Acuerdo por el que se dan a conocer las medidas de simplificación administrativa y se modifican los formatos de los trámites que se indican a cargo de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas.

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EmisorSecretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. MARÍA LUISA ALBORES GONZÁLEZ, Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 25, párrafo décimo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 32 Bis, fracción VII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 64 y 77 BIS de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; 52, 80 y 84 de la Ley General de Mejora Regulatoria; 7 de la Ley de Firma Electrónica Avanzada; 88, fracción XII, 89, 99, 100,126, 127, 133, 133 BIS, 133 TER y 133 QUÁTER del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Áreas Naturales Protegidas; y 5, fracción XXV del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y

CONSIDERANDO

Que el artículo 25, párrafo décimo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que las autoridades de todos los órdenes de gobierno, en el ámbito de su competencia, deberán implementar políticas públicas de mejora regulatoria para la simplificación de regulaciones, trámites, servicios y demás objetivos que establezca la ley general en la materia;

Que los artículos 52 de la Ley General de Mejora Regulatoria y 7 de la Ley de Firma Electrónica Avanzada, establecen que los documentos digitales producirán los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos firmados autógrafamente;

Que en términos de lo dispuesto por el artículo 80 de la Ley General de Mejora Regulatoria, los Programas de Mejora Regulatoria son una herramienta que tiene por objeto mejorar la regulación vigente e implementar acciones de simplificación de Trámites y Servicios;

Que el artículo 84 de la Ley General de Mejora Regulatoria, establece que los Trámites y Servicios previstos en leyes o reglamentos, podrán ser simplificados, mediante acuerdos generales que publiquen los titulares de los Sujetos Obligados, en su respectivo ámbito de competencia en el medio de difusión correspondiente, conforme a lo siguiente: I. Habilitar el uso de herramientas electrónicas para la presentación de Trámites y Servicios; II. Establecer plazos de respuesta menores a los máximos previstos; III. Extender la vigencia de las resoluciones otorgadas por los Sujetos Obligados; IV. No exigir la presentación de datos y documentos, y V. Implementar cualquier otra acción de mejora a los Trámites y Servicios de su competencia;

Que en el Registro Federal de Trámites y Servicios a cargo de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria, se encuentran inscritos entre otros, los siguientes trámites: "Autorización para realizar actividades comerciales dentro de Áreas Naturales Protegidas" con homoclave CNANP-00-001, "Áreas Naturales Protegidas con la categoría de áreas destinadas voluntariamente a la conservación establecidas mediante certificado. Modalidad: Sin identificación e inclusión de características a destacar del predio" con homoclave CNANP-00-005-A...

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