Acuerdo por el que se declaran días inhábiles del 19 al 21 de septiembre del año 2017, para efectos de los procedimientos y trámites en el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación.

Fecha de disposición22 Septiembre 2017
Fecha de publicación22 Septiembre 2017
EmisorCONSEJO NACIONAL PARA PREVENIR LA DISCRIMINACION
SecciónSEGUNDA. Organismos Desconcentrados o Descentralizados

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación.

ACUERDO POR EL QUE SE DECLARAN DÍAS INHÁBILES DEL 19 AL 21 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2017, PARA EFECTOS DE LOS PROCEDIMIENTOS Y TRÁMITES EN EL CONSEJO NACIONAL PARA PREVENIR LA DISCRIMINACIÓN.

ALEXANDRA HAAS PACIUC, Presidenta del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1o., 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., 4, 28, 30 primer párrafo y 42 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; y 1o. y 19 de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.

CONSIDERANDO

El día 19 de septiembre de 2017, un movimiento sísmico afectó a los ciudadanos de diversos Estados de la República Mexicana, lo que obligó al Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, a determinar la suspensión de sus funciones y labores.

De conformidad con lo dispuesto por lo artículos 1o. y 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, se establecen los días que no se consideran hábiles, dentro de los que se estipulan aquellos en los que se suspenderán labores por tratarse de casos de fuerza mayor, debidamente fundados y motivados.

El acuerdo de suspensión de labores se hará del conocimiento de la ciudadanía y autoridades, por la Titular de la Presidencia del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación en el Diario Oficial de la Federación.

Con la finalidad de dar certeza y legalidad a la ciudadanía y autoridades, respecto de los procedimientos y trámites administrativos, se hace de su conocimiento que durante los días 19 al 21 de septiembre de 2017, no se computarán los plazos y términos procesales, de los procedimientos y trámites administrativos que son del conocimiento del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación.

Atendiendo los términos del artículo 42 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, los escritos, promociones, acuerdos y resoluciones deberán presentarse directamente en sus oficinas, por lo que se tiene a bien expedir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE DECLARAN DÍAS INHÁBILES DEL 19 AL 21 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2017, PARA EFECTOS DE LOS PROCEDIMIENTOS Y TRÁMITES EN EL CONSEJO NACIONAL PARA PREVENIR LA DISCRIMINACIÓN

Artículo Primero

Los días 19 al 21 de septiembre de 2017 se declaran por parte de...

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