Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Apoyos a la Comercialización de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, para el ejercicio 2018. (Continúa en la Quinta Sección).

Fecha de disposición30 Diciembre 2017
Fecha de publicación30 Diciembre 2017
SecciónCUARTA. Poder Ejecutivo

En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación. JOSE EDUARDO CALZADA ROVIROSA, Secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, con fundamento en los artículos 25, 26 apartado A, 27, fracción XX y 28, párrafo decimotercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 9, 12, 17, 26 y 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 9, 12, 13, 32, 33, 34, 35, 37, 38 y 39 de la Ley de Planeación; 75 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 176 de su Reglamento; 1, 7, 8, 32, 53, 54, 55, 56, 58, 59, 60, 61, 72, 79 primer párrafo, 80, 86, 87, 104, 140, 143, 164, 178, 183, 190 fracciones I y II y 191 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable; 1 y 70 fracciones I, XV, XIX, XX, XXVI y XXXVIII de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 3, fracción XII, 28 fracciones I y III, 29, 33 y 35, fracciones I, III, inciso e, IV, V, IX y XIV así como los Anexos 11, 26 y 27 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2018; y 1, 2, apartado D, fracción I y 44 del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, y

CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece en su Artículo 25 que corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que sea integral y sustentable, que fortalezca la Soberanía de la Nación y su régimen democrático y que, mediante el fomento del crecimiento económico y el empleo, así como una más justa distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales;

Que la igualdad de oportunidades es fundamental para impulsar un México Próspero, por lo que es necesario elevar la productividad del país como medio para incrementar el crecimiento potencial de la economía y así el bienestar de las familias, y uno de los propósitos del Gobierno de la República es generar una sociedad de derechos que logre la inclusión de todos los sectores sociales y reducir los altos niveles de desigualdad, con base en lo estipulado en el Pacto por México;

Que conforme a lo establecido en el Decreto por el que se establece el Sistema Nacional para la Cruzada Contra el Hambre, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de enero de 2013, el Gobierno de la República debe dar resultados en el corto plazo para garantizar a la población el derecho a una alimentación nutritiva, suficiente y de calidad, a través de acciones coordinadas, eficaces, eficientes, y transparentes con un alto contenido de participación social, por lo que las dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal realizarán las acciones necesarias para el cumplimiento del citado Decreto conforme a las disposiciones jurídicas aplicables;

El Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de mayo de 2013, reconoce que "el campo es un sector estratégico, a causa de su potencial para reducir la pobreza e incidir sobre el desarrollo regional", y que "la capitalización del sector debe ser fortalecida" por lo que establece como una de las cinco metas nacionales, un México Próspero que promueva el crecimiento sostenido de la productividad en un clima de estabilidad económica y mediante la generación de igualdad de oportunidades, considerando que una infraestructura adecuada y el acceso a insumos estratégicos fomentan la competencia y permiten mayores flujos de capital y conocimiento hacia individuos y empresas con el mayor potencial para aprovecharlo; asimismo, busca proveer condiciones favorables para el desarrollo económico, a través de una regulación que permita una sana competencia entre las empresas y el diseño de una política moderna de fomento económico enfocada a generar innovación y crecimiento en sectores estratégicos;

Además, establece que para lograr el "Objetivo General de Llevar a México a su máximo potencial", dispone dentro de la Meta Nacional No. IV. "México Próspero", el Objetivo 4.10. "Construir un sector agropecuario y pesquero productivo que garantice la seguridad alimentaria del país", disponiendo al mismo tiempo que para efectos de lograr su consecución se implementará la siguiente estrategia de política pública nacional: "4.10.3 Promover mayor certidumbre en la actividad agroalimentaria mediante mecanismos de administración de riesgos";

En este contexto, en el Programa Sectorial de Desarrollo Agropecuario, Pesquero y Alimentario 2013-2018 de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, atendiendo a la meta nacional anterior, se establece el objetivo "3. Promover mayor certidumbre en la actividad agroalimentaria mediante mecanismos de administración de riesgos".

En cumplimiento al objetivo anterior, la Secretaría dentro de las estrategias e instrumentos que otorguen mayor certidumbre a la actividad agrícola, pecuaria y pesquera, incluye el Programa de Comercialización y Desarrollo de Mercados actualmente denominado "Programa de Apoyos a la Comercialización" que tiene por objeto "Fortalecer la cadena productiva y comercial agroalimentaria, dando certidumbre en los mercados y en

el ingreso de los Productores a través de Incentivos a la comercialización de productos agropecuarios elegibles".

Que los productores agropecuarios, acuícolas y pesqueros enfrentan limitaciones debido a baja productividad en sus unidades de producción, y que la producción agropecuaria, pesquera y acuícola se lleva a cabo en un entorno de baja inversión y riesgos sanitarios, ambientales y de mercado;

Por su parte, el Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable 2014-2018, establece como objetivo de atención de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación: "Fomentar el acceso de la población rural a los derechos sociales mediante políticas públicas coordinadas y concurrentes"; así como que los recursos gubernamentales destinados al Sector Agroalimentario sean utilizados de una manera más eficiente para atender la problemática en la que está inmerso el sector, considerando que los Productores agropecuarios, acuícolas y pesqueros enfrentan limitaciones debido a inadecuada productividad en sus unidades de producción, y que la producción agropecuaria, pesquera y acuícola se lleva a cabo en un entorno de baja inversión y riesgos sanitarios, ambientales y de mercado;

Que la estructura programática de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación para 2018, incluye el Programa de Apoyos a la Comercialización; y para su aplicación, se sujeta a las presentes Reglas de Operación, de conformidad con el artículo 3, fracciones XII, XXI y XXII, 28 fracciones I y III, 29, 30, 33 y 35, así como los Anexos 11, 26 y 27 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2018, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de Noviembre de 2017;

Que en el segundo párrafo del artículo 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria se apunta que las dependencias, las Entidades a través de sus respectivas dependencias coordinadoras de sector o, en su caso, las Entidades no coordinadas serán responsables de emitir las reglas de operación de los programas que inicien su operación en el ejercicio fiscal siguiente o, en su caso, las modificaciones a aquellas que continúen vigentes, y

Que a los programas sujetos a reglas de operación se les adicionarán otros ejes de política pública, para coadyuvar al impulso de los mercados y a perfeccionar la información disponible para el sector;

Que el Gobierno Federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) han acordado...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR