Acuerdo por el que se declaran inhábiles los días del 19 al 24 y del 26 al 31 de diciembre de 2019, así como los días 2 y 3 de enero de 2020, para la práctica de actuaciones y diligencias en los procedimientos que se desarrollan ante el Órgano Interno de Control en el Instituto Nacional de las Mujeres.

Fecha de disposición31 Diciembre 2019
Fecha de publicación19 Diciembre 2019
EmisorSECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA
SecciónUNICA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- FUNCIÓN PÚBLICA.- Secretaría de la Función Pública.

ACUERDO POR EL QUE SE DECLARAN INHÁBILES LOS DÍAS DEL 19 AL 24 Y DEL 26 AL 31 DE DICIEMBRE DE 2019, ASÍ COMO LOS DÍAS 2 Y 3 DE ENERO DE 2020, PARA LA PRÁCTICA DE ACTUACIONES Y DILIGENCIAS EN LOS PROCEDIMIENTOS QUE SE DESARROLLAN ANTE EL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN EL INSTITUTO NACIONAL DE LAS MUJERES.

IRMA ERÉNDIRA SANDOVAL BALLESTEROS, Secretaria de la Función Pública, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 2 fracción I, 26 y 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., 4, 28, 30 y 42 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 74 fracción II, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo; 2o., 3o. fracción III y 4 de la Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales, 1 y 6 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, y

CONSIDERANDO

Que con motivo de las actividades relacionadas con el cambio de domicilio de las oficinas del Instituto Nacional de las Mujeres, sitas en Boulevard Adolfo López Mateos número 3325, Pisos 5, 6 y 7, Colonia San Jerónimo Lídice, Alcaldía La Magdalena Contreras, C.P. 10200, en la Ciudad de México, no se contará con un espacio formal para realizar las actividades inherentes a la fiscalización de la Entidad, las cuales implican confidencialidad y secrecía.

Que conforme a lo previsto en los artículos 7, fracción XVII y 13, fracción II, del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública corresponde a la Titular nombrar y coordinar a los Titulares de los Órganos Internos de Control en las Dependencias, incluyendo las de sus órganos administrativos desconcentrados.

Que ante la mudanza de las oficinas del Instituto Nacional de las Mujeres, se requiere realizar un análisis para resolver sobre la pertinencia de declarar inhábiles los días del 19 al 24 y 26 al 31 de diciembre de 2019, así como los días 2 y 3 de enero de 2020 y, en consecuencia, de suspender el cómputo de plazos de aquellos procedimientos substanciados o que se vayan a substanciar en el Órgano Interno de Control en el Instituto Nacional de las Mujeres, conforme a las disposiciones aplicables.

Que de igual forma el artículo 74 fracción II, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, establece que en los plazos computados en días, se entenderán como hábiles, sólo aquellos en que se encuentren...

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