Acuerdo por el que se dan a conocer los Lineamientos Generales de Operación del Consejo de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria de la Península de Baja California.

Fecha de disposición15 Febrero 2018
Fecha de publicación15 Febrero 2018
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación. JOSÉ EDUARDO CALZADA ROVIROSA, Secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, con fundamento en los artículos, 12, 14, 26 y 35 fracciones IV y XXII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 2o., 3o., 6o., 7o. fracciones I, V, XVIII, XXI, XXIX y XXXVII, 54 y 59 de la Ley Federal de Sanidad Vegetal; 3o. y 35 del Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Vegetal; 3, 6 fracciones I, II, III y 67 de la Ley Federal de Sanidad Animal; 4, 113, 254, 258, 261, 268 y 270 del Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Animal; 1o., 2o., apartado D, fracción VII, 3o. y 5o., fracción I y XXII del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de abril de 2012 y lo establecido en los artículos 1 y 3 del Reglamento Interior del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de julio de 2016, y

CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece en su artículo 25 que corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable, que fortalezca la Soberanía de la Nación y su régimen democrático, y que, mediante el fomento del crecimiento económico y el empleo y una más justa distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales;

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, determina que acorde con la estrategia de promover mayor certidumbre en la actividad agroalimentaria mediante mecanismos de administración de riesgos, el gobierno desarrollará diversas acciones entre las que se encuentran el priorizar y fortalecer la sanidad e inocuidad agroalimentaria para proteger la salud de la población, así como la calidad de los productos para elevar la competitividad del sector; con lo que se busca construir un sector agropecuario y pesquero productivo que garantice la seguridad alimentaria del país;

Que el propósito fundamental de las acciones en materia de sanidad agropecuaria, es aportar al consumidor alimentos que no afecten su salud, y para lograrlo se requiere cuidar la sanidad agropecuaria, acuícola y pesquera, cuya función es competencia federal, no obstante debe potenciarse con la participación activa de los gobiernos estatales, otras dependencias gubernamentales y los sectores productivos;

Que con fecha 13 de febrero de 2015, la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA) y los Gobiernos de los Estados de Baja California y Baja California Sur, celebraron un Convenio de Coordinación Regional, para el diseño de una estrategia regional en los rubros de Infraestructura, Operación y Procedimientos que protejan y promuevan los estándares sanitarios con un enfoque integral, que incluirá, entre otros, el fortalecimiento del esquema de inspección en los Puntos de Verificación Federales, los Puntos de Verificación Internos, la promoción de Programas de Buenas Prácticas Agrícolas y Pecuarias, así como la inocuidad de los alimentos, el cual establece en su cláusula Quinta que las acciones derivadas de dicho Convenio, se sujetarán a las disposiciones mandatadas por la normativa general aplicable y a las directrices de ejecución emitidas por la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación a través del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria;

Que con fecha 9 de mayo de 2016 se integró formalmente el Consejo de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria de la Península de Baja California, como la instancia de seguimiento prevista en el Convenio de Coordinación Regional;

Que en sesiones preliminares de trabajo del Consejo de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria de la Península de Baja California se determinó como una necesidad contar con lineamientos generales que institucionalicen su operación;

Que para el cumplimiento de los programas y proyectos regionales, se requiere una formalización de los mismos, en sesiones de trabajo y acuerdos de cumplimiento obligatorio en el seno del Consejo de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria de la Península de Baja California;

Que en fecha 30 de mayo de 2017, en la ciudad de La Paz, Baja California Sur, fueron suscritos por los miembros titulares del Consejo, los Lineamientos Generales de Operación del Consejo de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria de la Península de Baja California, mismos que entraron en vigor el día 31 de mayo de 2017, asumiendo en esa fecha el Secretario de Fomento Agropecuario del Estado de Baja California, la Presidencia del Consejo para el primer periodo de dos años, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS LINEAMIENTOS GENERALES DE OPERACIÓN DEL CONSEJO DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DE LA PENÍNSULA DE BAJA CALIFORNIA

CAPÍTULO I Artículos 1 y 2

DE SU OBJETO Y NATURALEZA

Artículo 1

Los presentes "LINEAMIENTOS" tienen por objeto normar la integración, organización y funcionamiento del "CONSEJO", conformado al amparo del "CONVENIO".

Artículo 2

El "CONSEJO" es la instancia facultada para llevar a cabo el análisis, evaluación, supervisión y cumplimiento de los compromisos derivados en el "CONVENIO", así como de los compromisos pactados en los Convenios y/o Acuerdos Específicos que se suscriban al amparo del "CONVENIO".

Como un mecanismo de coordinación...

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