Acuerdo por el que se delegan las facultades que se indican en el Director General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.

EdiciónMatutina
EmisorSecretaría de Hacienda y Crédito Publico

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales. SORAYA PÉREZ MUNGUÍA, Presidente del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, Órgano Desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 31 fracciones XXIX, XXX y XXXIII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 29, fracción IV de la Ley General de Bienes Nacionales; 2o. apartado D fracción VI y 98-C, del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como los artículos 1, 3 fracción X, 6 fracción XXXIII y 11 fracciones I y V del Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, ambos Reglamentos adicionados mediante Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y del Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de enero de 2017;

CONSIDERANDO

Que la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal establece que corresponde originalmente a los titulares de las Secretarías de Estado el trámite y resolución de los asuntos de su competencia y, que para la mejor organización del trabajo podrán delegar en los servidores públicos subalternos cualquiera de sus facultades, excepto aquellas que por disposición de ley o del reglamento interior respectivo, deban ser ejercidas precisamente por dichos titulares, mediante la expedición de los acuerdos correspondientes;

Que la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal prevé que las Secretarías de Estado podrán contar con órganos administrativos desconcentrados que les estarán jerárquicamente subordinados;

Que el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, de acuerdo con los artículos 2o. apartado D fracción VI, 6o. fracción XXXV y 98-C del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y 1 de su propio Reglamento, es un órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, creado para ejercer, entre otras atribuciones, la planeación, política y administración de inmuebles federales, así como la vigilancia, control, protección, adquisición, enajenación y...

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