Acuerdo por el que se declaran inhábiles los días 25, 26, 27 y 28 de septiembre de 2017, para efecto de los trámites que se realizan en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

EmisorSECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL
MateriaDerecho Público y Administrativo
Fecha de publicación26 Septiembre 2017
Fecha de disposición28 Septiembre 2017
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría del Trabajo y Previsión Social. JESÚS ALFONSO NAVARRETE PRIDA, Secretario del Trabajo y Previsión Social, con fundamento en lo previsto por los artículos 40 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1 y 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, y 1, 2, 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social,

CONSIDERANDO

Que el 21 de septiembre de 2017 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se declaran inhábiles los días 19 a 22 de septiembre de 2017, para efecto de los trámites que se realizan en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social;

Que se estima conveniente ampliar el periodo de suspensión de labores, a efecto de que finalice la revisión de los inmuebles donde se prestan los servicios de esta Dependencia y sus órganos administrativos desconcentrados, y

Que con el fin de dar certeza y seguridad jurídica a los asuntos que la población tramita ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, es necesario hacer del conocimiento público los días que no se contabilizarán en los plazos y términos procesales de los asuntos llevados ante dicha dependencia, así como sus órganos administrativos desconcentrados, tengo a bien expedir el siguiente

ACUERDO POR EL QUE SE DECLARAN INHÁBILES LOS DÍAS 25, 26, 27 y 28 DE SEPTIEMBRE DE 2017, PARA EFECTO DE LOS TRÁMITES QUE SE REALIZAN EN LA SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL

ARTÍCULO PRIMERO

Los días 25, 26, 27 y 28 de septiembre de 2017 se declaran inhábiles para la práctica de actuaciones y diligencias en los procedimientos administrativos que se desarrollan ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y sus órganos administrativos desconcentrados, tales como recepción de documentos e informes, trámites, actuaciones, diligencias, inicio, substanciación y resolución de procedimientos administrativos, notificaciones, requerimientos, solicitudes de informes y documentos y medios de impugnación.

Los días a que se refiere el párrafo anterior deberán considerarse inhábiles para efectos del cómputo de los plazos y términos de los...

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