Acuerdo por el que se delegan en los servidores públicos de la Secretaría de Desarrollo Social las facultades que se indican

Fecha de disposición11 Marzo 2016
Fecha de publicación11 Marzo 2016
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Social. JOSÉ ANTONIO MEADE KURIBREÑA, Secretario de Desarrollo Social, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 14, 16, 26 y 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 1, 2 y 4 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social, y

CONSIDERANDO

Que el artículo 16 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal establece que los titulares de las Secretarías de Estado podrán delegar cualquiera de sus facultades en funcionarios subalternos de conformidad con lo establecido en el reglamento interior correspondiente;

Que el artículo 4 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social dispone que corresponde originalmente al o a la Titular la representación de la Secretaría, así como el trámite y resolución de los asuntos de su competencia, quien para la mejor distribución y desarrollo del trabajo, podrá delegar las facultades que así lo permitan a las o a los servidores públicos subalternos, sin perjuicio de su ejercicio directo, y

Que con la finalidad de procurar la mejor organización del trabajo administrativo, y agilizar el despacho de los asuntos competencia de esta Secretaría, es necesario delegar facultades en diversos servidores públicos, he tenido a bien emitir el siguiente:

ACUERDO

ARTÍCULO PRIMERO

Se delega en los y las titulares de las Subsecretarías, Oficialía Mayor y de las Unidades, la facultad de designar al servidor público encargado provisionalmente del despacho de los asuntos en tanto se designa al servidor público correspondiente, en el caso de las vacantes de los y las titulares de las unidades administrativas de su adscripción.

ARTÍCULO SEGUNDO

Se delega en el o la Titular de la Oficialía Mayor las siguientes facultades:

  1. Autorizar la erogación de recursos para contratar servicios de consultorías, asesorías, estudios e investigaciones, así como las erogaciones por concepto de gastos de orden social, congresos, convenciones, exposiciones, seminarios, espectáculos culturales o cualquier otro tipo de foro o evento análogo.

    El o la Titular de la Oficialía Mayor rendirá informes trimestrales al o a la Titular de la Secretaría sobre las autorizaciones otorgadas al amparo de la presente fracción, con el fin de mantener la supervisión y control en relación con las operaciones que se realicen, y

  2. Autorizar las erogaciones de viáticos y pasajes tratándose de comisiones en el extranjero, que requieran efectuar los siguientes servidores públicos:

    1. El o la Titular de la Secretaría;

    2. El o la Titular de la Subsecretaría de Desarrollo Social y Humano;

    3. La o el Titular de la Subsecretaría de Planeación, Evaluación y Desarrollo Regional;

    4. Los o las Titulares de las Unidades Administrativas adscritos directamente al o a la Titular de la Secretaría, y

    5. Los servidores públicos adscritos a las Unidades Administrativas que dependan directamente del o de la Titular de la Secretaría.

    Las autorizaciones deberán constar por escrito y cumplir las disposiciones jurídicas y presupuestarias que resulten aplicables.

ARTÍCULO TERCERO

Se delegan en los y las titulares de las Unidades y de las Direcciones Generales las siguientes facultades comunes, quienes para el mejor ejercicio de sus atribuciones serán auxiliados por los Directores Generales Adjuntos, Directores de Área, Subdirectores y Jefes de Departamento, previstos en sus respectivos organigramas internos:

  1. Formular los dictámenes, opiniones e informes que les sean solicitados por las diferentes unidades administrativas de la Secretaría y por las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, conforme al ámbito de sus respectivas competencias;

  2. Formular el anteproyecto de programa-presupuesto de la unidad administrativa a su cargo, en coordinación con la Dirección General de Programación y Presupuesto, y de conformidad con las disposiciones aplicables;

  3. Proponer el ingreso, promoción, licencia y la terminación de la relación laboral del personal adscrito

    a la unidad administrativa a su cargo, así como extender las autorizaciones a que tenga derecho el personal, de conformidad con lo previsto en la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional, las disposiciones presupuestarias y las Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría;

  4. Mantener actualizados, en coordinación con la Dirección General de Procesos y Estructuras Organizacionales, los manuales de organización y procedimientos, de la unidad administrativa a su cargo;

  5. Participar en las comisiones, comités u otros cuerpos colegiados cuando así se establezca por ley, lo señalen disposiciones aplicables o lo disponga el o la Titular de la Secretaría, con la personalidad que en cada caso sea determinada;

  6. Autorizar, instruir y vigilar el ejercicio del presupuesto asignado a la unidad administrativa a su cargo, de conformidad con las disposiciones legales aplicables;

  7. Elaborar con la antelación suficiente, la justificación de la contratación que se pretenda de bienes y servicios, proporcionando a la Dirección General de Recursos Materiales los insumos correspondientes, incluyendo la certificación de disponibilidad presupuestal, que servirán de base para dictar el fallo respectivo y participar en todos los actos relacionados en los procedimientos de contratación y los posteriores que deriven de ellos;

  8. Verificar, en coordinación con la Dirección General de Recursos Materiales, que los convenios, contratos y pedidos que la Secretaría celebre con arrendadores, contratistas, proveedores y prestadores de servicios, que sean administrados por la unidad administrativa a su cargo, sean cumplidos en los términos pactados o fijados;

  9. Validar las facturas que presenten los contratistas, proveedores y prestadores de servicios a la Secretaría, por haber recibido los bienes y servicios conforme a lo pactado, a efecto de que se gestionen los pagos correspondientes ante la Dirección General de Programación y Presupuesto;

  10. Gestionar ante la Dirección General de Recursos Materiales con la antelación suficiente, los trámites necesarios para la prórroga de los contratos o pedidos y, la entrega de cualquier tipo de bienes o prestación de servicios, en los que sea la unidad requirente o administradora, debiendo proporcionar la justificación correspondiente;

  11. Resolver los procedimientos de rescisión administrativa y/o terminación anticipada de contratos y convenios que hubiesen suscrito en representación de la Secretaría;

  12. Solicitar y gestionar ante los contratistas, proveedores y prestadores de servicios a la Secretaría la entrega de las garantías de cumplimiento de los contratos y convenios que hubiesen suscrito en representación de la Secretaría, solicitando posteriormente su resguardo a la Dirección General de Recursos Materiales;

  13. Informar a la Dirección General de Normatividad y Asuntos Contenciosos y a la Dirección General de Recursos Materiales el incumplimiento de contratos que requiera hacer efectiva la fianza otorgada para su cumplimiento;

  14. Rendir los informes que en materia de su competencia le requiera la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, o cualquier otra autoridad, en coordinación con la Unidad del Abogado General y Comisionado para la Transparencia;

  15. Atender y dar seguimiento a las observaciones determinadas por las instancias fiscalizadoras a las unidades administrativas a su cargo, para garantizar la total solventación de las mismas, debiendo mantener informada a la Oficialía Mayor, a la Unidad del Abogado General y Comisionado para la Transparencia y al Órgano Interno de Control en la Secretaría;

  16. Comisionar al servidor público que corresponda para notificar los oficios de trámite, así como las resoluciones y acuerdos de la autoridad superior cuando así se les ordene y aquellos que emitan de conformidad con las atribuciones que les correspondan;

  17. Clasificar los expedientes de los asuntos materia de su competencia de conformidad con lo dispuesto por la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y demás disposiciones jurídicas aplicables, y

  18. Expedir copias certificadas de los documentos y constancias que obren en sus archivos, a petición del Ministerio Público, autoridades jurisdiccionales, administrativas y del trabajo, o bien, cuando sean materia de solicitudes de acceso a la información o solicitudes de acceso o corrección a datos personales.

ARTÍCULO CUARTO

Se delegan en los y las titulares de las Direcciones de Área de la Unidad de la Oficina de la Secretaría y Comunicación Social las siguientes facultades:

  1. A la o al Titular de la Dirección de Planeación:

    1. Aprobar los proyectos específicos de publicaciones de la Secretaría, con base en los lineamientos de imagen institucional emitidos por la Presidencia de la República;

    2. Asesorar a los órganos administrativos desconcentrados de la Secretaría y a las entidades sectorizadas, en la elaboración de sus publicaciones impresas;

    3. Controlar la ejecución de los programas de comunicación social de la Secretaría para unificar estrategias;

    4. Coordinar la elaboración de los programas de comunicación social de los órganos administrativos desconcentrados de la Secretaría y las entidades sectorizadas en medios impresos, en cumplimiento a la normatividad aplicable;

    5. Coordinar la integración de reportes e informes sobre los avances de los programas de la Secretaría, solicitados por la Secretaría de Gobernación y la Presidencia de la República;

    6. ...

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