Acuerdo por el que se dan a conocer las variables y fuentes de información para apoyar a las entidades federativas en la aplicación de la fórmula de distribución del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal para el ejercicio fiscal 2021.

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EmisorSecretaria de Bienestar

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- BIENESTAR.- Secretaría de Bienestar. JAVIER MAY RODRÍGUEZ, Secretario de BIENESTAR, con fundamento en los artículos 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 35 de la Ley de Coordinación Fiscal; 1, 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social; 14, fracción IV de la Ley General de Desarrollo Social; Décimo Cuarto Transitorio del Decreto por el que se declaran reformadas y derogadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de la Reforma Política de la Ciudad de México, publicado el 29 de enero de 2016 en el Diario Oficial de la Federación; Décimo Quinto Transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2018, y

CONSIDERANDO

Que la Ley General de Desarrollo Social dispone en su artículo 14, que debe incluirse la infraestructura social básica en la política nacional de desarrollo social.

Que la Ley de Coordinación Fiscal dispone en su artículo 34, que el Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Desarrollo Social, en lo sucesivo Secretaría de BIENESTAR, distribuirá el Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social entre las entidades, considerando los criterios de pobreza extrema conforme a una fórmula y procedimientos específicos;

Que la distribución del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social (FAIS) se realiza en función de la proporción que corresponde a cada entidad de la pobreza extrema a nivel nacional, y

Que la propia Ley de Coordinación Fiscal dispone en su artículo 35 que, con el objeto de apoyar a las entidades en la aplicación de sus fórmulas, la Secretaría de Desarrollo Social publicará en el Diario Oficial de la Federación, a más tardar en los primeros diez días del ejercicio fiscal de que se trate, las variables y fuentes de información disponibles a nivel municipal y de las demarcaciones territoriales para cada entidad, y

Que la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria, mediante oficio número CONAMER/20/5343 de fecha 30 de diciembre de 2020, ha emitido la Exención de Análisis de Impacto Regulatorio correspondiente, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS VARIABLES Y FUENTES DE INFORMACIÓN PARA APOYAR A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS EN LA APLICACIÓN DE LA FÓRMULA DE DISTRIBUCIÓN DEL FONDO DE APORTACIONES PARA LA INFRAESTRUCTURA SOCIAL MUNICIPAL Y DE LAS DEMARCACIONES TERRITORIALES DEL DISTRITO FEDERAL PARA EL EJERCICIO FISCAL 2021

PRIMERO.- El presente Acuerdo tiene por objeto dar cumplimiento a lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 35 de la Ley de Coordinación Fiscal, para efectos de dar a conocer las variables y fuentes de información disponibles a nivel municipal y de las demarcaciones territoriales para cada entidad federativa y apoyar a las entidades federativas en la aplicación de la fórmula de distribución del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FISMDF).

SEGUNDO.- El párrafo primero del artículo 35 de la Ley de Coordinación Fiscal establece que las entidades distribuirán entre los municipios y las demarcaciones territoriales, los recursos del FISMDF, con una fórmula igual a la señalada en el artículo 34 de la citada Ley, que enfatice el carácter redistributivo de estas aportaciones hacia aquellos municipios y demarcaciones territoriales con mayor magnitud y profundidad de pobreza extrema. Para ello, utilizarán la información de pobreza extrema más reciente a nivel municipal y de las demarcaciones territoriales, a que se refiere el mismo artículo 34, publicada por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL).

TERCERO.- La fórmula para el cálculo de distribución de los recursos del FISMDF, establecida en los artículos 34 y 35 de la Ley de Coordinación Fiscal es la siguiente:

Donde:

Y las variables de cálculo se definen de la siguiente manera:

Fi,t= Monto FISMDF del municipio i en el año t.

Fi,2013= Monto FISMDF del municipio i en 2013, en el caso de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, el monto FISMDF que se les asignará de manera global será igual a $603,630,951. Dicha cifra es el resultado de multiplicar los $686,880,919.32 de Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social (FAIS) 2013 para el Distrito Federal (ahora Ciudad de México) determinado en el artículo 34 de la Ley de Coordinación Fiscal por el 87.88% que le corresponde al FISMDF según se estipulaba en el artículo 32 de la mencionada Ley, vigente hasta el 31 de diciembre de 2013. El correspondiente a cada Demarcación Territorial del Distrito Federal será el que resulte de calcular su monto con la fórmula y metodología de distribución empleada para los municipios del país en el ejercicio fiscal 2013, misma que se describe en el artículo SEXTO de este documento y que se sustenta en el artículo 34 de la Ley de Coordinación Fiscal vigente hasta el 31 de diciembre de 2013.

Zi,t= La participación del municipio o demarcación territorial i en el promedio estatal de las carencias de la población en pobreza extrema más reciente publicada por el CONEVAL al año t.

CPPEi= Número de carencias promedio de la población en pobreza extrema en el municipio o demarcación territorial i más reciente publicada por el CONEVAL al año t.

ei,t= Participación del municipio o demarcación territorial i en la bolsa de recursos asignados por su eficacia en el abatimiento de la pobreza extrema.

PPEi,T= Población en Pobreza Extrema del municipio o demarcación territorial i, de acuerdo con la información más reciente provista por el CONEVAL;

PPEi,T-1= Población en Pobreza Extrema del municipio o demarcación territorial i, de acuerdo con la información inmediata anterior a la más reciente provista por el CONEVAL; y,

F2013,i,t= FISMDFi,t FISMDF i,2013, donde FISMDFi,t corresponde a los recursos del FISMDF en el año de cálculo t para la entidad i. FISMDF i,2013 corresponde a los recursos del FISMDF recibidos por la entidad i en 2013.

CUARTO.- Cálculo del coeficiente ei,t:

El coeficiente ei,t para la distribución del FISMDF puede calcularse con base en la fórmula descrita en el artículo 34 de la Ley de Coordinación Fiscal usando los cortes 2010 y 2015 de la pobreza a nivel municipal dada a conocer por el CONEVAL, por lo que no aplica el criterio de excepción descrito en el Décimo Primero Transitorio de la reforma a la Ley de Coordinación Fiscal publicada en el Diario Oficial de la Federación el 9 de diciembre de 2013.

QUINTO.- Descripción y fuentes de información utilizadas para el cálculo de la fórmula descrita en el artículo 34 de la Ley de Coordinación Fiscal:

Componente Fi,2013
Nombre:
Línea Basal
Descripción:
Se refiere al monto que los municipios o demarcaciones territoriales recibieron por concepto de FISMDF en el año 2013.
Fuente de Información:
Última publicación oficial de las entidades donde dan a conocer o se actualiza el monto asignado a sus municipios por concepto de FISMDF para el ejercicio fiscal 2013.
Indicaciones:
Identificar en el periódico oficial de la entidad federativa la última publicación correspondiente a la asignación del FISMDF para el año fiscal 2013 o su actualización, para cada municipio o alcaldía de la Ciudad de México; verificar que la sumatoria de cada asignación para la entidad federativa, corresponda al total del FISMDF asignado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. La información de FISMDF correspondiente al 2013 se encuentra en el tabulado que contiene los montos asignados a cada entidad federativa por concepto de Ramo 33 del año presupuestal 2013, que puede ser consultado en la siguiente liga:
https://www.finanzaspublicas.hacienda.gob.mx/es/Finanzas_Publicas/Paquete_EconoEcon_y_Presupuesto
(enlace verificado el 16 de diciembre de 2020)

Componente Zi,t
Nombre:
Pobreza
Descripción:
Se refiere a la participación de los municipios o demarcaciones territoriales en la pobreza extrema de la entidad respectiva, ponderada por las carencias promedio de las personas en pobreza extrema del municipio o demarcación territorial correspondiente.
Fuente de Información:
CONEVAL.
Sitio Electrónico:
http://coneval.org.mx/Medicion/Paginas/AE_pobreza_municipal.aspx
(enlace verificado el 16 de diciembre de 2020)
Indicaciones:
En el sitio...

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