones Exteriores, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 12, 26 y 28 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 y 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 3 y 7, fracción XXV del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores, y

CONSIDERANDO

Que de conformidad con el artículo 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, y el numeral 76, fracciones II y IV de las "Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera" se considerarán días inhábiles entre otros, aquellos en que tengan vacaciones generales las autoridades competentes o aquellos en que se suspendan labores, los que se harán del conocimiento público mediante Acuerdo de la Titular de la Dependencia respectiva, que publicará en el Diario Oficial de la Federación;

Que de conformidad con lo establecido por el artículo 74 de las Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Relaciones Exteriores, los trabajadores que tengan más de seis meses consecutivos disfrutarán de dos periodos anuales de vacaciones de diez días laborables cada uno, en las fechas oficiales que se señalen;

Que el numeral tercero del "Acuerdo por el que se da a conocer el calendario de suspensión de labores de la Secretaría de Relaciones Exteriores para el año 2016", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de diciembre de 2015, establece en su numeral Segundo que en la atención de solicitudes de acceso a la información por parte de la Unidad de Trasparencia se estará conforme al calendario de suspensión de labores que determine el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales; asimismo, su numeral Tercero señala que el segundo periodo vacacional se dará a conocer, mediante diverso que se publicará en el citado medio de difusión oficial, y

Que a fin de brindar certeza y seguridad jurídica al público en general respecto de los días que no correrán plazos durante el segundo periodo vacacional de 2016, en los procedimientos que se tramitan ante esta Secretaría, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO

PRIMERO.- De conformidad con las disposiciones legales respectivas, se suspenderán las labores en la Secretaría de Relaciones Exteriores del 19 al 30 de diciembre de 2016, considerándose como inhábiles los días mencionados para efectos de las diligencias o actuaciones de los procedimientos que se tramitan o deban tramitarse en esta Dependencia, por lo que durante dicho periodo no correrán términos; reanudándose las labores el 2 de enero de 2017, con las excepciones y modalidades que se señalan en los artículos siguientes.

SEGUNDO.- Los titulares de las distintas unidades administrativas de la Secretaría deberán designar al personal que se quedará de guardia para atender los asuntos que pudieran presentarse durante el periodo citado.

TERCERO.- La Unidad de Trasparencia suspenderá los plazos para la atención de solicitudes de acceso a la información por parte de las Unidades Administrativas de la Secretaría durante el periodo del 19 al 30 de diciembre de 2016, lo anterior con base en el Acuerdo mediante el cual se establece el calendario oficial de días inhábiles del Instituto Nacional de Trasparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de febrero de 2016. No obstante, el sistema electrónico del INAI permanecerá habilitado para la recepción de solicitudes durante el periodo mencionado. Por lo tanto, la Unidad de Trasparencia continuará turnando a las Unidades Administrativas las solicitudes que se reciban durante dicho periodo, para que éstas sean atendidas a partir del momento en que concluya el periodo vacacional.

CUARTO.- La Dirección General de Protección a Mexicanos en el Exterior, recibirá promociones ordinarias hasta el 16 de diciembre de 2016, reanudando la recepción de las mismas el 2 de enero de 2017.

Para la atención de asuntos urgentes dicha Unidad Administrativa...

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