Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Productividad y Competitividad Agroalimentaria de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación para el ejercicio 2017. (Continúa de la Decimosegunda Sección)

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Enero de 2017
EdiciónMatutina
EmisorSecretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación

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ACUERDO por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Productividad y Competitividad Agroalimentaria de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación para el ejercicio 2017. (Continúa de la Decimosegunda Sección) (Viene de la Decimosegunda Sección)

B. Sin Contrato de Compra-Venta a Término
Concepto
Montos Máximos
1. Incentivo para el Productor/Comprador:
a. Costo de la cobertura en opciones y/o margen inicial para futuros.
1. Incentivo para el Productor/Comprador:
a. Hasta el 50% del costo de la cobertura PUT/CALL, o el monto equivalente para el margen inicial en el uso de futuros.
C. Cobertura Particular
Concepto
Montos Máximos
1. Incentivo para el Productor/Comprador:
a. Costo de la cobertura en opciones y/o margen inicial para futuros.
b. Comisión por el servicio de compra y administración de la cobertura.
1. Incentivo para el Productor/Comprador:
a. Hasta el 100% del costo de la cobertura PUT/CALL o el monto equivalente para el margen inicial en el uso de futuros.
b. Hasta por el equivalente a 8 dólares americanos por contrato de la comisión por el servicio de compra y administración de la cobertura.

En los Criterios Técnicos de Operación que emita la "UR" se establecerá el monto máximo, por solicitante, de la suma de incentivos en los diferentes esquemas elegibles.

La "UR" podrá autorizar la cobertura de precios mediante Contratos y Operaciones Extrabursátiles Reguladas "Over The Counter" (OTC) en modalidades simples PUT y CALL.

Para el caso de que la suma de incentivos rebasen el monto máximo por solicitante, y que sean considerados de alto impacto en el sector, ya sea estatal, regional o nacional, previo análisis de la instancia responsable del dictamen, podrán someterse a consideración, y en su caso, ser autorizados por la "UR".

En caso de incumplimiento de alguna de las partes del Contrato de Compra-Venta a Término, se cancelará el incentivo a la parte que falte a sus compromisos. La parte afectada podrá recibir hasta el total de los incentivos reservados, con la condición de que aporte los elementos necesarios para comprobar el cumplimiento de sus obligaciones y obtenga dictamen favorable de la "UR" con el visto bueno de la respectiva Instancia Ejecutora.

Adicionalmente, es importante señalar que se podrá continuar dando atención a los ciclos anteriores, siempre y cuando las solicitudes hayan sido registradas en el ejercicio anterior.

  1. Fomento al Uso de Instrumentos de Administración de Riesgos.

Concepto
Monto Máximo
A. Capacitación, asesoría o asistencia técnica a través de corredurías y/o empresas dedicadas a la intermediación financiera en la compra de coberturas para impulsar las actividades del sector agroalimentario.
Hasta $200,000.00 (Doscientos mil pesos 00/100 M.N.) por evento para la asesoría, capacitación, asistencia técnica a productores, comercializadores, asociaciones de productores o comercializadores y/o empresas dedicadas a la intermediación financiera interesadas en participar en la compra de coberturas para impulsar las actividades del sector agroalimentario.
El monto máximo anual por solicitante será de hasta $2,000,000.00 (Dos millones de pesos 00/100 M.N.).
Se podrán consolidar eventos de capacitación sin exceder el monto máximo anual por solicitante.
B. Capacitación, asesoría o asistencia técnica a través de corredurías y/o empresas dedicadas a la intermediación financiera interesadas en participar en la compra de coberturas para impulsar las actividades del sector agroalimentario.
Hasta $300,000.00 (Trescientos mil pesos 00/100 M.N.) por evento para la asesoría, capacitación, asistencia técnica a productores, comercializadores, asociaciones de productores o comercializadores y/o empresas dedicadas a la intermediación financiera interesadas en participar en la compra de coberturas para impulsar las actividades del sector agroalimentario.
El monto máximo anual por solicitante será de hasta $3,000,000.00 (Tres millones de pesos 00/100 M.N.).
Se podrán consolidar eventos de capacitación sin exceder el monto máximo anual por solicitante.

C. Fortalecimiento de plan de negocios para corredurías y/o empresas dedicadas a la intermediación de productos financieros derivados, de reciente creación (con menos de 1 año de operación en temas de intermediación de productos financieros derivados), interesadas en participar en la operación de coberturas del Componente.
Hasta $1,000,000.00 (Un millón de pesos 00/100 M.N.) para la inversión pre-operativa en los siguientes conceptos:
i) Elaboración de diagnósticos.
ii) Planes de negocios e implementación de los mismos.
Hasta el 100% del costo de la conectividad tecnológica al mercado de derivados, sin exceder de $1,200,000.00 (Un millón doscientos mil pesos 00/100 M.N.).
Hasta el 100% de los costos de supervisión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores de acuerdo con el plan de negocios presentado, sin exceder de $500,000.00 (Quinientos mil pesos 00/100 M.N.).
Hasta 100% de los gastos de un promotor especializado por un año, de acuerdo a organigrama y plan de negocios presentado, sin exceder de $600,000.00 (Seiscientos mil pesos 00/100 M.N.) anuales.
D. Fomento de esquemas de innovación por parte de corredurías y/o empresas dedicadas a la intermediación de productos financieros derivados en esquemas innovadores de administración de riesgos.
Hasta el 100% del costo de la prima por uso de coberturas en el esquema aprobado. Sin rebasar 50,000 toneladas.
Hasta el 100% de los costos de comisiones. Sin rebasar el equivalente a 8 dólares americanos por contrato.
Hasta $300,000.00 (Trescientos mil pesos 00/100 M.N.) por evento de promoción del esquema. El monto máximo anual por solicitante será hasta $3,000,000.00 (Tres millones de pesos 00/100 M.N.) por gastos de promoción del esquema innovador.
Artículo 41

Los requisitos específicos del Componente son:

  1. Compra de Coberturas

    A. Con Contrato de Compra-Venta a Término
    Criterio
    Requisito
    1. Modalidad Precio Spot al Día: Esquema de contratación en donde Productor y Comprador acuerdan al menos lo siguiente: producto, fecha, volumen, calidad y lugar de entrega sin especificar el precio al momento de la firma del contrato, el cual se determinará al momento de la entrega conforme a la referencia de precio que hayan acordado las partes.
    Para el Productor y Comprador:
    a. Adquirir cobertura opciones y/o futuros.
    b. Suscribir Contrato de Compra-Venta a Término.
    2. Modalidad Precio Fijo: Esquema de contratación donde Productor y Comprador acuerdan al menos lo siguiente: producto, fecha, volumen, calidad, lugar de entrega y el precio al momento de la firma del contrato.
    Para el Productor y Comprador:
    a. Adquirir cobertura opciones y/o futuros.
    b. Suscribir Contrato de Compra-Venta a Término.
    B. Sin Contrato de Compra-Venta a Término
    Criterio
    Requisito
    1. Sólo PUT o venta en futuros: Esta modalidad aplica tanto para Productores como para Compradores en la fase de actividad primaria y/o de comercialización.
    Para el Productor y Comprador:
    a. Adquirir una cobertura PUT o futuros.
    2. Sólo CALL o compra en futuros: Esta modalidad aplica para organizaciones de productores, empresas consumidoras y comercializadoras pertenecientes a un grupo empresarial consumidor.
    Para el Comprador:
    a. Adquirir una cobertura CALL o futuros.
    C. Cobertura Particular

    Criterio
    Requisito
    1. Precio FIJO. Esta modalidad aplica tanto para Productores como para Compradores que podrán contratar opciones PUT / CALL o compra/venta en futuros.
    2. Precio SPOT. Esta modalidad aplica tanto para Productores como para Compradores que podrán contratar opciones PUT / CALL o compra/venta en futuros.
    a. Adquirir una cobertura CALL o PUT en opciones y/o compra o venta en futuros.

    Los productos elegibles se establecerán en los Criterios Técnicos de Operación, mismos que podrán ser modificados por la UR.

    Otros aspectos específicos del Componente.

    Podrán recibir incentivo para el volumen de producción y/o comercialización que se justifique de acuerdo a la modalidad elegida por el beneficiario y la etapa en que se cubra, de conformidad con lo establecido en los Criterios Técnicos de Operación.

    Permanencia de recursos: Los recursos derivados de cancelaciones, recuperaciones o los no utilizados, así como los productos financieros que se generen y otras disponibilidades, permanecerán en las cuentas que para tal efecto se creen con la finalidad de estar en posibilidad de atender operaciones futuras.

  2. Fomento al Uso de Instrumentos de Administración de Riesgos:

    1. Guión para la Elaboración de Proyectos del Componente Fortalecimiento a la Cadena Productiva, "Fomento al Uso de Instrumentos de Administración de Riesgos" (Anexo X);

    2. Acta Constitutiva de la correduría y/o empresa dedicada a la intermediación de productos financieros derivados;

    3. RFC de la correduría y/o empresa dedicada a la intermediación de productos financieros derivados;

    4. Comprobante de...

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