Acuerdo por el que se declaran como zonas libres de moscas de la fruta del género anastrepha de importancia cuarentenaria a los territorios de las entidades federativas, municipios y regiones del territorio nacional que se mencionan.

Fecha de disposición02 Febrero 2021
Fecha de publicación02 Febrero 2021
EmisorSECRETARIA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL
SecciónUNICA. Poder Ejecutivo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- AGRICULTURA.- Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural. VICTOR MANUEL VILLALOBOS ARÁMBULA, Secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 17 y 35 fracciones IV y XXIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 7o. fracción XXII, 22 y 37 de la Ley Federal de Sanidad Vegetal; 105, 106 y 107 del Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Vegetal; 1, 2 párrafo primero, letra "D" fracción VII, 5 fracción XXII y 44 del Reglamento Interior de la Secretaria de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; 1, 3, 4, 11 fracciones IV, V y XVIII, 14 fracción XXII y 15 fracciones X y XI del Reglamento Interior del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, y lo establecido en los puntos 4.13.1, 4.13.2, 4.13.3, 4.13.5 y 4.14.4 de la Norma Oficial Mexicana NOM-023-FITO-1995, Por la que se establece la Campaña Nacional contra Moscas de la Fruta; 4.1.1, 4.1.2, 4.2, 4.3.1 y 4.4 de la Norma Oficial Mexicana NOM-069-FITO-1995, Para el establecimiento y reconocimiento de zonas libres de plagas y 4.1, 4.5.1, 4.5.1.1, 4.5.2, 4.5.5, 4.5.6, 4.5.7 y 4.5.8.1 de la Norma Oficial Mexicana NOM-075-FITO-1997, Por la que se establecen los requisitos y especificaciones fitosanitarias para la movilización de frutos hospederos de moscas de la fruta y;

CONSIDERANDO

Que es atribución de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, a través de su Órgano Administrativo Desconcentrado Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (SENASICA), declarar y vigilar que se efectúen las medidas fitosanitarias tendientes a conservar las condiciones fitosanitarias de las zonas declaradas como libres de plagas que afecten a los vegetales, conforme a los resultados de los muestreos en áreas geográficas determinadas.

Que debido a las condiciones agroecológicas y por la naturaleza de las diversas actividades fitosanitarias, actualmente se han emitido siete Acuerdos que declaran diversos estados, municipios y regiones del territorio mexicano como zonas libres de moscas de la fruta del género Anastrepha de importancia cuarentenaria, lo anterior considerándose que en su momento han satisfecho los requisitos exigibles para su declaración. Los acuerdos y fechas de publicación fueron los siguientes:

  1. ACUERDO por el que se declara como zona libre de moscas de la fruta del género Anastrepha de importancia cuarentenaria al Municipio de Cutzamala de Pinzón excepto a la comunidad de Cuinio del Estado de Guerrero. Publicado el 02 de febrero de 2017.

  2. ACUERDO por el que se declara como zona libre de moscas de la fruta del género Anastrepha de importancia cuarentenaria al Municipio de Jesús María del Estado de Aguascalientes. Publicado el 24 de noviembre de 2017.

  3. ACUERDO por el que se declara como zona libre de moscas de la fruta del género Anastrepha de importancia cuarentenaria al Municipio de San Miguel Totolapan del Estado de Guerrero. Publicado el 24 de noviembre de 2017.

  4. ACUERDO por el que se declara como zona libre de moscas de la fruta del género Anastrepha de importancia cuarentenaria al Municipio de San Dimas y a la Región Norte y Sureste del Municipio de Pueblo Nuevo del Estado de Durango. Publicado el 24 de abril de 2018.

  5. ACUERDO por el que se declara como zona libre de moscas de la fruta del género Anastrepha de importancia cuarentenaria al Municipio de Monte Escobedo del Estado de Zacatecas. Publicado el 24 de abril de 2018.

  6. ACUERDO por el que se declara como zona libre de moscas de la fruta del género Anastrepha de importancia cuarentenaria a los municipios de Burgos y Méndez del Estado de Tamaulipas. Publicado el 24 de abril de 2018.

  7. ACUERDO por el que se declaran como zonas libres de moscas de la fruta del género Anastrepha de importancia cuarentenaria a las entidades federativas, municipios y regiones del territorio nacional que se mencionan. Publicado el 05 de octubre de 2018.

Que la apertura comercial ha propiciado que las organizaciones de productores, Gobiernos Estatales y el Gobierno Federal, hayan conjuntado esfuerzos para establecer la Campaña Nacional contra Moscas de la Fruta, tendiente a conservar las zonas libres de la plaga.

Que el artículo 106, último párrafo, del Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Vegetal publicado en el DOF el 15 de julio de 2016, establece que las declaratorias de zonas libres de plaga o enfermedad tendrán una vigencia de 24 meses.

Que con el ánimo de dar certeza a terceros, es necesario emitir la declaratoria de zonas libres de los Estados, Municipios y regiones del territorio nacional contemplados en los acuerdos antes mencionados que han mantenido y cumplido con las acciones para conservar el estatus fitosanitario establecidas en los artículos 105 y 106 del Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Vegetal, y los puntos 4.13.1 y 4.13.2 de la Norma Oficial Mexicana NOM-023-FITO-1995, Por la que se establece la Campaña...

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