Acuerdo por el que se dan a conocer los resultados del estudio técnico de las aguas nacionales superficiales en las cuencas hidrológicas Río Ixtapa 1, Río Ixtapa 2, Río San Jeronimito, Río Petatlán 1, Río Petatlán 2, Río Coyuquilla 1, Río Coyuquilla 2, Río San Luis 1, Río San Luis 2, Río Tecpan 1, Río Tecpan 2, Río Atoyac 1, Río Atoyac 2, Río Coyuca 1, Río Coyuca 2, Río La Sabana 1 y Río La Sabana 2, pertenecientes a la Región Hidrológica número 19 Costa Grande de Guerrero.

Fecha de disposición04 Septiembre 2017
Fecha de publicación04 Septiembre 2017
EmisorSECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
SecciónCUARTA. Poder Ejecutivo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. ROBERTO RAMÍREZ DE LA PARRA, Director General de la Comisión Nacional del Agua, Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 Bis fracciones III, XXIII, XXIV y XLII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2, 4, 7 BIS fracción IV, 9 fracciones I, VI, XVII, XVIII, XXXV, XXXVI, XXXVII, XLI, XLV, XLVI y LIV, 12 fracciones I, VIII, XI y XII, y 38 de la Ley de Aguas Nacionales; 1, 14 fracciones I y XV, y 73 del Reglamento de la Ley de Aguas Nacionales; y 1, 8 primer párrafo y 13 fracciones II, XI, XIII inciso e) bis, XXVII y XXX del Reglamento Interior de la Comisión Nacional del Agua, y

CONSIDERANDO

Que el artículo 4 de la Ley de Aguas Nacionales, establece que corresponde al Ejecutivo Federal la autoridad y administración en materia de aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes, quien las ejercerá directamente o a través de la Comisión Nacional del Agua;

Que el artículo 7 BIS fracción IV de la Ley de Aguas Nacionales, declara de interés público el mejoramiento permanente del conocimiento sobre la ocurrencia del agua en el ciclo hidrológico, en su explotación, uso o aprovechamiento, en su conservación en el territorio nacional, y en los conceptos y parámetros fundamentales para alcanzar la gestión integrada de los recursos hídricos, así como la realización periódica de inventarios de usos y usuarios, cuerpos de agua, infraestructura hidráulica y equipamiento diverso necesario para la gestión integrada de los recursos hídricos;

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, en la meta 4, denominada "México Próspero", establece la estrategia 4.4.2, encaminada a implementar un manejo sustentable del agua, que haga posible que todos los mexicanos accedan a ese recurso, teniendo como línea de acción, ordenar su uso y aprovechamiento para propiciar la sustentabilidad sin limitar el desarrollo;

Que la Región Hidrológica Número 19 Costa Grande de Guerrero está conformada por 28 cuencas hidrológicas, de las cuales sólo en 17 se realiza el presente Estudio Técnico, y en las cuales se encuentran vigentes los instrumentos cuya denominación y fecha de publicación son las siguientes:

- "ACUERDO que declara veda por tiempo indefinido para el otorgamiento de concesiones para el aprovechamiento de aguas del río Petatlán, en el Estado de Guerrero", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de septiembre de 1954.

- "ACUERDO que declara veda por tiempo indefinido para el otorgamiento de concesiones para el aprovechamiento de aguas del río Coyuca, en el Estado de Guerrero", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de septiembre de 1954.

- "ACUERDO que declara veda por tiempo indefinido para el otorgamiento de concesiones para el aprovechamiento de aguas del río Tecpan, en el Estado de Guerrero", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de septiembre de 1954.

- "ACUERDO que declara veda por tiempo indefinido para el otorgamiento de concesiones para el aprovechamiento de aguas del río San Luis La Loma, en el Estado de Guerrero", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de septiembre de 1954.

- "ACUERDO que declara veda por tiempo indefinido para el otorgamiento de concesiones para el aprovechamiento de aguas del río Ixtapa, en el Estado de Guerrero", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de septiembre de 1954.

- "ACUERDO que declara veda por tiempo indefinido para el otorgamiento de concesiones para el aprovechamiento de aguas del río La Sabana, en el Estado de Guerrero", publicado en el Diario

Oficial de la Federación el 6 de septiembre de 1954.

- "ACUERDO que declara veda por tiempo indefinido para el otorgamiento de concesiones para el aprovechamiento de aguas del río Atoyac, Grande o San Jerónimo, en el Estado de Guerrero", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de septiembre de 1954.

- "ACUERDO que declara veda por tiempo indefinido para el otorgamiento de concesiones para el aprovechamiento de aguas del río Coyuquilla, en el Estado de Guerrero", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de septiembre de 1954.

Que el 27 de mayo de 2016, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "ACUERDO por el que se dan a conocer los límites de las 757 cuencas hidrológicas que comprenden las 37 regiones hidrológicas en que se encuentra dividido los Estados Unidos Mexicanos", incluyendo las 28 cuencas hidrológicas que conforman la Región Hidrológica Número 19 Costa Grande de Guerrero;

Que el 7 de julio de 2016, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "ACUERDO por el que se actualiza la disponibilidad media anual de las aguas nacionales superficiales de las 757 cuencas hidrológicas que comprenden las 37 regiones hidrológicas en que se encuentra dividido los Estados Unidos Mexicanos", del cual se toman los valores de la disponibilidad media anual de las aguas nacionales superficiales de las 17 cuencas hidrológicas pertenecientes a la Región Hidrológica Número 19 Costa Grande de Guerrero, materia de este Estudio: Río Ixtapa 1, Río Ixtapa 2, Río San Jeronimito, Río Petatlán 1, Río Petatlán 2, Río Coyuquilla 1, Río Coyuquilla 2, Río San Luis 1, Río San Luis 2, Río Tecpan 1, Río Tecpan 2, Río Atoyac 1, Río Atoyac 2, Río Coyuca 1, Río Coyuca 2, Río La Sabana 1 y Río La Sabana 2, las cuales cuentan con disponibilidad;

Que la disponibilidad media anual de las aguas nacionales superficiales, se determinó conforme a la "NORMA Oficial Mexicana NOM-011-CONAGUA-2015, Conservación del recurso agua-Que establece las especificaciones y el método para determinar la disponibilidad media anual de las aguas nacionales", publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de marzo de 2015;

Que el 20 de septiembre de 2012, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la Declaratoria de vigencia de la "Norma Mexicana NMX-AA-159-SCFI-2012, que establece el procedimiento para la determinación del caudal ecológico en cuencas hidrológicas";

Que la Comisión Nacional del Agua procedió a la realización del estudio técnico a que se refiere el artículo 38, primer párrafo, de la Ley de Aguas Nacionales, en relación con el diverso 73 de su Reglamento, con la finalidad de determinar si se configura alguna de las causas de utilidad e interés público previstas en la Ley de referencia, para sustentar la emisión del ordenamiento procedente, mediante el cual se establezcan los mecanismos para regular la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas superficiales, que permitan llevar a cabo su administración y uso sustentable;

Que para la elaboración del estudio técnico referido, la Comisión Nacional del Agua dio participación a los usuarios del Consejo de Cuenca de la Costa de Guerrero, a quienes se les presentaron los resultados del mismo en la novena sesión ordinaria de dicho Consejo, celebrada el 24 de noviembre de 2016, en Acapulco de Juárez, Estado de Guerrero, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS RESULTADOS DEL ESTUDIO TÉCNICO DE LAS AGUAS NACIONALES SUPERFICIALES EN LAS CUENCAS HIDROLÓGICAS RÍO IXTAPA 1, RÍO IXTAPA 2, RÍO SAN JERONIMITO, RÍO PETATLÁN 1, RÍO PETATLÁN 2, RÍO COYUQUILLA 1, RÍO COYUQUILLA 2, RÍO SAN LUIS 1, RÍO SAN LUIS 2, RÍO TECPAN 1, RÍO TECPAN 2, RÍO ATOYAC 1, RÍO ATOYAC 2, RÍO COYUCA 1, RÍO COYUCA 2, RÍO LA SABANA 1 Y RÍO LA SABANA 2, PERTENECIENTES A LA REGIÓN HIDROLÓGICA NÚMERO 19 COSTA GRANDE DE GUERRERO

ARTÍCULO ÚNICO Se dan a conocer los resultados del estudio técnico realizado en 17 de las 28 cuencas hidrológicas que forman parte de la Región Hidrológica Número 19 Costa Grande de Guerrero.
  1. DELIMITACIÓN GEOGRÁFICA

    La Región Hidrológica Número 19 Costa Grande de Guerrero se encuentra localizada en el sureste de la República Mexicana, en la región de la Costa, en el Estado de Guerrero. Esta Región Hidrológica tiene la forma alargada en el sentido Este-Oeste y se encuentra delimitada al Norte y Oeste por la Región Hidrológica Número 18 Balsas; al Sur por el Océano Pacífico y al Este por la Región Hidrológica Número 20 Costa Chica de Guerrero.

    La Región Hidrológica Número 19 Costa Grande de Guerrero se localiza entre las coordenadas geográficas 18°10'38" y 16°41'29" de Latitud Norte y entre 102°8'28" y 99°37'15" de Longitud Oeste (Figura 1).

    Figura 1. Ubicación de la Región Hidrológica Número 19 Costa Grande de Guerrero.

    Fuente: Elaboración Propia (2016).

  2. SISTEMA HIDROLÓGICO

    La Región Hidrológica Número 19 Costa Grande de Guerrero, comprende un total de 28 cuencas hidrológicas, entre las que se encuentran las 17 cuencas hidrológicas que son objeto del presente estudio, a saber: Río Ixtapa 1, Río Ixtapa 2, Río San Jeronimito, Río Petatlán 1, Río Petatlán 2, Río Coyuquilla 1, Río Coyuquilla 2, Río San Luis 1, Río San Luis 2, Río Tecpan 1, Río Tecpan 2, Río Atoyac 1, Río Atoyac 2, Río Coyuca 1, Río Coyuca 2, Río La Sabana 1 y Río La Sabana 2.

    Estas cuencas hidrológicas tienen una extensión de 8,016.9 kilómetros cuadrados, una precipitación anual promedio de 1,169 milímetros y un escurrimiento medio anual de 4,269.1 millones de metros cúbicos.

    2.1 Ríos

    En la Región Hidrológica Número 19 Costa Grande de Guerrero, se localizan diversas corrientes y ríos que desembocan al Océano Pacífico. Los ríos más importantes del sistema hidrológico de la región son: Ixtapa, Petatlán, Coyuquilla, San...

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